Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE PALMA
EMPRESA MUNICIPAL DE AGUAS Y ALCANTARILLADO, S.A. EMAYA
Núm. 14653
Publicación nuevas tarifas de EMAYA 2017
El Pleno de este Ayuntamiento, en fecha 24 de noviembre de 2016, acordó la aprobación de las siguientes tarifas correspondientes a la Empresa Municipal de Aguas y Alcantarillado SA (EMAYA):
Tarifas Abono Conservación Tomas y Contador 2017 |
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Contadores hasta 20 mm / diámetro |
uso doméstico individual |
1,9469 EUR / mes |
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Uso no doméstico o no unifamiliar |
4,2833 EUR / mes |
Contadores de calibre = 30 mm / diámetro |
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19,7900 EUR / mes |
Contadores de calibre = 40 mm / diámetro |
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29,5300 EUR / mes |
Contadores de calibre = 50 mm / diámetro |
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39,6800 EUR / mes |
Contadores de calibre = 80 mm / diámetro |
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45,7600 EUR / mes |
Contadores de calibre = 100 mm / diámetro o superior |
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55,0900 EUR / mes |
Instalaciones cubiertas por la póliza de abono:
- Conexión, entendida como el tramo de tubería que enlaza la red general de distribución con el tubo de alimentación del inmueble a través de la clave de registro.
- Clave de toma, entendida como la llave que abre paso a la presa.
- Clave de registro, entendida como la llave que se encuentra situada en la vía pública a la unión de la toma con el tubo de alimentación.
- Tubo de alimentación, entendido como la tubería que enlaza la llave de registro con la llave de paso del contador o batería de contadores.
- Llave de paso, entendida como la válvula de cierre esférico situada en la unión de la toma con el contador o con la batería de contadores.
- Batería de contadores, entendida como el conjunto de tubos horizontales y verticales que alimentan los contadores.
- Contador, entendido como el aparato medidor del consumo realizado.
- Grifo de comprobación, entendida como el grifo situado a continuación del contador y destinada a la verificación del correcto funcionamiento del mismo.
- Puerta del recinto de contadores.
Queda excluida de la cobertura de la póliza, y será facturada al abonado independientemente, la obra civil de propiedad privada necesaria para reparar o sustituir los elementos antes relacionados.
TARIFA SERVICIO DE AGUA 2017
1) Cuota de Servicio EUR / mes
1.1.- Viviendas particulares
1.1.1.Por vivienda particular ............................. 4.5947
1.1.2.Por vivienda ocupado por familia numerosa ...... 3,9326
1.2. Por plaza de hostelería:
1.2.1.Por plaza en hotel de 4 a 5 estrellas o apartamento turístico de 4 o 5 claves ................ 5.5136
1.2.2.Por plaza en Hotel de 3 estrellas o apartamento turístico de 3 llaves ...................... 3.6758
