Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE LLUCMAJOR
Núm. 14693
Plan estratégico de subvenciones del Ajuntament de Llucmajor para el año 2016
De acuerdo con las previsiones del artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, que obliga a las administraciones que pretendan conceder subvenciones, aprobar, previamente, un Plan estratégico, y de acuerdo con el artículo 12 del Real Decreto 887/2006 de 21 de julio que apruebe el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, el Ajuntament de Llucmajor ha elaborado el presente documento que pretende ser un plan estratégico de subvenciones del Ajuntament de Llucmajor para el año 2016.
La Ley de subvenciones se rige por una serie de principios –publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación- que, junto con la variedad de instrumentos que articula, redunda de forma directa en un incremento de los niveles de eficacia y eficiencia en la gestión y utilización de recursos públicos.
Este Plan estratégico, además de cumplir con la obligación jurídica que establece la citada Ley General de Subvenciones, desarrollada y concretada como se ha dicho por el Real Decreto 887/2006 que aprueba su reglamento, quiere introducir una conexión entre los objetivos y los efectos que se pretenden conseguir, los costes previsibles y los fondos de financiación con el objeto de adecuar les necesidades públicas que se han de cubrir vía subvenciones con la previsión de los recursos disponibles. Así mismo, este Plan estratégico tiene que ser una herramienta útil que implemente verdaderas políticas municipales de promoción y fomento de actividades culturales, deportivas, sociales, educativas y que sirva para mejorar la vida de los vecinos del municipio de Llucmajor, con especial atención a los grupos más desfavorecidos mediante la concesión de las oportunas subvenciones.
Artículo 1
Las subvenciones que conceda el Ajuntament de Llucmajor durante el año 2016, se ajustarán a lo que prevea este Plan.
Artículo 2
Para hacer efectivas las subvenciones previstas en este Plan, se requerirá la inclusión de las consignaciones correspondientes en el Presupuesto municipal y la aprobación de las convocatorias reguladoras para su concesión, si es trata de subvenciones en concurrencia, competitiva o no, o bien del correspondiente convenio regulador o resolución de concesión, si es trata de subvenciones nominativas.
Artículo 3
La aprobación del Plan estratégico de subvenciones no supone la generación de ningún tipo de derecho en favor de los potenciales beneficiarios, que no podrán exigir indemnización o compensación en caso que el Plan no llegara a llevarse a cabo.
Artículo 4
El establecimiento de subvenciones queda supeditada al cumplimento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, hecho por lo que las consignaciones presupuestarias que se aprueben y las bases reguladoras de su concesión se acomodarán en cada momento a estos objetivos.
Artículo 5
1. El Ajuntament de Llucmajor concederá subvenciones, mediante los procedimientos previstos en las Bases generales de subvenciones, aprobadas en el Pleno del Ajuntament, a favor de personas, asociaciones o entidades públicas o privadas con la finalidad de fomentar y promover la realización de actividades de utilidad pública o interés social o para promover la consecución de fines públicos atribuidos a la competencia local. Se podrán subvencionar tanto actividades a realizar como ya realizadas siempre que tengan por objeto fomentar y promover la utilidad pública o el interés social.
La utilización del procedimiento de concesión directa, y en concreto de subvenciones nominativas, tiene su justificación en que básicamente todo el tejido asociativo del municipio, de cualquier ámbito, está reflejado en el presupuesto municipal con una subvención asignada que responde a necesidades, circunstancias y situaciones expresadas anteriormente por las propias entidades a los diferentes servicios y órganos municipales.
A la vez, las subvenciones a asociaciones o entidades de carácter supramunicipal se fundamentan en el hecho de que persones del término de Llucmajor estén atendidas por sus servicios o son usuarias de ellos, o que la colaboración con ellas se considera de interés general.
Finalmente, las subvenciones a persones físicas individualizadas, en el caso de que se considerase conveniente el otorgamiento de una subvención, tienen razón de ser en las características concretas de las actividades que desarrollen o bien en la situación en que se encuentren, que determinan la conveniencia de la concesión de la subvención.
