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AYUNTAMIENTO DE LLUBÍ
Núm. 13546
Aprobación provisional modificación puntual NNSS
El Ayuntamiento Lleno, en sesión ordinaria celebrada el día 21 de noviembre de 2016, adoptó el siguiente acuerdo en relación a la modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Llubí:
“Primero.- En conformidad con los informes técnicos y jurídicos que abren en el expediente:
a) Estimar parcialmente la alegación del colegio de Arquitectas, en el sentido que consta al informe del equipo redactor: “Se mantiene el número máximo de plantas que en la zonificación CA pero la altura máxima es la correspondiente a los equipamientos en general, o sea, 10 metros y 12 por la altura total. No parece adecuado limitar la altura a una menor dimensión que después haga inviable el desarrollo de la actividad. Esto sin perjuicio que al proyecto se le pueda exigir un estudio de integración paisajista en el entorno.
Segundo.- Aprobar provisionalmente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias del Planeamiento redactada por el equipo redactor, relativa al cambio de calificación urbanística de una parcela en casco antiguo (CA) por la de equipamiento público (EQ) en la calle Roca Lisa 10.
Tercero.- De conformidad con el apartado 139 del Reglamento de desarrollo de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de Ordenación y Uso del Suelo, en el ámbito de la Isla de Mallorca, la aprobación provisional determina por sí misma la prórroga de la suspensión durante un año o hasta la aprobación definitiva, de la tramitación y otorgamiento de toda clase de aprobaciones, autorizaciones y licencias urbanísticas en el ámbito correspondiente a la modificación.
Cuarto.- Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en uno de los diarios de mayor difusión del ámbito de la Isla de Mallorca, en el tablón de edictos y en la página web de este Ayuntamiento.
Quinto.- Remitir el expediente a la Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Consejo Insular de Mallorca instando a la aprobación definitiva de la Modificación.
Sexto.- Dar traslado de este acuerdo a las entidades que han presentado alegaciones.”
Lo que se hace público para general conocimiento y en cumplimiento de lo acordado.
Llubí, a 28 de noviembre de 2016
La Alcaldesa,
Magdalena Perelló Frontera