Sección V. Anuncios
Subsección primera. Contratación Pública
AYUNTAMIENTO DE SANT LLORENÇ DES CARDASSAR
Núm. 242
Licitación del contrato de obras de mejora de la eficiencia energética del edificio del Auditorium de Sa Màniga de Cala Millor
1. Entidad adjudicadora
a) Organismo: Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar.
b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría.
c) Fecha de aprobación de los pliegos: 12 de enero de 2017.
2. Objeto del contrato
a) Descripción: Ejecución de las obras de mejora de la eficiencia energética del edificio del Auditorium de Sa Màniga de Cala Millor, en los términos del correspondiente proyecto técnico de obras.
b) Plazo de ejecución: Cuatro meses contados a partir de la fecha del acta de comprobación del replanteo, en los términos previstos en el proyecto de obras.
3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación
a) Tramitación: Ordinaria.
b) Procedimiento: Abierto.
c) Forma: Contrato no sujeto a regulación armonizada.
4. Presupuesto
a) Importe: 227.609,61 euros.
b) IVA: 47.798,02 euros.
c) Total: 275.407,63 euros.
5. Garantías
Definitiva: 5% del importe de adjudicación del contrato, excluido el impuesto sobre el valor añadido.
6. Obtención de documentación e información
a) Entidad: Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar
b) Domicilio: Plaza Ayuntamiento, 1.
c) Localidad y código postal: Sant Llorenç des Cardassar, 07530.
d) Teléfono: (34) 971 838 393
e) Telefax: (34) 971 838 094
f) Perfil del contratante: www.santllorenc.es.
7. Requisitos específicos del contratista. solvencia
Clasificación:
No hay obligación de acreditar clasificación. No obstante lo expuesto, se admiten las siguientes clasificaciones para acreditar la solvencia (se deben reunir todas ellas):
Grupo I Subgrupo 9 Categoría 1 (antigua "a"). Tipo de actividad: Instalaciones eléctricas sin cualificación específica.
Grupo J Subgrupo 2 Categoría 1 (antigua "b"). Tipo de actividad: De ventilación, calefacción y climatización.
Grupo K Subgrupo 4 Categoría 1 (antigua "a"). Tipo de actividad: Pinturas y metalizaciones.
Solvencia
Acreditación de la solvencia del contratista, en los términos del pliego de cláusulas administrativas particulares:
- Para la acreditación de la solvencia económica y financiera:
Medios: Cifra anual de negocios, en los últimos tres años, de al menos 250.000 euros anuales, IVA incluido. La justificación se realizará mediante la presentación de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro, y en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en el que deba encontrarse inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el registro de la propiedad acreditarán su volumen anual de negocios a través de sus libros inventarios y cuentas anuales legalizados en el Registro Mercantil. En caso de empresas de reciente creación, únicamente se tendría en cuenta el período a partir del cual se inicie su actividad debiéndose guardar, sin embargo, la debida proporcionalidad conforme al requisito mínimo establecido.
Para cumplir con este requisito se deberá tener en cuenta que la cuantía anual en cada uno de los tres ejercicios sea igual o superior a la cifra indicada; o bien, que la cuantía media de los tres años sea superior a la misma.
- Para la acreditación de la solvencia técnica o profesional:
Medios. Se deberán presentar acumulativamente los siguientes documentos (es decir, todos y cada uno de ellos):
a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los últimos diez años en materia de pintura, avalada por certificados de buena ejecución para las obras más importantes; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. Los certificados de buena ejecución de las obras incluidas en la relación cuyo destinatario fuera una entidad del sector público podrán ser comunicados directamente al órgano de contratación por la entidad contratante de las obras.
El importe anual que el empresario debe acreditar como ejecutado durante el año de mayor ejecución en el período de diez años debe ser, como mínimo, de 40.000 euros, IVA incluido.
b) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los últimos diez años en materia de instalaciones fotovoltaicas, avalada por certificados de buena ejecución para las obras más importantes; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. Los certificados de buena ejecución de las obras incluidas en la relación cuyo destinatario fuera una entidad del sector público podrán ser comunicados directamente al órgano de contratación por la entidad contratante de las obras.
