Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TERRITORIO, ENERGÍA Y MOVILIDAD

Núm. 14570
Convenio de colaboración entre la Consejería de Territorio, Energía y Movilidad y el Ayuntamiento de Eivissa para redactar el Proyecto de recuperación de las viviendas de la UA 27 (entre las calles Alt y del Retir) del barrio de Sa Penya de Eivissa

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Partes

Marc Pons i Pons, consejero de Territorio, Energía y Movilidad del Gobierno de las Islas Baleares, de acuerdo con el Decreto 4/2016, de 6 de abril, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se dispone el nombramiento de miembros del Gobierno de las Islas Baleares, y en virtud de las facultades que le atribuye la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Rafael Ruiz González, alcalde del Ayuntamiento de Eivissa, proclamado en Acuerdo del Pleno de la sesión constitutiva de este Ayuntamiento de fecha 13 de junio de 2015.

Antecedentes

1. El Ayuntamiento de Eivissa ha solicitado la colaboración de la Consejería de Territorio, Energía y Movilidad para redactar el Proyecto de recuperación de las viviendas de la UA 27 (entre las calles Alt y del Retir) del barrio de Sa Penya de Eivissa.

2. Tal y como dispone el Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, adscrita a la Consejería de Territorio, Energía y Movilidad, tiene competencia en los ámbitos siguientes: fomento de la rehabilitación de inmuebles; viviendas de protección oficial; supresión de barreras arquitectónicas, control de la calidad de la edificación y arquitectura (proyectos y valoraciones).

Ambas partes nos reconocemos mutuamente la capacidad legal necesaria para formalizar este Convenio, de acuerdo con las siguientes

Cláusulas

1. El objeto de este Convenio es regular el marco de colaboración entre la Dirección General de Arquitectura y Vivienda y el Ayuntamiento de Eivissa para redactar el Proyecto de recuperación de las viviendas de la UA 27 (entre las calles Alt y del Retir) del barrio de Sa Penya de Eivissa.

2. Los técnicos de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda redactarán el Proyecto de recuperación de las viviendas de la UA 27 (entre las calles Alt y del Retir) del barrio de Sa Penya de Eivissa y codirigirán las obras. Es decir, llevarán a cabo:

— La redacción del proyecto básico.

— La redacción del proyecto de ejecución.

— La codirección de las obras con la colaboración de los Servicios Técnicos municipales.

El proyecto de ejecución se redactará cuando el proyecto básico sea autorizado con la licencia municipal correspondiente.

3. El Ayuntamiento de Eivissa se compromete a:

— Aportar toda la documentación previa: programa de necesidades, cédula urbanística, planos del estado actual...

— Soportar todos los gastos que se puedan derivar de la redacción del proyecto técnico; entre otros, los cálculos de estructuras, las instalaciones, los seguros de responsabilidad civil y la elaboración de los informes especializados que hagan falta, excepto la remuneración del personal propio del Gobierno de las Islas Baleares implicado en la actuación objeto de este Convenio.

— Aprobar la licencia municipal del proyecto básico, para iniciar la redacción del proyecto de ejecución.

— Llevar a cabo la contratación, la codirección de obra, la dirección de la ejecución, las certificaciones de obra, el certificado final de obra, la recepción de las obras y la liquidación final.

En consonancia con ello, todos los gastos derivados de la redacción del proyecto, entre otros, los estudios, los informes y los cálculos, así como la coordinación de seguridad y salud, los seguros de responsabilidad civil de los técnicos y el seguimiento arqueológico, irán a cargo del Ayuntamiento de Eivissa.

4. Este Convenio no implicará ninguna aportación financiera de la Consejería de Territorio, Energía y Movilidad, más allá de la mera colaboración del personal en la redacción del proyecto.

5. La Consejería de Territorio, Energía y Movilidad queda exonerada de cualquier reclamación de responsabilidad patrimonial, o de otro tipo que se pueda interponer como consecuencia de la realización del objeto de este Convenio.

6. Este Convenio estará vigente hasta que acabe la redacción del proyecto de ejecución del Proyecto de recuperación de las viviendas de la UA 27 (entre las calles Alt y del Retir) del barrio de Sa Penya de Eivissa.

7. La Consejería de Territorio, Energía y Movilidad instará a la inscripción de este Convenio en el Registro de Convenios y Acuerdos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, en el plazo de un mes desde que se firme, de acuerdo con el Decreto 49/2011, de 20 de mayo, por el que se regula este Registro.

Como prueba de conformidad, firmamos este Convenio en dos ejemplares.

 

Palma, 20 de julio de 2016

Por la Consejería de Territorio, Energía y Movilidad

Marc Pons i Pons

Por el Ayuntamiento de Eivissa

Rafael Ruiz González