1.2.3.Por plaza en el resto de establecimientos ................. 2.2974
1.3. Oficinas, locales comerciales, industrias y otros usuarios con contador de calibre inferior a 25 mm.
1.3.1.Por 15 mm ......... 10.3381 1.3.2.Per£abonado con contador de calibre abonado con contador de calibre = 20 mm ......... 18.3788
1.4. Oficinas, locales comerciales, industrias y otros usuarios con contador de calibre igual o superior a 25 mm. de diámetro
1.4.1.Contador de calibre = 25 mm .................. 275.6820
1.4.2.Contador de calibre = 30 mm .................. 413.5230
1.4.3.Contador de calibre = 40 mm .................. 735.1520
1.4.4.Contador de calibre = 50 mm .................. 1378.4100
1.4.5.Contador de calibre = 80 mm .................. 3675.7600
1.4.6.Contador de calibre = 100 mm .................. 5513.6400
1.4.7.Contador de calibre = 200 mm .................. 19297.7400
1.4.8.Contador de calibre = 250 mm .................. 28487.1400
1.5.- Por conexión destinada a boca contraincendios ...... 85.0020
2) Cuota de Consumo
2.1. Tarifa proporcional, aplicable a los usuarios excluidos de la progresividad .............. 0,9300 EUR / m3
2.2. Tarifa progresiva aplicable a familias numerosas
2.2.1.Consumos hasta 28 m3 / mes x vivienda ....... 0,8400 EUR / m3
2.2.2.Consumo entre 29 y 40 m3 / mes x vivienda .... 3,0900 EUR / m3
2.2.2.Consumo superior a 40 m3 / mes x vivienda .... 5,7600 EUR / m3
2.3.Tarifa progresiva, aplicable al resto de consumos domésticos
2.3.1.Consumos hasta 5 m3 / mes x vivienda ........ 0,6000 EUR / m3
2.3.2.Consumo entre 6 y 10 m3 / mes x vivienda ..... 0,8400 EUR / m3
2.3.3.Consumo entre 11 y 20 m3 / mes x vivienda ..... 1,3800 EUR / m3
2.3.4.Consumo entre 21 y 40 m3 / mes x vivienda ..... 3,0900 EUR / m3
2.3.5.Consumo superior a 40 m3 / mes x vivienda ..... 5,7600 EUR / m3
2.4.Tarifa progresiva, aplicable a establecimientos hoteleros y similares
2.4.1.Consumos hasta 5 m3 / mes x cada 2 plazas .... 0,6000 EUR / m3
2.4.2.Consumo entre 6 y 10 m3 / mes x cada 2 plazas. 0,8400 EUR / m3
2.4.3.Consumo entre 11 y 20 m3 / mes x cada 2 places.1,3800 EUR / m3
2.4.4.Consumo entre 21 y 40 m3 / mes x cada 2 places.3,0900 EU
2.4.5.Consum entre 41 y 60 m3 / mes x cada 2 places.1,8702 EUR / m3
2.4.6.Consum superior a 60 m3 / mes x cada 2 places.2,9884 EUR / m3
El consumo registrado se dividirá en las secciones que correspondan y se aplicará a cada sección el precio pertinente según la escala prevista en la tarifa progresiva.
Los abonados residentes en viviendas dotadas de contador individual en los que viva una familia numerosa podrán sol • licitar que se les aplique la tarifa específica de este col • lectivo.
Quedan excluidos de la aplicación de la Tarifa Progresiva, y por tanto sujetos exclusivamente a la tarifa proporcional los consumos registrados en:
* Industrias
* Oficinas administrativas públicas y privadas.
* Comercios
* Servicios, excepto establecimientos hoteleros
* Locales dedicados a actividades profesionales
* Usos comunitarios en comunidades de propietarios
3) Bonificaciones
3.1. Bonificación por bajo consumo
Se aplicará una bonificación del 7% sobre el importe de la cuota de consumo del epígrafe 2.3 cuando el consumo no supere los 10 m3 mensuales.
3.2. Bonificación por bajos ingresos
Se bonificará el 100% de la cuota de servicio y de los consumos hasta 10 m3 / mes de las viviendas particulares usuarios del servicio, siempre y cuando el conjunto de personas que conviven en el domicilio de referencia dispongan de un nivel de ingreso anual igual o inferior al salario mínimo interprofesional anual multiplicado por el coeficiente 1,25.
A los efectos de la aplicación de la bonificación mencionada, cuando en un domicilio se reúna más de un ingreso, el más elevado se computará por su valor íntegro y los restantes por el cincuenta por ciento de su valor.
B) Usuarios del Servicio de Alcantarillado Sanitario con vertidos de agua residual independientes del abastecimiento de agua potable
Por metro cúbico de agua residual vertida a la red de alcantarillado (tarifa media) ................................ 0,4144 EUR / m3
C) Vertidos de agua residual efectuados por camiones cisterna directamente a las estaciones depuradoras.
Camiones de 5 m3 o menos ............... 14,75 euros
Camiones de más de 5 m3 hasta 10 m3 .... 29,04 euros
Camiones de más de 10 m3 ............... 43,22 euros
Palma, a 22 de diciembre de 2016
El Jefe departamento Secretaria del Pleno
Antoni Pol Coll