Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE SANTA MARGALIDA
Núm. 13969
Integración bolsa de personal técnico sociosanitario (TAS) con carácter laboral temporal para cubrir necesidades o sustituciones en la plantilla de personal del Ayuntamiento de Santa Margalida
El Sr. Alcalde, en fecha 1 de diciembre de 2016, dictó la siguiente:
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Por Decreto de Alcaldía de 6 de septiembre de 2016 se resolvió publicar las bases específicas para la convocatoria para la creación de una bolsa personal técnico de atención sociosanitaria (TAS) con carácter laboral temporal para cubrir necesidades o sustituciones en la plantilla de personal
En el proceso selectivo se han observado todos los trámites legales y reglamentarios.
El Tribunal Calificador acordó, el día 30 de noviembre de 2016, propuso que pasen a integrar la mencionada bolsa, por orden de la puntuación total obtenida, las siguientes personas aspirantes:
DNI |
PUNTUACIÓN |
43027895R |
16,00 |
41523821N |
15,90 |
09780964F |
15,60 |
43013159P |
14,20 |
19010508L |
13,60 |
18225448H |
13,40 |
37337676M |
11,30 |
43195999K |
8,20 |
43672274N |
8,20 |
43021668F |
7,70 |
18235363C |
7,50 |
37337967C |
5,00 |
43085731S |
4,90 |
43078874N |
3,80 |
43082400L |
3,60 |
18236789c |
2 , 70 |
41521048E |
2,10 |
78217901F |
1,00 |
En virtud de las facultades que tengo conferidas, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 21.1.h) Ley 7/1985, de 2 de abril.
RESUELVO:
PRIMERO.- Que las personas aspirantes mencionadas anteriormente pasen a integrar la bolsa de personas aspirantes en la categoría de personal técnico de atención sociosanitaria (TAS), para con carácter laboral temporal para cubrir necesidades o sustituciones en la plantilla de personal de este Ayuntamiento, por el orden de puntuación total obtenida, de acuerdo con la propuesta formulada por el Tribunal Calificador.
SEGUNDO.- El orden de contratación se efectuará de acuerdo con lo previsto en las bases de la convocatoria.
TERCERO.- Publicar esta lista en el BOIB, en el tablón de edictos y en la página web de la Corporación, de conformidad con el procedimiento previsto al efecto.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, procede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación.
Alternativamente y de forma potestativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación.
Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que considere oportuno.
Santa Margalida, 2 de diciembre de 2016
El Alcalde,
(Delegación de firma, Decreto núm 1193 de fecha 02/12/2016, Primer Teniente de Alcalde, Martí A. Torres Valls)
Joan Monjo Estelrich