Sección I. Disposiciones generales
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA
Núm. 47
Corrección de errores del Reglamento orgánico del Consejo Insular de Mallorca
Se ha advertido un error en la publicación de la modificación del Reglamento orgánico del Consejo Insular de Mallorca, hecha en el Boletín Oficial de las Islas Baleares número 157, de día 15 de diciembre de 2016.
El Pleno del Consejo Insular de Mallorca, en la sesión de día 23 de diciembre de 2016 acordó la corrección del error, de manera que la redacción del artículo 79 debe ser:
«Los derechos reconocidos en el apartado 2 del artículo anterior a favor de las asociaciones para la defensa de los intereses generales o sectoriales de los ciudadanos, sólo los pueden ejercer las entidades inscritas en el Registro Insular de Entidades de Participación Ciudadana. No obstante, vistas las circunstancias singulares que se puedan dar, la Presidencia del Consejo, una vez escuchado la opinión de los portavoces de los grupos políticos, puede autorizar la intervención de asociaciones no inscritas en el registro mencionado.»
Palma, 3 de enero de 2017
Por delegación del presidente, el secretario general
(Decreto de 17 de julio de 2015, BOIB nº. 114, de 28 de julio de 2015)
Jeroni M. Mas Rigo