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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 13560
Consejo Ejecutivo. Concesión de ayudas de minimis del Consejo Insular de Menorca para el tejido empresarial y asociativo de Menorca 2016

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Se hace público que el Consejo Ejecutivo de este Consejo Insular de Menorca en sesión de carácter ordinario de día 14 de noviembre de 2016, de conformidad con las bases aprobadas con fecha 30.5.2016 y posteriormente modificadas en la sesión ordinaria de 20.6.2016 y publicadas en el BOIB núm. 90 de 16.7.2016, adoptó el siguiente acuerdo:

PRIMERO.- Conceder la cantidad total de  6,249.68 € de la partida 5.43900.4790000 del presupuesto del CIM para el año 2016 a los solicitantes que se indican las ayudas de minimis del CIM para el tejido empresarial y asociativo de Menorca (BOIB núm. 90 de 16 de julio de 2016)

SOLICITANTE

IMPORTE SUBVENCIONABLE

SOLICITA AL CIM

SUBVENCIÓN PROPUESTA

PLASTIMODA, SA

6.249,68 €

6.420,83 €

6.249,68 €

SEGUNDO.- La justificación de los gastos objeto de subvención terminó día 4 de noviembre de 2016 y se justificará de forma individual para cada una de las ferias subvencionadas presentando la documentación que se indica en el artículo 14.2 de las bases que rigen esta convocatoria.

TERCERO.- Cuando la entidad beneficiaria, por causas de fuerza mayor o por causas imprevisibles y ajenas a su voluntad, tenga que introducir modificaciones irrelevantes al proyecto, es decir, que no alteren los objetivos ni aspectos esenciales, estas deben comunicarse al Consejo Insular de Menorca lo antes posible o, en todo caso, en el momento de la justificación. No se admitirán modificaciones sustanciales del proyecto, es decir, que alteren la naturaleza, finalidades, las características esenciales o cualquier otro aspecto que pueda desvirtuarlo (artículo 12 de las bases).

CUARTO.- Se llevarán a cabo las medidas de difusión adecuadas para hacer públicos el apoyo económico del CIM. Esta difusión se hará haciendo constar el logo del CIM en las actuaciones promocionales que se hagan. Si no se cumple con estas medidas de difusión, la base 16.5 establece un porcentaje de minoración del 1% sobre el importe de la actuación correctamente justificada.

QUINTO.- Notificar esta resolución a la empresa beneficiaria.

 

Maó, 23 de noviembre de 2016

El secretario del Consejo Ejecutivo
Octavi Pons Castejón