Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE MANACOR
Núm. 14789
Modificación organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Manacor - D13.12.16
La alcaldía presidencia, en fecha 13 de diciembre de 2016, inscripción 3281/2016, ha dictado la siguiente resolución:
“DECRETO
Antecedentes
En fecha 11 de noviembre de 2015, con núm de inscripción 2859/2015, esta alcaldía dictó decreto de organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Manacor.
Vista la renuncia de D. Bernardino Bou Barbosa del cargo de concejal, y la toma de posesión del D. Antonio Sureda Fons como nuevo concejal de este Ayuntamiento, por el grupo municipal del Partido Popular de Manacor, es conveniente la modificación de la estructura organizativa de este Ayuntamiento.
Fundamentos de derecho
Artículo 21.1.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de bases de régimen local y artículo 41.2 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales.
Haciendo uso de las atribuciones conferidas,
RESUELVO
Primer. Modificar de la estructura administrativa municipal las Áreas de gestión siguientes:
a) Del Área de Educación, Desarrollo Local y Políticas Sociales:
Suprimir la atribución general de Políticas Sociales y el ejercicio de las competencias específicas de Servicios Sociales y Políticas de Igualdad, así como la adscripción del Departamento de Servicios Sociales del Área de Educción y Desarrollo Local.
b) Del Área de Comercio, Industria, Sanidad y Consumo:
Ampliar esta Área con la atribución general de Políticas Sociales y el ejercicio de las competencias específicas de Servicios Sociales y Políticas de Igualdad, Personas Mayores y Agricultura, con la correspondiente adscripción del Departamento de Servicios Sociales a esta área.
c) Del Área de Ciudadanía, Cultura y Turismo:
Suprimir la competencia específica de Personas Mayores.
Segundo. Indicar que, con la modificación citada, la estructura administrativa de estas áreas de gestión queda de la siguiente manera:
1. Área de Educación y Desarrollo Local
Atribuciones: Las facultades delegadas comprenden el ejercicio de las competencias atribuidas genéricamente a la citada área, relativas al sector de la actividad administrativa propia de esta área de gestión municipal que la legislación vigente asigna a los municipios.
Además de estas atribuciones generales, le corresponde a título indicativo y no limitativo, el ejercicio de las competencias específicas sobre las siguientes materias:
- Educación en general.
- Mantenimiento de escuelas y escuelas infantiles.
- Política lingüística.
- Patrimonio histórico.
- Fomento de la ocupación.
- Escuela de música.
La relación de competencias específicas antes indicada podrá ser ampliada y completada mediante el oportuno decreto de alcaldía de desarrollo, que también podrá detallar el contenido y la forma del ejercicio de estas atribuciones.
Departamentos, organismos autónomos y empresas adscritas
Departamentos:
Organismos autónomos
2. Área de Políticas Sociales, de Comercio, de Industria, de Sanidad y Consumo:
Atribuciones: Las atribuciones del Área de Políticas Sociales, de Comercio, de Industria, de Sanidad y Consumo son, genéricamente, las relativas al sector de la actividad administrativa propia de esta área de gestión municipal que la legislación vigente asigna a los municipios.
Además de estas atribuciones generales, le corresponde a título indicativo y no limitativo, el ejercicio de las competencias específicas sobre las siguientes materias:
- Servicios Sociales
- Políticas de Igualdad
- Personas Mayores
- Plaza de Abastos
- Matadero
- Agricultura
- Ferias y Mercados
- Fomento, diseño y promoción del comercio y de la industria
- Sanidad
- Consumo
- Gestión del convenio “Consum a ca teva”
La relación de competencias específicas antes indicada podrá ser ampliada y completada mediante el oportuno decreto de alcaldía de desarrollo, que también podrá detallar el contenido y la forma del ejercicio de estas atribuciones.
Departamentos, organismos autonómos y empresas adscritas
Departamentos adscritos
3. Área de Ciudadanía, Cultura y Turismo
Atribuciones: Las facultades delegadas comprenden el ejercicio de las competencias atribuidas genéricamente a la citada área, relativas al sector de la actividad propia de esta área de gestión municipal que la legislación vigente asigna a los municipios.
Además de estas atribuciones generales, le corresponde a título indicativo y no limitativo, el ejercicio de las competencias específicas sobre las siguientes materias:
- Gestión y promoción turística
- Atención y promoción de los intereses turísticos de todos los núcleos del municipio.
- Promoción del turismo interior.
- Oficinas turísticas
- Cultura en general.
- Bibliotecas
- Museos.
- Teatro y Auditorio
- Promociones culturales
- Banda de música
- Fiestas
- Cementerio
- Transportes
- Atención al ciudadano
- Juventud.
- Seguimiento de la explotación de las playas y su seguridad .
La relación de competencias específicas antes indicada podrá ser ampliada y completada mediante el oportuno decreto de alcaldía de desarrollo, que también podrá detallar el contenido y la forma del ejercicio de estas atribuciones.
Departamentos, organismos autónomos y empresas adscritas
Departamentos
Organismos autónomos:
Tercero.- El presente decreto entrará en vigor el día de su firma, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el BOIB conforme con lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales.
Manacor, 20 de diciembre de 2016
El alcalde,
Pedro Rosselló Cerdà