Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TRABAJO, COMERCIO E INDUSTRIA
Núm. 14318
Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 20 de diciembre de 2016 per la que se determinan las fechas de los domingos y otros festivos que los comercios pueden permanecer abiertos al público en el año 2017
Hechos
El 20 de diciembre de 2016, en la sesión de la Comisión Interinsular Asesora de Comercio, se acordó, por mayoría, proponer al órgano competente en materia de comercio el calendario de los domingos y otros festivos en que los comercios pueden permanecer abiertos al público en el año 2017.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 7 de la Ley 11/2014, de 15 de octubre, de comercio de las Illes Balears (BOIB nº. 143, de 18 de octubre de 2014), en el que se crea la Comisión Interinsular Asesora de Comercio, adscrita a la consejería competente en materia de comercio, como órgano de participación en las materias reguladas en esta ley, con el fin de promover la colaboración entre las distintas administraciones públicas y las asociaciones y los agentes económicos y sociales implicados en el sector para impulsar la actividad comercial de las Illes Balears.
2. El artículo 18 de la Ley 11/2014, de 15 de octubre, de comercio de las Illes Balears, modificado por la Ley 17/2016, de 16 de diciembre (BOIB nº 158, de 17 de diciembre) en el que se establece que el número anual de domingos y otros festivos en que los comercios pueden permanecer abiertos al público es de diez días, y también que cada año se tienen que determinar las fechas de estos días mediante una resolución del órgano competente en materia de comercio.
3. El Decreto 8/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº. 97, de 2 de julio de 2015).
4. La Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de delegación de competencias y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería (BOIB nº. 105, de 14 de julio de 2015).
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Determinar que las fechas de los domingos y otros festivos en que los comercios pueden permanecer abiertos al público en el año 2016 son las siguientes:
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Trabajo, Comercio e Industria en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 20 de diciembre de 2016
La directora general de Comercio y Empresa
María Pilar Sansó Fuster
Por delegación del consejero de Trabajo, Comercio e Industria
(BOIB 105/2015)