El importe anual que el empresario debe acreditar como ejecutado durante el año de mayor ejecución en el período de diez años debe ser, como mínimo, de 40.000 euros, IVA incluido.
c) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los últimos diez años en materia de climatización, avalada por certificados de buena ejecución para las obras más importantes; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. Los certificados de buena ejecución de las obras incluidas en la relación cuyo destinatario fuera una entidad del sector público podrán ser comunicados directamente al órgano de contratación por la entidad contratante de las obras.
El importe anual que el empresario debe acreditar como ejecutado durante el año de mayor ejecución en el período de diez años debe ser, como mínimo, de 90.000 euros, IVA incluido.
.................................................. .................................................. .............
A estos efectos, en todos los casos las obras ejecutadas por una sociedad extranjera filial del contratista de obras tendrán la misma consideración que las directamente ejecutadas por el mismo contratista, siempre que este último tenga directa o indirectamente el control de aquélla en los términos establece el artículo 42 del Código de comercio. Cuando se trate de obras ejecutadas por una sociedad extranjera participada por el contratista sin que se cumpla esta condición, sólo se reconocerá como experiencia atribuible al contratista la obra ejecutada por la sociedad participada en la proporción de la participación de aquel en el capital social de ésta.
Las empresas licitadoras que opten por acreditar su solvencia mediante clasificación, si les falta alguna de las clasificaciones indicadas, esta podrá ser sustituida por el correspondiente medio de acreditación de la solvencia técnica (es decir, la relación de las obras ejecutadas en el curso de los últimos diez años) que corresponda, en los términos indicados en el cuadro F.3.
Las empresas licitadoras que opten por acreditar su solvencia a través de los medios indicados, además de la solvencia económica y financiera, deberán acreditar su solvencia técnica aportando todas las relaciones de obras ejecutadas en el curso de los últimos diez años indicadas en el cuadro F.3. Ahora bien, si les falta alguna de dichas relaciones obras esta podrá ser sustituida por la clasificación que corresponda.
En ambos casos, todo sin perjuicio de las posibilidades de subcontratación o acreditación de solvencia con medios de otras empresas en los términos y límites del texto refundido de la Ley de contratos del sector público y del presente pliego (cláusula 5.6).
8. Presentación de ofertas
a) Plazo: 26 días naturales contados a partir del día siguiente al día de la publicación del anuncio de licitación en el BOIB. Si el último día de dicho plazo fuese sábado, domingo o festivo, el plazo de presentación de proposiciones se entenderá prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.
b) Hora límite: 14:30 horas.
c) Documentación a presentar: La especificada en el pliego de cláusulas administrativas particulares que rige la licitación del contrato.
d) Lugar de presentación:
- Registro General del Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar.
- Plaza Ayuntamiento, 1, 07530 Sant Llorenç des Cardassar.
- Teléfono: (34) 971 838 393.
- Telefax: (34) 971 838 094.
9. Apertura de las ofertas
a) Entidad: Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar (Salón de sesiones).
b) Domicilio: Plaza Ayuntamiento, 1, 07530, Sant Llorenç des Cardassar.
c) Fecha y hora: Las anunciadas en su momento en el perfil del contratante.
10. Criterios de valoración de ofertas y adjudicación del contrato:
En los términos establecidos en el pliego de cláusulas administrativas particulares:
Proposición económica: 55 puntos.
Proposición técnica relativa a los criterios evaluables mediante fórmulas: 45 puntos.
11. Otras informaciones
- El proyecto técnico que rige la ejecución de las obras se publicará en el perfil del contratante del Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar y, asimismo, estará a disposición de los licitadores en el departamento de Urbanismo del Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar.
- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 188.3 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares, el pliego de cláusulas administrativas particulares se expone al público, en el departamento de Secretaría, durante el plazo de diez días naturales a partir de la fecha de publicación de este anuncio, para que puedan presentarse reclamaciones, que serán resueltas por la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar.
Sant Llorenç des Cardassar, 12 de enero de 2017
El alcalde,
Mateu Puigròs Sureda