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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ESPORLES

Núm. 13808
Lista definitiva de les becas otorgadas para la adquisición de libros de texto y/o material escolar de caracter obligatorio para el curso 2016/2017

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Día 17 de octubre se dictó la Resolución de Alcaldía, la cual  a continuación, se transcribe.

“Vista las bases de la convocatoria de becas para la adquisición de libros de texto y/o material escolar de carácter obligatorio para el curso 2016/2017, 

HE RESUELTO::

Aprobar la lista definitiva de las becas otorgadas con expresión de su cuantía:

R.ENTRADA

FECHA

DNI

BECA

CUANTÍA

3866

03/10/2016

43106839D

195,24

3867

03/10/2016

43070123R

140,07

3868

03/10/2016

43199137P

465,80

3876

03/10/2016

43069992P

187,94

3916

04/10/2016

34069263F

209,84

3950

05/10/2016

43219583F

105,27

3966

06/10/2016

43069335H

713,00

3975

07/10/2016

43110810R

84,07

4008

10/10/2016

34065536Y

88,50

4027

11/10/2016

43056604Y

266,29

4028

11/10/2016

43091685N

281,47

4079

13/10/2016

18220438E

206,90

4148

18/10/2016

43080213V

275,54

4173

19/10/2016

34066412P

222,60

4190

20/10/2016

43037812M

410,62

4214

20/10/2016

43096522L

134,13

4220

21/10/2016

43078392J

448,84

4221

21/10/2016

45073552S

201,34

4233

24/10/2016

43121160R

151,45

4237

24/10/2016

X5898065Z

72,80

4250

24/10/2016

49773017M

364,15

4232

21/10/2016

X6469862-P

269,77

5.495,64

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, en conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo esto sin perjuicio que pueda ejercitar cualquiera otro recurso que estime pertinente.

   

Esporles, 1 de diciembre de 2016

La Alcaldesa,
Maria Ramon Salas