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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE SANTA MARGALIDA

Núm. 14511
Integración bolsa de personal ayudante de cocina con carácter laboral temporal para cubrir necesidades o sustituciones en la plantilla de personal del servicio de cocina del departamento de servicios sociales del Ayuntamiento de Santa Margalida

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Sr. Alcalde, en fecha 22 de diciembre de 2016,  dictó la siguiente:

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

“Por Decreto de Alcaldía de 21 de octubre de 2016 se resolvió publicar las bases específicas para la convocatoria para la creación de una bolsa personal ayudante cocina para el servicio de cocina del departamento de servicios sociales con carácter laboral temporal para cubrir necesidades o sustituciones en la plantilla de personal

En el proceso selectivo se han observado todos los trámites legales y reglamentarios.

El Tribunal Calificador acordó, el día 16 de diciembre de 2016, proponer que pasen a integrar la mencionada bolsa, por orden de la puntuación total obtenida, las siguientes personas aspirantes:

DNI

TOTAL

37341413Q

5,10

43004987R

4,00

19010508L

2,40

37337675G

2,20

En virtud de las facultades que tengo conferidas, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 21.1.h) Ley 7/1985, de 2 de abril.

 

RESUELVO:

PRIMERO.- Que las personas aspirantes mencionadas anteriormente pasen a integrar la bolsa de personas aspirantes en la categoría de personal ayudante cocina para el servicio de cocina del departamento de servicios sociales con carácter laboral temporal para cubrir necesidades o sustituciones en la plantilla de personal de este Ayuntamiento, por el orden de puntuación total obtenida, de acuerdo con la propuesta formulada por el Tribunal Calificador.

SEGUNDO.- El orden de contratación se efectuará de acuerdo con lo previsto en las bases de la convocatoria.

TERCERO.- Publicar esta lista en el BOIB, en el tablón de edictos y en la página web de la Corporación, de conformidad con el procedimiento previsto al efecto.

 

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, procede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación.

Alternativamente y de forma potestativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación.

 

Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que considere oportuno.

 

Santa Margalida, 22 de diciembre de 2016

El Alcalde,
(Delegación de firma, Decreto núm 1193 de fecha 02/12/2016,
Primer Teniente de Alcalde, Martí  A. Torres Valls)
Joan Monjo Estelrich