Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE ALGAIDA
Núm. 172
Aprobación definitiva modificación de créditos 7/2016
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 112.3 de la Ley 7/85 y 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y una vez aprobado definitivamente el expediente de modificación de créditos 07/2016 del Presupuesto del Ayuntamiento de 2016 por no haberse presentado reclamaciones contra el acuerdo de aprobación inicial publicado en el BOIB núm.160 de 22 de diciembre de 2016, se hace público el siguiente
RESUMEN POR CAPÍTULOS
Capítulo |
Denominación |
Consignación anterior |
Disminuc. |
Aumentos |
total |
1 |
Gastos de personal |
1.402.761,85 € |
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1.402.761,85 € |
2 |
Gastos en bienes corrientes y servicios |
1.729.429,82 € |
-5.500,00 € |
10.500,00 € |
1.734.429,82 € |
3 |
Gastos financieros |
9.968,05 € |
|
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9.968,05 € |
4 |
Transferencias corrientes |
164.389,40 € |
-5.000,00 € |
|
159.389,40 € |
6 |
Inversiones reales |
509.404,12 € |
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509.404,12 € |
7 |
Transferencias de capital |
1.252,46 € |
|
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1.252,46 € |
9 |
Pasivos financieros |
114.025,55 € |
|
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114.025,55 € |
TOTAL |
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3.931.231,25 € |
-10.500,00 € |
10.500,00 € |
3.931.231,25 € |
Contra este acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, solo se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Algaida a 11 de enero de 2017
La Alcaldesa
Maria Antònia Mulet Vich