Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE EIVISSA
Núm. 13721
Resolución por la cual se acuerda la remisión del expediente administrativo i se cita en plazo las personas interesadas en el recurso contencioso administrativo, procedimiento ordinario 357/2016
Resolució núm. 2016-6703, de 30 de novembre, de la Concejal de Turismo, Comercio y Mercados, que se publique el texto íntegro a los efectos previstos en el artículo 45.5, 47.2 i 49.4 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.
«DECRETO NÚM. 2016-6703
Identificación del expediente: Ex. Núm. 4376/2016 de aprobación de la Ordenanza de Publicidad Exterior.
Resolución por la cual se acuerda la remisión del expediente administrativo y se cita en plazo a las personas interesadas en el recurso contencioso administrativo, procedimiento ordinario 357/2016
1. La entidad Ibiza Publicidad S A ha interpuesto recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, contra la Ordenanza de Publicidad Exterior, aprobada por este Ayuntamiento el 2 de Agosto de 2016 (BOIB núm. 102 de 11 de Agosto de 2016).
2. Visto lo dispuesto en el artículo 49 y 50 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
3. Visto, también, lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4. Por todo ello i en virtud de las atribuciones que me han sido delegadas por Decreto de Alcaldía núm. 3954/2015 de 24 de junio de 2015 (BOIB Núm. 104 de 11 de julio de 2015),
RESUELVO
1. Remitir el expediente administrativo correspondiente a la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares.
2. Citar a las personas interesadas por si consideran conveniente comparecer i personarse como demandadas ante esta Sala en el plazo de NUEVE DÍAS, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 y 50 de la ya mencionada Ley 29/1998, de 13 de Julio.
3. Informar a las personas interesadas que pueden comparecen en autos en el plazo concedido. Si lo hicieren posteriormente, se les tendrá por parte para los trámites no precluidos. Si no se personaren oportunamente continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles, en estrados o en cualquier otra forma, notificaciones de clase alguna.
Eivissa, 1 de diciembre de 2016
La Concejal delegada
Gloria Corral Joven