Artículo 6
El Ajuntament de Llucmajor, establece los objetivos estratégicos que se materializarán en la concesión de la potestad de conceder subvenciones a las áreas siguientes:
I. Objetivo estratégico: Cultura y participación ciudadana
a. Actividad subvencionable
Será subvencionable cualquier actividad cultural relacionada con las artes, las ciencias y las letras. Igualmente, serán objeto de subvención, las actividades de animación sociocultural, de ocio y tiempo libre destinadas al fomento de la creatividad, así como todo tipo de actividad o acontecimiento musical de especial interés por su dimensión social y de participación ciudadana. También serán subvencionables aquellas actividades que tengan relación con las entidades ciudadanas y las asociaciones de vecinos, de gente mayor, y otras entidades de carácter cultural.
Así mismo, será subvencionable cualquier actividad para el fomento de la normalización lingüística.
b. Efectos que se pretenden conseguir
En el área cultural se pretende favorecer aquellas actividades que proyecten y singularicen el municipio de Llucmajor en alguna manifestación artística, fomentar e impulsar el arte contemporáneo, en todas sus vertientes, así como nuevos formatos y lenguajes artísticos, conseguir una programación cultural estable y favorecer y fomentar les manifestaciones de cultura popular y tradicional. Impulsar la actividad de los artistas del municipio y, sobretodo, aquellos que tienen repercusión internacional, para que promocionen el municipio.
En cuanto a la participación ciudadana, se pretende ayudar al sostenimiento y al desarrollo de actividades de las diferentes asociaciones que participen en la vida social del municipio, desde las asociaciones de vecinos de cada una de las diferentes localidades que forman el municipio de Llucmajor, las diferentes asociaciones de gente mayor, y de otras asociaciones que están presentes en la vida de nuestro municipio.
En definitiva, es fomenta la creación de capital social, asociacionismo y la implantación social de las entidades.
c. Fondo de financiación y Coste previsto
Aplicaciones presupuestarias:
Partida Presupuestaria |
Área Gestora |
Beneficiario |
Objetivo Estratégico |
Objeto |
Importe |
Fuente Financiación |
Modalidad |
---|---|---|---|---|---|---|---|
0195 333 489000 |
Cultura |
Centro Internacional Antoni Catany |
Fomento de la Cultura |
Fomento de la actividad artística de personas del municipio con repercusión internacional |
35.000'€ |
Fondos Propios |
Nominativa |
d. Plazo ejecución
Las actividades subvencionadas se han de llevar a cabo a lo largo del ejercicio presupuestario 2016, si bien se podrán subvencionar actividades ya realizadas.
e. Beneficiarios
Asociaciones culturales, de voluntariado social, de mujeres, de segunda edad, de vecinos, profesionales y de tercera edad, determinadas nominativamente en el presupuesto municipal.
Esta subvención de este área está prevista nominativamente en el presupuesto municipal para el año 2016.
II. Objetivo estratégico: Bienestar social
a. Actividades subvencionables
El objeto de estas subvenciones es la realización de actuaciones de carácter social y asistencial y de proyectos solidarios y de cooperación para el desarrollo durante el año 2016.
Serán subvencionables las actividades orientadas a la prevención, intervención, asistencia al enfermo, rehabilitación, integración social o promoción del bienestar social de la familia, la infancia y la adolescencia, de las personas mayores, personas con discapacidad, inmigrantes, así como aquellos colectivos con riesgo de exclusión social y a la atención de situaciones de graves carencias o emergencia social.
Así mismo, serán subvencionables aquellas actividades que tiendan a conseguir la promoción y participación activa de la mujer en la vida social del pueblo, y, especialmente, a evitar la desigualdad por razón de sexo y la violencia de género.
Se incluyen dentro de este capítulo también las atenciones benéficas para atender necesidades sociales que afecten directamente a familias del término y que por motivos de urgencia y de protección de la intimidad personal y familiar se tramiten directamente por el Departamento de Servicios Sociales de este Ajuntament.
b. Efectos que se pretenden conseguir
Dentro de esta área algunas subvenciones tienen su razón de ser en la necesidad de contribuir a erradicar la pobreza en los países en vías de desarrollo del mundo y, en consecuencia, mejorar las condiciones de vida de la población de estos países. Así mismo, se facilita la participación de la sociedad civil, organizada en las entidades sociales sin ánimo de lucro, en proyectos solidarios y promueve la conscienciación de la nuestra sociedad sobre la realidad de los países empobrecidos del mundo.
