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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE INCA

Núm. 14406
Notificación colectiva anuncio de cobro de la tasa por ocupaciones de terrenos con paradas, casitas de venta, espectaculos y atracciones que no tengan carácter permanente en los mercados semanales

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Texto

La Junta de Gobierno de fecha 21 de diciembre de 2016 aprobó;

Notificación colectiva de anuncio de cobro de la tasa por ocupaciones de terrenos con paradas, casitas para la venta, espectáculos y atracciones que no tengan carácter permanente en los mercados semanales

A los efectos previstos en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación (Real Decreto 939/2005, de 29 de julio) se comunica a los contribuyentes que el Ayuntamiento de Inca, al cual corresponde la función recaudadora, llevará a término el cobro, en periodo voluntario de la tasa por ocupaciones de terrenos con paradas, casitas para la venta, espectáculos y atracciones que no tengan carácter permanente en los mercados semanales correspondiente al ejercicio de 2017, en el termino y formas que se indican a continuación:

A) PLAZO DE PAGO:

- El pago se realizará del dia 2 de enero al dia 2 de mayo de 2017 (ambos incluidos).

B) FORMAS DE PAGO:

- Los contribuyentes que hayan recibido el aviso o los avisos de pago pueden pagar presentando el aviso correspondiente en las entidades colaboradoras (se pueden consultar en la página web municipal www.ajinca.net).

- El pago también se podrá hacer de forma telemática por Internet a través de los enlazos de la página web municipal www.ajinca.net

Los contribuyentes que no hayan recibido el aviso de pago pueden obtenerlo en la oficina de recaudación situada en la Plaza España núm. 1, 07300, INCA, de lunes a viernes de las 8.30 a las 14 horas.

Advertimos a los contribuyentes que, de acuerdo con lo que preveen los artículos 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributària, una vez transcurrido el término de ingreso en período voluntario, antes señalado, se iniciará el período ejecutivo, hecho que determinará la exigencia del recargo correspondiente y, si cabe, de los intereses de demora y de las costas que se producen.

 

Inca, 21 de diciembre de 2016.

EL  ALCALDE,
Virgilio Moreno Sarrió.