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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 222
Notificación de la Resolución de la consejera ejecutiva del Departamento de Sanidad, Bienestar Social, Igualdad y Relaciones con Entidades y Asociaciones del Consell Insular de Eivissa de fecha 23 de diciembre de 2016, por la cual se resuelven las subvenciones de la convocatoria de ayudas económicas para personas con discapacidad en el ámbito de la isla de Eivissa para el año 2016

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Texto

 En fecha 23 de diciembre de 2016, se ha dictado resolución de la consejera ejecutiva del Departamento de Sanidad, Bienestar Social, Igualdad y Relaciones con Entidades y Asociaciones donde se resuelve:

''Primero – Otorgar, disponer y reconocer la obligación de pago la concesión de una ayuda económica a las personas que figuran en el anexo 1 con un importe total de 10.522,03 euros (diez mil quinientos veintidós euros con tres céntimos) que se adjunta, indicando el importe individual.

Segundo – Denegar la concesión de una ayuda económica a las personas que figuran en el anexo 2 que se adjunta, por los motivos que igualmente figuran en este anexo.

Tercero – Publicar en el BOIB la resolución que se dicte, en virtud de lo establecido en la base 8ba de la convocatoria referida.

Anexo 1

Núm Expte.

DNI

Importe Concedido

63/16PD

49413069F

1.875,00- €

71/16PD

46531545S

38,50- €

72/16PD

46953619Q

*850,00- €

78/16PD

46955082F

575,00- €

79/16PD

18995465H

*190,00- €

80/16PD

49412473D

282,50- €

81/16PD

41452297H

578,00- €

84/16PD

46958419D

1.326,93- €

85/16PD

47405873K

1.082,00- €

87/16PD

52293928R

229,50- €

90/16PD

46952753R

*1.301,60- €

92/16PD

X4540771L

468,50- €

95/16PD

47431025B

375,00- €

98/16PD

46956105H

368,50- €

99/16PD

41457298M

525,00- €

106/16PD

46952945D

456,00- €

* Concedido parcialmente.

Los expedientes se encuentran a disposición de las personas interesadas para cualquier consulta que quieran efectuar, en el Departamento de Sanidad, Bienestar Social, Igualdad y Relaciones con Entidades y Asociaciones del Consell Insular de Eivissa.

Anexo 2

Núm Expte.

DNI

Motivación por la cual no se concede

82/16PD

44193466R

Por incumplimiento de la base 3.2 de las ayudas

88/16PD

41445814K

Por incumplimiento de la base 3.2 de las ayudas

94/16PD

04555877Z

Por incumplimiento de la base 3.2 de las ayudas

Los expedientes se encuentran a disposición de las personas interesadas para cualquier consulta que quieran efectuar, en el Departamento de Sanidad, Bienestar Social, Igualdad y Relaciones con Entidades y Asociaciones del Consell Insular de Eivissa.

Como se señala en la base octava, la presente resolución ha estado dictada por delegación del Consejo Ejecutivo, y se ha de considerar dictada por el órgano delegante; contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante la comisión de Gobierno del Consell Insular de Eivissa en el plazo de un mes contador a partir del día siguiente de la recepción de la presente notificación, todo de acuerdo con los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPAC), en relación con el articulo 22.3 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares y el artículo 147.2 del Reglamento orgánico del Consell Insular de Eivissa (BOIB núm. 136, de fecha 18-09-2010, rectificación de errores en el BOIB núm. 148, de 14-10-2010, y modificación en el BOIB núm. 48, de fecha 16-04-2016).

El recurso se habrá de presentar en el Registro General de este Consell Insular (av. España, 49, de Eivissa), o en los lugares a se refiere el artículo 16.4 de la LPAC y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución en el plazo de tres meses, a contar desde el día siguiente de su interposición, de acuerdo con el artículo 122.2 de la misma Ley; en este supuesto, queda abierta la vía contenciosa administrativa.

Todo eso sin perjuicio de utilizar cualquier otro recurso o acción que se estime pertinente.''

Eivissa, 12 de enero de 2017

La secretaria técnica de Bienestar Social y Sanidad

Isabel Silverde Fernández