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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE EIVISSA

Núm. 14623
Oferta de empleo público 2016

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Texto

La Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en la sesión celebrada el 23 de diciembre de 2016, acordó la aprobación de la oferta de empleo público de 2016, de acuerdo con lo establecido en el art. 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el art. 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto básico del Empleado Público, en relación con el art. 47.5 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

APROBACIÓN OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA EL AÑO 2016

PERSONAL FUNCIONARIO

Denominación

GRUPO

Nº PLAZAS

ESCALA DE DMINISTRACIÓN GENERAL

SUBESCALA AUXILIAR

- Auxiliar administrativo/a

C2

6

ESCALA DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL

SUBESCALA TÉCNICA

CLASE SUPERIOR

- Letrado/ada

A1

1

CLASE AUXILIAR

- Monitor/a sociocultural

C2

1

SUBESCALA DE SERVICIOS ESPECIALES

CLASE POLICÍA LOCAL

- Policía local

C1

7

PERSONAL LABORAL

Denominación

GRUPO ASIMILACIÓN

Nº PLAZAS

DIVISIÓN FUNCIONAL DE OFICIOS

Grupo profesional- Operario

- Celador/a turístico/a y comercial

Agrup. Profesional

1

- Operario/aria de limpieza

Agrup. Profesional

1

Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer:

a) Directamente, recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su notificación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29 /1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

b) Un recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Contra la desestimación por silencio administrativo del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya notificado la resolución expresa del mismo, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses a partir del día siguiente a la desestimación presunta.

c) Cualquier otro recurso que estime conveniente, de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Eivissa, 23 de diciembre de 2016

La Concejala Delegada

Estefanía Torres Sánchez