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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 14371
Resolución del Consejero de Educación y Universidad de día 7 de diciembre de 2016 por la que se conceden las ayudas para gastos de funcionamiento y actividades de las federaciones y confederaciones de padres y madres de alumnos y las federaciones y confederaciones de alumnos.

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Texto

Hechos

1. La Resolución del consejero de Educación y Universidad de 26 de octubre de 2016 por la que se convocan ayudas para gastos de funcionamiento y actividades de las federaciones y confederaciones de asociaciones de padres y madres de alumnos y las federaciones y confederaciones de alumnos.

2. Las ayudas se harán efectivas a cargo de la partida presupuestaria 13601.421K03.48000.00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para el año 2016 por un importe máximo de 70.000 euros.

3. De acuerdo con la Resolución del director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de 31 de agosto de 2016, se considera oportuno pagar anticipadamente estas ayudas, sin exigencia previa de garantía, dado el carácter social de las entidades beneficiarias.

4. Los servicios técnicos de la Dirección General de Innovación y Comunidad Educativa han examinado la documentación presentada y han requerido al interesado para que subsane los errores y aporte la totalidad de los documentos necesarios.

5. Mediante escrito del día 15 de noviembre de 2016 el director general de Innovación y Comunidad Educativa ha delegado la presidencia de la Comisión Evaluadora en la Sra. Coloma Ferrer Salas, jefa del Servicio de Innovación.

6. La Comisión Evaluadora, se ha reunido los días 18 de noviembre y 7 de diciembre de 2016 para estudiar y valorar las solicitudes de subvención y ha acordado proponer como beneficiarios de las ayudas a las federaciones y confederaciones que cumplen todos los requisitos establecidos en la convocatoria, además de determinar la cuantía que corresponde a cada una de ellas, de acuerdo con la distribución que establece la convocatoria.

7. Se ha comprobado que las entidades beneficiarias estén al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

8. La relación de entidades admitidas y excluidas, así como los importes concedidos y las causas de exclusión, han sido publicados en la web de la Dirección General de Innovación y Comunidad Educativa (http://dgice.caib.es) y en el tablón de anuncios de esta Dirección General (Calle Alfonso el Magnánimo, 29. 07004 Palma.

9. Los representantes legales de las entidades beneficiarias aceptan la propuesta de subvención.

10. El gasto deberá haber tenido lugar durante el ejercicio 2016 y se deberá justificar entre el 31 de diciembre de 2016 y el 31 de marzo de 2017 con la presentación de la cuenta justificativa, una memoria de los gastos, la relación de justificantes imputados y la copia compulsada de los recibos o facturas.

11. La Resolución de convocatoria nombra instructor de este procedimiento al director general de Innovación y Comunidad Educativa, quien será el encargado de dictar la propuesta de resolución. El director general de Innovación y Comunidad Educativa, dado que en el pasado ocupó cargos en dos de las entidades que han sido propuestas como beneficiarias por la Comisión Evaluadora (FAPA Mallorca y COAPA), se inhibe de firmar esta Propuesta de Resolución , mediante una comunicación de inhibición en el Registro de Intereses y Actividades de la Consejería de Transparencia, Cultura y Deportes del día 25 de noviembre de 2016; de acuerdo con el artículo 4.3 de la Ley 2/1996 de 19 de noviembre, que regula el régimen de incompatibilidades de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Comunidad Autónoma; el artículo 10 del Decreto 250/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de incompatibilidades de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Comunidad Autónoma y el artículo 36 de la Ley 4/2011 que establece el deber de inhibición o de abstención por los altos cargos del Gobierno.

Fundamentos de derecho

1. Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).

2. Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de desarrollo de determinados aspectos de la Ley de Finanzas y de las Leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 122, de 2 de septiembre de 2004 ).

3. Orden de la Consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura.

4. La Resolución del Consejero de Educación y Universidad de 26 de octubre de 2016 por la que se convocan ayudas para gastos de funcionamiento y actividades de las federaciones y confederaciones de padres y madres de alumnos y las federaciones y confederaciones de alumnos.

Resolución

1. Aprobar la concesión de ayudas para gastos de funcionamiento y actividades de las federaciones y confederaciones de padres y madres de alumnos y las federaciones y confederaciones de alumnos que se relacionan en el anexo 1.

2. Denegar la concesión de ayudas para gastos de funcionamiento y actividades de las federaciones y confederaciones de padres y madres de alumnos y las federaciones y confederaciones de alumnos que se relacionan en el anexo 2 por no cumplir alguno de los requisitos de la convocatoria detallados en los mismos listados.

3. Esta Resolución tendrá efecto al día siguiente de su firma.

4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Contra esta Resolución que agota la vía administrativa se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes, o recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de su notificación, en la forma prevista de la convocatoria.

 

Palma, 7 de diciembre de 2016

El consejero de Educación y Universidad

Martí March y Cerdá

Firma por delegación de competencias en virtud de la Resolución

del Consejero de Educación y Universidad de 19-10-2015

(BOIB núm. 156, de 27-10-2015)

El secretario general

Francisco Gálvez Capellà

 

Anexo 1:   Ayudas concedidas

Federación o confederación

Importe concedido

FAPA Mallorca

40.055’98€

FAPMA Menorca

4.425’00€

FAPA Eivissa

10.065’00€

COAPA

5.590’00€

 

Anexo 2:  Ayudas denegadas

Federación o confederación

Motivo de denegación

FAIB-CONCAPA

Falta de documentación

FADAE

Fuera de plazo