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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 14305
Consejo Ejecutivo Concesión de ayudas a los ayuntamientos para la financiación de los servicios de información juvenil y de las actividades de dinamización para jóvenes para el año 2016

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Texto

Se hace público que el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca, en sesión de carácter ordinario de día 19 de diciembre de 2016, de conformidad con las bases i la convocatoria aprobadas en fecha 25 de julio de 2016 y publicadas en el BOIB núm. 106, de 20 de agosto de 2016, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero. Conceder las ayudas a los ayuntamientos que seguidamente se detallan para la financiación de los servicios de información juvenil y las actividades de dinamización para jóvenes para el año 2016:

Núm. Exp.

Beneficiario/a

NIF/CIF

Puntos

Cuantía ayuda

AJ 1/16

Es Mercadal

P-0703700 E

43,60

9.097,79 €

AJ 2/16

Es Migjorn Gran

P-0700001 A

13,00

2.712,64 €

AJ 3/16

Maó

P-0703200 F

35,90

7.491,07 €

AJ 4/16

Sant Lluís

P-0705200 D

58,90

10.000,00 €

AJ 5/16

Ciutadella

P0701500 A

10,50

2.174,18 €

AJ 6/16

Ferreries

P-0702300 E

49,25

10.000,00 €

AJ 7/16

Alaior

P-0700200 I

20,50

2.013,96 €

AJ 8/16

Es Castell

P-0706400 I

31,20

6.510,35 €

TOTAL

262,85

50.000,00 €

En total se distribuyen 50.000 euros.

Segundo. El importe de las ayudas se abonará por adelantado, el 75% una vez se haya aprobado la distribución entre los beneficiarios de acuerdo con la convocatoria anual, y el 25% restante cuando el beneficiario haya justificado la realización de la actividad subvencionada, de acuerdo con lo que establece el punto decimotercero de las bases.

El importe por adelantado del 75% no se podrá abonar hasta que la entidad acepte expresamente o tácitamente la subvención concedida, de conformidad con la letra b de la base quincena.

El importe de las ayudas se aplicará a la partida presupuestaria y con los importes máximos que a continuación se indica, según aprobó el Consejo Ejecutivo en sesión de 25.7.2016:

Partida

2016

2017

Cantidad máxima

33450 4620007

37.500,00 €

12.500,00 €

50.000,00 €

 

Núm. Exp.

Beneficiario/a

Cuantía ayuda

75% 2016

25% 2017

AJ 1/16

Es Mercadal

9.097,79 €

6.823,34 €

2.274,45 €

AJ 2/16

Es Migjorn Gran

2.712,64 €

2.034,48 €

678,16 €

AJ 3/16

Maó

7.491,07 €

5.618,30 €

1.872,77 €

AJ 4/16

Sant Lluís

10.000,00 €

7.500,00 €

2.500,00 €

AJ 5/16

Ciutadella

2.174,18 €

1.630,64 €

543,55 €

AJ 6/16

Ferreries

10.000,00 €

7.500,00 €

2.500,00 €

AJ 7/16

Alaior

2.013,96 €

1.510,47 €

503,49 €

AJ 8/16

Es Castell

6.510,35 €

4.882,77 €

1.627,58 €

50.000,00 €

37.500,00 €

12.500,00 €

El reconocimiento de la obligación (O) se emitirá dentro del año 2016. En caso que esto no fuese posible y siendo un gasto meritado en el ejercicio 2016 y no anotado en este presupuesto, se contabilizará de acuerdo con el criterio de la Intervención, a las cuentas 411, Acreedores por gastos meritados, o 413, Acreedores por operaciones pendientes de aplicar al presupuesto.

Tercero. Si el gasto justificado excediera del importe del presupuesto solicitado, la posible desviación presupuestaria irá a cargo del beneficiario de la ayuda. Si por el contrario, el gasto justificado es inferior al importe del presupuesto solicitado y subvencionado, se reducirá de forma proporcional la subvención concedida.

Cuarto. Comunicar este acuerdo a los beneficiarios y publicar el edicto correspondiente en el BOIB.

 

Maó, a 20 de diciembre de 2016

  

El Secretario del Consejo Ejecutivo

Octavi Pons Castejón