Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSORCIO PARA LA MEJORA Y EMBELLECIMIENTO DE LA PLATJA DE PALMA
Núm. 16
Acuerdo de la Junta Rectora del Consorcio Urbanístico para la mejora y el embellecimiento de la Platja de Palma, de aprobación i sujeción al trámite de información pública del proyecto de reparcelación de la Unidad de Actuación UA 21 Carretera Militar- Av. Amèrica (TM Palma) del PRI de la Platja de Palma
La Junta Rectora del Consorcio Urbanístico para la mejora y el embellecimiento de la Platja de Palma, en la sesión ordinaria celebrada el 3 de noviembre de 2016, adoptó los siguientes acuerdos:
“Primero.- Aprobar, de conformidad con el acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Palma de 29 de junio de 2016 y con lo que dispone el artículo 258 del reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo para la isla de Mallorca, el proyecto de reparcelación de la Unidad de Actuación UA21 Carretera Militar- Av. Amèrica (TM Palma) emplazada dentro del ámbito de la Platja de Palma, presentado por Natalia Pérez- Fajardo Izquierdo, en representación de la entidad LIDL SUPERMECADOS SAU, vistos los informes favorables emitidos en fecha 2/02 y 14/03/2016 por el servicio de valoraciones y proyectos, con los efectos previstos en el artículo 233 del reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo para la isla de Mallorca.
Segundo.- Someter este acuerdo al trámite de información pública por el plazo de un mes (1), mediante anuncio en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de conformidad con lo que dispone el artículo 80.4 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo para la isla de Mallorca y en la correspondiente web del Consorcio Urbanístico para la mejora y el embellecimiento de la Platja de Palma (www.consorcioplayadepalma.com).
El expediente completo podrá ser objecto de consulta durante el citado periodo de información pública, en las oficinas del Consorcio, situadas en Av. Gabriel Alomar, 18, 4º piso. 07006 de Palma, así como en la web www.consorcioplayadepalma.com.
Una vez transcurrido este plazo sin que hayan presentado alegaciones al respecto, se considerará aprobado, según lo que dispone el artículo 213.3 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo para la isla de Mallorca.
Antes de la aprobación definitiva se deberá presentar nota marginal del registro de la propiedad expresando que las fincas que conforman el ámbito de actuación están afectadas por la reparcelación, así como la renuncia al expediente expropiatorio previsto en el Plan General de Palma, código EQ4b/SC-P 82-07-P, y EQ4b AS-P/82-09-P.
Tercero.- Fijar en concepto del 15 % de incremento de la edificabilidad media ponderada del sector la cantidad de 283.266,65 euros en concepto de monetarización, que quedará a disposición del Consorcio de la Platja de Palma y que deberá ser ingresada en la cuenta corriente que designe el Consorcio, destinada a integrar el patrimonio público de suelo.
Cuarto.- Determinar que la cantidad de 283.266,65 euros integra el patrimonio público del suelo del Consorcio de la Platja de Palma de acuerdo con lo previsto por el artículo 308 y concordantes del reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo para la isla de Mallorca.
Quinto.- Notificar el presente acuerdo a los propietarios afectados por el sistema de actuación.
Sexto.- Dar traslado de este acuerdo al departamento de planeamiento y gestión, Servicio jurídico-administrativo de gestión del Ayuntamiento de Palma para que continúe la tramitación hasta su completa notificación.
Lo que se publica a los efectos previstos en el artículo 80.4 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, procediendo en consecuencia a la apertura del trámite de información pública durante el periodo indicado en los acuerdos transcritos, a contar desde el día siguiente a esta publicación.
Palma, 3 de noviembre de 2016
El presidente del Consorcio
Gabriel Barceló i Milta