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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Núm. 14289
Extracto de la Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 15 de diciembre de 2016 por la que se aprueba, mediante el procedimiento anticipado de gasto, la convocatoria para el año 2017 de ayudas a los emprendedores y a la microempresa, pequeña y mediana empresa de las Illes Balears para cubrir los intereses y el coste del aval de ISBA, SGR, de operaciones de financiación de inversiones productivas y liquidez

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

“BDNS (identif.): 325955”

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria para el año 2017 de ayudas a los emprendedores y a la microempresa, pequeña y mediana empresa de las Illes Balears para cubrir los intereses y el coste del aval de ISBA, SGR, de operaciones de financiación de inversiones productivas y liquidez, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (<http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index>):

1. Beneficiarios

Las personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada, domiciliadas en las Illes Balears o que realicen un proyecto de inversión en dicho territorio, que cumplan los requisitos de las microempresas, pequeñas y medianas empresas y que formalicen entre el 1 de diciembre del 2016 y el 30 de noviembre del 2017 operaciones financieras en las que se produzca alguno de los siguientes requisitos:

a) Que financien proyectos de inversiones de las pymes, siempre que se realicen en centros productivos ubicados en las Illes Balears.

b) Que financien operaciones de financiación de liquidez de pymes cuya actividad principal se realice en centros productivos ubicados en las Illes Balears.

2. Objeto

Regular para el ejercicio de 2017 el otorgamiento de ayudas a los emprendedores y a la microempresa, pequeña y mediana empresa de las Illes Balears que tengan aprobadas operaciones financieras beneficiarias de los fondos provenientes de convenios o acuerdos entre la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y el Banco Europeo de Inversiones u otra institución europea, o avaladas por ISBA, SGR, destinadas a financiar nuevas inversiones productivas o para liquidez, formalizadas entre el 1 de diciembre de 2016 y el 30 de noviembre de 2017. Las ayudas se destinan a cubrir los intereses de estas operaciones financieras y, en su caso, el coste del aval que formalicen con ISBA, SGR.

3. Bases

Decreto 29/2011, de 1 de abril, de medidas urgentes en materia de financiación de inversiones productivas y liquidez de las pymes en las Illes Balears (BOIB núm. 53/2011, de 9 de abril).

4. Cuantía

Inicialmente se destinan a la convocatoria, con cargo en la partida presupuestaria 14601 612E01 47000 00 (o la partida que corresponda) de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2017, los siguientes importes máximos con la distribución de anualidades que se indica:

a) Ayudas para cubrir el coste del aval de ISBA, SGR: 1.145.000 euros

— Año 2017: 375.000 euros

— Año 2018: 325.000 euros

— Año 2019: 265.000 euros

— Año 2020: 180.000 euros

b) Ayudas para cubrir los intereses: 1.075.000 euros con cargo en la partida 14601 612E01 47000 00 (o la partida que corresponda) de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para el año 2018, en aplicación de lo establecido en el apartado 11.1 de la presente convocatoria.

5. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para presentar las solicitudes será desde el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears hasta el día 4 de diciembre de 2017.

No obstante, la resolución de concesión o denegación de las ayudas no se dictará en ningún caso antes del 1 de enero de 2017.

6. Lugar de presentación de solicitudes.

Las solicitudes se presentarán a la entidad colaboradora ISBA, SGR, según los modelos que hay disponibles en la web de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

 Palma, 15 de diciembre de 2016

 La consejera de Hacienda

y Administraciones Públicas

  Catalina Cladera Crespí