Con algunas otras subvenciones previstas, también dentro de esta misma área de bienestar social, se pretende ayudar a los colectivos más desfavorecidos; personas con discapacidad, personas mayores, inmigrantes, personas con dificultades económicas etc, corrigiendo los desequilibrios existentes entre la población y contribuyendo a ayudar a les personas que padecen dificultades de diferentes tipos.
c. Fondo de financiación y coste de la actividad
Partida Presupuestaria |
Área Gestora |
Beneficiario |
Objetivo Estratégico |
Objeto |
Importe |
Fondo Financiación |
Modalidad |
---|---|---|---|---|---|---|---|
0100 231 48003 |
Asuntos sociales |
Fondo Mallorquín de Solidaridad |
Bienestar Social |
Aportación a la cooperación internacional |
10.000'€ |
Fondos Propios |
Nominativa |
0100 231 40800 |
Asuntos sociales |
Atenciones Benéficas |
Bienestar Social |
Ayudas a personas en situación de riesgo social |
105.000'€ |
Fondos Propios |
Nominativa |
0100 231 48005 |
Asuntos sociales |
Asociación Ayuda al acompaña-miento del enfermo |
Bienestar Social |
Ayudas a asociación que promueve la solidaridad y ayuda a los enfermos |
6.000'€ |
Fondos Propios |
Nominativa |
0100 231 48006 |
Asuntos sociales |
Proyecto Joven |
Bienestar Social |
Asistencia a la adolescencia |
14.500'€ |
Fondos Propios |
Nominativa |
0100 231 48000 |
Asuntos sociales |
Familias con necesidades |
Bienestar Social |
Procurar para el bienestar de les familias del municipio con necesidades |
46.000'€ |
Fondos Propios |
Nominativa |
d. Plazo ejecución
A lo largo del ejercicio presupuestario 2016.
e. Beneficiarios
Asociaciones determinadas nominativamente en el presupuesto del tipo benéficas, sociales y de ayuda a la cooperación y al desarrollo, de carácter municipal o supramunicipal.
Y a través de los Servicios Sociales, directamente personas o familias individualizadas.
Todas las subvenciones establecidas dentro de esta área están previstas nominativamente en el presupuesto municipal.
Finalmente y con carácter general serán subvencionables cualesquiera otras actividades siempre que sean complementarias de la actividad municipal y que así lo acuerde el Ajuntament.
III. Objetivo estratégico: Promoción empresarial
a. Actividades subvencionables
El objetivo de esta subvención es la promoción de las actuaciones que repercuten en el fomento de la actividad comercial del pequeño comercio del municipio, potenciando actuaciones que incrementen la productividad del comercio.
b. Efectos que se pretenden conseguir
El objetivo de esta ayuda es potenciar la actividad económica en el municipio.
c. Fondo de financiación y coste de la actividad
Partida Presupuestaria |
Área Gestora |
Beneficiario |
Objetivo Estratégico |
Objeto |
Importe |
Fuente Financiación |
Modalidad |
---|---|---|---|---|---|---|---|
0100 231 47000 |
Protección y Promoción Social |
Asociaciones Empresariales |
Bienestar Social |
Fomentar la actividad del pequeño comercio |
5.000'€ |
Fondos Propios |
Nominativa |
d. Plazo ejecución
A lo largo del ejercicio presupuestario 2016.
e. Beneficiarios
Comerciantes de los municipios de Llucmajor.
Artículo 7
Este Plan será vigente del día 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2016 como primer documento de planificación estratégica de las políticas de subvención del Ajuntament de Llucmajor. Por este motivo, asume el compromiso de revisarlo anualmente con la aprobación del Presupuesto municipal, sin perjuicio de cualquier modificación, revisión o revocación anticipada que se pueda formular.
Artículo 8
Les afectaciones financieras que se comprometen a este Plan se corresponden con las previsiones presupuestarias del Capítulo IV del presupuesto de gastos municipales y a aquellos otros que, eventualmente, puedan comprometer las convocatorias correspondientes.
Artículo 9
La efectividad de este Plan queda condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención, que dependerá, entre otros condicionantes básicamente, de la disponibilidad presupuestaria del ejercicio y a la solicitud de los beneficiarios, en su caso.
Llucmajor, diciembre de 2016