Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE CIUTADELLA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE CIUTADELLA
Núm. 14688
Procedimiento ordinario 144/2016
D/Dª PEDRO ABRISQUETA COSTA, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 001 DE CIUTADELLA DE MENORCA.
HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de D/Dª ANDREA LOMBARDI, CLAUDIA LIÑAN MILLAN y PEDRO LIÑAN MILLAN contra LOCA MENORCA SL y FOGASA, en reclamación por ORDINARIO, registrado con el nº PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000144 /2016 y acumulados, se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la LJS, notificar el auto de fecha 12/09/16, en el que se acuerda la acumulación de los procedimientos 145/16 y 146/16 a este, y citar a LOCA MENORCA SL, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 20/01/2017 a las 12:30 horas, en MAÓ, Edificio Judicial sito en c/ Antoni Juan Alemany, nº 2, planta baja, Sala 3, para la celebración de los actos de conciliación o, en su caso, juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.
Y para que sirva de notificación y citación a LOCA MENORCA SL, se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y colocación en el tablón de anuncios.
En CIUTADELLA DE MENORCA, a veintidós de diciembre de dos mil dieciséis.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA