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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PORRERES

Núm. 14192
Abrobación definitiva proyecto de urbanización

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Texto

Por resolución de Alcaldía de fecha 22/11/2016 se aprobó definitivamente el Proyecto de Urbanización que afecta el proyecto de urbanización del Sector 1 La Cruz de Porreres la cual se transcribe íntegramente:

«RESOLUCIÓN De APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PROYECTO De URBANIZACIÓN

Primero. La Comisión Insular de Ordenación del Territorio y Urbanismo en sesión de 18/12/2014 aprobó definitivamente el Plan Parcial Sector I La Creu con prescripciones el cual se publicó en el BOIB núm. 43 de 26/3/2015.

Segundo. El 13/3/2015 la Junta de Compensación constituyó una garantía del 6 % del coste de implantación de los servicios y ejecución de las obras de urbanización por importe de 96.849,96 €.

Tercero. El 23/3/2016 la Junta de Compensación solicita en el Ayuntamiento la aprobación inicial del Proyecto de urbanización e informe ambiental del sector 1 La Cruz el cual fue aprobado por la misma Junta el 14/3/2016 y se remita el informe ambiental al órgano competente.

Quart. El 19/4/2016 se emite resolución de aprobación inicial del proyecto de urbanización del polígono industrial del sector 1 La Creu de Porreres y se da cuenta al pleno de la corporación en sesión de 25/4/2016.

Quinto. Se somete el proyecto a información pública mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 62 de 17/5/2016, en el punto de acceso electrónico correspondiente y a la prensa el día 21/5/2016 por un plazo de 45 días, sin que se hayan presentado alegaciones.

Sexto. Se ha solicitado los informes preceptivos según la legislación sectorial correspondiente a los organismos públicos competentes con el siguiente resultado:

El 14/6/2016 se emite informe por parte del Departamento de Territorio e Infraestructuras del Consejo de Mallorca de acuerdo con el arte. 72 LOUS y el arte. 200 del Reglamento general LOUS para la isla de Mallorca en el que se pone de manifiesto: la calificación de las parcelas lucrativas resultantes, los espacios públicos, equipamientos y la estructura viaria del proyecto de urbanización, están adaptados al plano de zonificación del plan parcial aprobado por la CIOTU en sesión de día 18/12/2014; los aparcamientos públicos se tienen que aumentar en dos plazas adaptadas, dado que el número de plazas indicadas a la memoria justificativa del plan parcial es de doce; hay que recordar la protección establecida a la parcela 1E (Les Sínies) y 5 D (Pozo de marés a proteger) y la protección de la Síquia de Bañeras. El 6/7/2016 se contesta oficio explicativo de la segunda enmienda acreditando el número de plazas de aparcamiento.

El 30/6/2016 se emite informe sobre la adecuación al Plan Director Sectorial de Telecomunicaciones de las Islas Baleares y la normativa estatal sobre infraestructuras de telecomunicaciones de la Ley 9/2014 de Telecomunicaciones.

El 29/7/2016 la Agencia Balear del agua y la Calidad Ambiental informa que: 1) La conexión efectiva de la red de saneamiento en baja no se podrá hacer efectiva hasta que se hayan llevado a cabo las obras de ampliación de la Edar de Porreres, por lo cual será necesaria la recopilación de la siguiente información: recepción de la red de alcantarillado de Sector 1 La Creu por parte del Ayuntamiento; en el caso de existir vertidos de aguas industriales, los cuales difieran sensiblemente en composición de los vertidos domésticos, se tendrá que solicitar expresamente la autorización a la DGRRHH, por parte de los titulares del vertido, excepto acuerdo con el ente gestor; 2) Será necesaria la autorización de la ABAQUA para vehicular las aguas residuales hacia la EDAR de Porreres; 3) El Ayuntamiento de Porreres se tendrá que comprometer a hacer efectiva la separación de las aguas pluviales de las residuales urbanas.

El 20/9/2016 la Comisión Insular de Patrimonio Histórico de Mallorca informa favorablemente el proyecto de urbanización y reparcelación en conformidad con el informe técnico emitido el 1 de agosto de 2016 en conformidad con los artículos 1, 22 y 36 de la Ley 12/1998, de 21 de diciembre del patrimonio histórico de las Islas Baleares.

