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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TRANSPARENCIA, CULTURA Y DEPORTES

Núm. 14614
Resolución del director general de Deportes y Juventud por la que se nombran las personas integrantes de la Comisión Gestora del Consejo de la Juventud de las Islas Baleares

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Texto

Hechos

El 17 de diciembre de 2016 se celebró la sesión constitutiva del Consejo de la Juventud de las Islas Baleares y se eligieron las personas integrantes de la Comisión Gestora que funcionará hasta que se cree la Comisión Permanente. Asimismo, se escogió la presidencia de esta Comisión Gestora, según lo previsto en la disposición adicional segunda del Decreto 63/2016, de 21 de octubre, por el que se crea el Consejo de la Juventud de las Islas Baleares, se establecen sus normas básicas de organización y funcionamiento y se aprueban los principios generales que regulan los consejos de la juventud de ámbito insular y local.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

2. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

3. El Decreto 63/2016, de 21 de octubre, por el que se crea el Consejo de la Juventud de las Islas Baleares, se establecen las normas básicas de organización y funcionamiento y se aprueban los principios generales que regulan los consejos de la juventud de ámbito insular y local (BOIB núm. 134, de 22 de octubre).

4. La Resolución del director general de Deportes y Juventud de día 24 de octubre por la que se convoca el procedimiento de participación para la constitución del Consejo de la Juventud de las Islas Baleares (BOIB núm. 137, de 29 de octubre).

5. La Resolución del director general de Deportes y Juventud de día 18 de noviembre, por la que se amplía el plazo para participar en el proceso de constitución del Consejo de la Juventud de las Islas Baleares (BOIB núm. 146, de 19 de noviembre).

6. La Resolución del director general de Deportes y Juventud de 12 de diciembre de 2016 por la que se convoca la sesión constitutiva del Consejo de la Juventud de las Islas Baleares y se publica la relación de entidades que han resultado se excluidas del proceso. (BOIB núm. 157, de 15 de diciembre).

Por todo ello, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la disposición adicional segunda del Decreto 63/2016, de 21 de octubre, dicto la siguiente

resolución

1. Nombrar a las siguientes como integrantes de la Comisión Gestora del Consejo de la Juventud:

- Efraín Ferrer Noya, de la asociación Reis Mags de Formentera, como presidente.

- Alex Segura Castelltort, de la asociación Joves de Mallorca por la Lengua, como vocal

- Jorge Soler Cantero, de la asociación Iniciativa d’Estudiants d’Esquerres, como vocal

- Antonia María Dols Pujol, del Moviment Escolta de Mallorca, como vocal

- Juan José Bibiloni Damianoff, de la asociación Illa de Cultura, como vocal

- Diana Gomila Cassanyes, de Escoltas y Guías de Mallorca, como vocal.

- Sara González Álvarez, de la Organización Juvenil Española, como vocal

- Juan Pugiserver y Ferrà, del Centro d’Esplai La Cadernera, como vocal

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el órgano que la ha dictado o ante la consejera de Transparencia, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 58 de la Ley 3 / 2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. Si no se pone un recurso en este plazo, el acto se considerará firme a todos los efectos.

El recurso de alzada se entenderá desestimado si, transcurridos tres meses desde que se interpuso, no se ha dictado resolución. En este caso, queda abierta la posibilidad de interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de su publicación.

Palma, 21 de diciembre de 2016

El director general de Deportes y Juventud

Carlos Gonyalons Sureda