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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE FELANITX

Núm. 14363
Reclasificación de varios puestos de trabajo

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Texto

Mediante acuerdo del Ayuntamiento Pleno de día 14 de diciembre de 2016, se aprobó el siguiente:

«Primero. Modificar la valoración de los puestos de trabajo de Secretario (código SEC-1), e Interventor (código INT- 9), y establecer un complemento específico de 30.550,00 € para cada uno de estos puestos de trabajo.

Segundo. Reconocer el nivel de complemento de destino 19 a los siguientes puestos que actualmente tienen el nivel 18:

- Puesto de trabajo de aministrativa/vo del departamento de Secretaría.

- Puesto de trabajo de administrativa/vo de Contratación y Recursos Humanos.

- Puesto de trabajo de administrativa/vo del departamento de Intervención.

Tercero. Igualar las retribuciones complementarias de los puestos de trabajo de trabajadoras sociales, resultando el importe homogeneizado de 15.783,30 €.»

Contra este acto administrativo, que agota la vía administrativa, se puede presentar recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente de recibir esta notificación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición. El recurso de reposición potestativo se tendrá que presentar al Registro General de este Ayuntamiento o a las dependencias a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificada la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición, y en este caso quedará expedita la vía contenciosa administrativa.

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo 123 antes mencionado y el que dispone la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo o la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia, según las competencias determinadas por los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de recibir esta notificación, todo esto sin perjuicio de cualquiera otro recurso o acción que se considere conveniente.

  

Felanitx, 19 de diciembre de 2016

El alcalde

Joan Xamena Galmés