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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSORCIO PARA LA MEJORA Y EMBELLECIMIENTO DE LA PLATJA DE PALMA

Núm. 3
Acuerdo de la Junta Rectora del Consorcio Urbanístico para la mejora y el embellecimiento de la Platja de Palma, de aprobación definitiva del proyecto de reparcelación voluntaria para la ejecución de la Unidad de Actuación UA 17 del Plan de Reconversión Integral de la Platja de Palma.

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La Junta rectora del Consorcio Urbanístico para la mejora y el embellecimiento de la Platja de Palma, en la sesión ordinaria celebrada el 3 de noviembre de 2016, adoptó los siguientes acuerdos: 

 1.- Aprobar definitivamente el proyecto de reparcelación voluntaria para la ejecución de la unidad de actuación UA-17 prevista en el Plan de Reforma Integral de la Playa de Palma (PRI), presentado por Juan Tolo Seguí Gamundí, en calidad de arquitecto redactor del proyecto, visto el informe favorable emitido el 21/03/2016 por el Servicio de valoraciones y Proyectos con los efectos previstos en el art 233 del Reglamento general de la Ley de 2/2014 de 24 de marzo de ordenación y uso del suelo para la isla de Mallorca, publicado en el BOIB nº 66 de 30 de abril de 2015.

2.- Fijar en concepto del 15% de incremento de la edificabilidad media ponderada del sector la cantidad de 1.434.059'36 euros en concepto de monetarización, que quedará a disposición del Consorcio de la Playa de Palma y deberá ser ingresada en la cuenta corriente que designe el Consorcio destinada a integrar el patrimonio público del suelo.

3.- Determinar que la cantidad de 1.434.059'36 euros integra el Patrimonio público del suelo del Consorcio de la Playa de Palma de acuerdo con lo previsto en el artículo 308 y concordantes del Reglamento general de la Ley 2/2014 de 24 de marzo de ordenación y uso del suelo para la isla de Mallorca, publicado en el BOIB nº 66 de 30 de abril de 2015.

4.- Notificar el presente acuerdo, a los propietarios afectados por el sistema de actuación así como al Departamento de Planeamiento y Gestión, del Servicio jurídico-administrativo de gestión del Ayuntamiento de Palma.

Lo que se publica a los efectos previstos en el artículo 213 del Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo.  

 

Palma, 3 de noviembre de 2016 

 

El Presidente del Consorcio

Gabriel Barcelò i Milta