El 10/10/2016 se emite resolución del presidente de la Comisión de Medio ambiente por la que se resuelve no sujetar a evaluación de impacto ambiental ordinaria el proyecto dado que no se prevé que pueda tener efectos significativos sobre el medio ambiente de acuerdo con los criterios del anexo III de la Ley 21/2013 y con las medidas correctoras contenidas en el documento ambiental presentado con los condicionados siguientes: las aguas pluviales de los edificios se acumularán a un aljibe, serán debidamente tratadas y serán utilizadas por el riego de las zonas ajardinadas; se tiene que solicitar autorización a la DGRH para poder abocar a la Síquia de Bañeras los excedentes de pluviales; la conexión efectiva de la red de saneamiento en baja no se podrá hacer efectiva hasta se hayan llevada a cabo las obras de ampliación de la EDAR de Porreres; dado que pueden existir especies de fauna catalogadas, antes de cualquier obra se tiene que actuar según lo que señale el Servicio de Protección de Especies Protegidas de la Consejería de medio ambiente, Agricultura y Pesca.

Séptimo. El 22/11/2016 se emite el siguiente informe técnico por parte del arquitecto asesor municipal Sr. Cosme Garcias:

«PRIMERO. La Comisión Insular de Ordenación del Territorio y Urbanismo en sesión de 18/12/2014 aprobó definitivamente el Plan Parcial Sector Y La Creu con prescripciones el cual se publicó en el BOIB núm. 43 de 26/3/2015.

SEGUNDO. El 13/3/2015 la Junta de Compensación constituyó una garantía del 6 % del coste de implantación de los servicios y ejecución de las obras de urbanización por importe de 96.849,96 €.

TERCERO. El 23/3/2016 la Junta de Compensación solicita en el Ayuntamiento la aprobación inicial del Proyecto de urbanización e informe ambiental del sector 1 La Creu el cual fue aprobado por la misma Junta el 14/3/2016 y se remita el informe ambiental al órgano competente.

QUART. El 19/4/2016 se emitió resolución de batlia de aprobación inicial del proyecto de urbanización y reparcelación.

QUINTO. El expediente se ha sometido a exposición pública durante un plazo de 45 días sin que se hayan presentado alegaciones y vistos los informes emitidos por las diferentes administraciones competentes.

Por todo esto, en conformidad con los artículos 79 y siguientes de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de Ordenación y Uso del Suelo, los artículos 197, 200 y siguientes del Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, para la isla de Mallorca, INFORMA:

PRIMERO. Informar favorablemente la aprobación definitiva del Proyecto de urbanización y reparcelación del polígono industrial del sector 1 La Creu de Porreres y la documentación que lo acompaña, siempre que se cumplen las medidas correctoras que indica la conclusión primera de la resolución de la Comisión de medio ambiente de 10/10/2016 por la que se formula el informe de impacto ambiental.

SEGUNDO. No se podrán conceder licencias de primera ocupación hasta que no se hayan llevado a cabo las obras de ampliación de la EDAR de Porreres.»

Por todo esto, incoado el expediente de aprobación del proyecto de urbanización del sector 1 La Cruz de Porreres, vistos los informes que constan al expediente, en conformidad con los artículos 79 y siguientes de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de Ordenación y Uso del Suelo, los artículos 197, 200 y siguientes del Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, para la isla de Mallorca, y el artículo 21.1.j) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, RESUELVO:

Primero. Aprobar definitivamente el proyecto de urbanización del Sector 1 La Creu de Porreres que ha presentado la Junta de Compensación con número de visado por el COAIB núm. 11/01929/16 de 16/3/2016 con las modificaciones resultantes de los informes admitidos y siempre que se cumplen las medidas correctoras que indica la conclusión primera de la resolución de la Comisión de medio ambiente de 10/10/2016 por la que se formula el informe de impacto ambiental.

Segundo. Notificar a las personas interesadas la presente Resolución con indicación de los recursos pertinentes.

Tercero. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares a efectos de su general conocimiento. Así mismo, ponerlo a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, en conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado del Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, en conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara para interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo esto sin perjuicio que pueda interponer Ud. cualquiera otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

 

Porreres, 13/12/2016

La batlessa,

Francisca Mora Veny