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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 13901
Ejecución de títulos judiciales 114/2011

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª AMAGOYA CASTRO CERQUEIRO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000114 /2011 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª JUAN ANTONIO QUEREDA LORENTE contra la empresa SERVICIOS Y APLICACIONES FISICAS SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuyo encabezamiento y parte dispositiva se adjunta:

D E C R E T O

Letrado de la Administración de Justicia D/Dª AMAGOYA CASTRO CERQUEIRO.

En PALMA DE MALLORCA, a veinticuatro de noviembre de dos mil dieciséis.

ANTECENDETES DE HECHO

PRIMERO.-Mediante Decreto de fecha 6/02/2012 se acordó la suspensión del EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000114 /2011, decretándose la insolvencia provisional de la ejecutada , sin perjuicio de reaperturar la ejecución si se conociesen bienes. SEGUNDO.- Que en el momento de la Declaración de Insolvencia la ejecutada adeudaba las cantidades de 4.183,04€de principal, más otros 338,00€ calculados, provisionalmente , para intereses y costas.

TERCERO.- El Fondo de Garantía Salarial se ha subrogado en la cantidad que en su día abonó al trabajador por importe de 3.805,52€ , en fecha 14/09/2012.

CUARTO.- Se ha recibido comunicación remitida por CaixaBank , con fecha de entrada en decanato 17/10/16, en la que se nos comunica que han practicado una retención e ingreso en la cuenta de depósitos de éste juzgado por importe de 68,35€, a lo que hay que añadir otro ingreso anterior por importe de 1,24€ ; por tanto consta consignado un total de 69,59€.

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO: Reaperturar la presente ejecución por haberse modificado la circunstancias que motivaron la suspensión y hacer entrega de mandamiento de devolución, una vez firme la presente, por importe de 69,59€ a favor de la parte ejecutante, a cuenta del principal adeudado. Se mantiene la Insolvencia Decretada y la subrogación efectuada en su día, toda vez que la cuantía retenida no cubre el total de lo adeudado.

Verificada la entrega de mandamiento de devolución, procédase nuevamente al archivo de las actuaciones.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Y para que sirva de notificación en legal forma a SERVICIOS Y APLICACIONES FISICAS SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Illes Balears .

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a veinticuatro de noviembre de dos mil dieciséis.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA