Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA
Núm. 13533
Bases reguladoras del otorgamiento de subvenciones a los desplazamientos de los clubs, deportistas individuales, árbitros y entrenadores de Formentera
El Pleno del Consell Insular de Formentera en sesión celebrada el 11 de noviembre de 2016, aprobó las Bases Reguladoras del otorgamiento de subvenciones a los desplazamientos de los clubs, deportistas individuales, árbitros y entrenadores de Formentera.
Bases reguladoras del otorgamiento de subvenciones a los desplazamientos de los clubs, deportistas individuales, árbitros y entrenadores de Formentera.
Articulo 1
Objecto
El objeto de las presentes bases es establecer las normas que deben de regir la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a dar apoyo económico a los clubs deportivos con sede en Formentera, a deportistas, árbitros y entrenadores empadronados en este municipio, en concepto de ayuda a los gastos de desplazamiento por la asistencia a campeonatos oficiales de ámbito provincial, autonómico, nacional o internacional y a cursos de formación.
Los desplazamientos que son objeto de esta subvención, son los desplazamientos de equipos, deportistas, (con acompañantes en el caso de ser menores), árbitros y formación para los entrenadores de los clubs, desde Formentera a fuera de la isla.
Se podrán subvencionar estos desplazamientos, en los siguientes casos:
En circunstancias especiales se podrán valorar campeonatos o torneos no oficiales, cuando tengan un carácter mediático importante (Torneo Brunete, Copas Internacionales...)
Quedaran expresamente excluidos de recibir subvención, aquellos encuentros o torneos de carácter no oficial o aquellos que, a pesar de ser oficiales, tengan carácter amistoso o de preparación.
En correspondencia con los párrafos anteriores, son subvencionables los siguientes conceptos::
Cualquier competición que sea objeto de subvención por desplazamiento, debe de estar organizada por una Federación reconocida por el Consejo Superior de Deportes o la Dirección General de Deportes del Govern de les Illes Balears o dependiente de estos. Para las competiciones internacionales, serán válidas las competiciones organizadas por Federaciones Internacionales que cuenten entre sus federaciones nacionales asociadas, una federación reconocida por el Consell Superior de Deportes o la Dirección General de Deportes.
A efectos de estas bases, se consideran campeonatos oficiales aquellos que se desarrollen con la finalidad de titular al ganador como campeón nacional, regional o provincial, y aquellas competiciones que, mediante fases, son necesarias para conseguir la clasificación para las fases finales de estos campeonatos. Bajo los mismos efectos se consideran competiciones oficiales, las que se desarrollen con la finalidad de titularidad al ganador como campeón de copa o campeón o ganador de una división o grupo.
Articulo 2
Dotación económica
Las subvenciones objeto de esta convocatoria, son a cargo de la partida presupuestaria 2016.341.48000.01 de los presupuestos generales del Consell Insular de Formentera, para el ejercicio presupuestario del año 2016, con un importe de 66.000 €.
Articulo 3
Requisitos generales de las personas solicitantes
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que regulen las presentes bases:
No podrán ser beneficiarios de las subvenciones:
Articulo 4
Lugar y plazo de presentación
Articulo 5
Documentación que debe aportarse
Juntamente con la solicitud, la documentación a presentar por los solicitantes debe de estar debidamente firmada por los representantes legales del club deportivo, en su caso, y hace falta presentar original y/o copia cotejada.
Esta documentación será la siguiente:
Los modelos y anexos se pueden obtener en el portal web del Área de Deportes del Consell Insular de Formentera (www.esportsesmes.org) o en las dependencias del Polideportivo Antoni Blanc del Consell de Formentera-
Si alguno de los documentos exigidos, ya esté en poder del Área de Deportes del Consell de Formentera, el solicitante de la subvención podrá acogerse a lo que establece los artículos 13 y 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, LPACAP, siempre que no hayan transcurrido más de 5 años desde la finalización del procedimiento y no habiendo sufrido ninguna modificación desde su aportación.
Articulo 6
Conceptos y actividades subvencionables
Serán objeto de subvención los conceptos y los desplazamientos que correspondan exclusivamente a los desarrollados en el periodo de enero a octubre del año 2016.
Conceptos subvencionables:
Articulo7
Comisión evaluadora
Se constituirá una Comisión Evaluadora, que estará formada por los siguientes miembros:
Son funciones de esta Comisión:
Articulo 8
Obligaciones de los beneficiarios
Los beneficiarios de las subvenciones quedan obligados a:
Articulo 9
Régimen de subvenciones
Articulo 10
Órgano Instructor
El órgano instructor del presente procedimiento es el Área de Deportes del Consell Insular de Formentera, que debe de realizar las actuaciones necesarias para la determinación, el conocimiento y la comprobación de los datos en virtud de los cuales se debe de dictar resolución, en el marco del articulo 16 Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones.
Articulo 11
Propuesta de Resolución, acuerdo del órgano competente y comunicación a las personas interesadas
Con fundamento en el informe de la Comisión Evaluadora, el/la conseller/a del Área de Deportes, elevará propuesta a la Comissió de Govern. Esta, como órgano competente, es la encargada de decidir la concesión o denegación de las subvenciones, y expresará la lista de beneficiarios propuestos para el otorgamiento de subvención y la cuantía, así como de las solicitudes excluidas, con indicación de la causa de la exclusión. Posteriormente el secretario de la Corporación, hará una certificación del acuerdo de la Comissió de Govern, la cual se hará pública en el tablón de anuncios de la corporación, al efecto previsto en el articulo 42 de la LPACAP, y de conformidad con el articulo 34. 2c) del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones, y también en la página web: www.consellinsulardeformentera.cat
Articulo 12
Recursos
El acuerdo de la concesión o de la denegación de la solicitud, agota la via administrativa y contra el mismo, se podrá interponer recurso potestativo de reposición delante de la propia Comissió de Govern del Consell Insular de Formentera, en el plazo de un mes a partir de la recepción de la notificación, según lo establecido en los artículos 123 y 124 de la LPACAP, o bien recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses desde la notificación, delante de los juzgados del contencioso administrativo de Palma (Mallorca), de acuerdo con el articulo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, referente de la jurisdicción contencioso administrativa.
Articulo 13
Importe de la subvención, abono y justificación
El Consell Insular de Formentera podrá financiar hasta el 90% del coste total de los conceptos y de los desplazamientos, de acuerdo con los criterios objetivos de valoración previstos en estas bases.
Las subvenciones que se regulan en las presentes bases son compatibles con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. El importe de la subvención individual en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada. En caso contrario, se procederá a la reducción de la aportación del Consell Insular de Formentera, de manera que no se sobrepase el porcentaje del 100% del coste del desplazamiento.
El pago de la subvención se realizará mediante transferencia bancaria, con previa justificación por parte del beneficiario de la realización de la actividad para la cual se concibió en los términos establecidos en las presentes bases.
Teniendo en cuenta que se trata de una convocatoria en que las solicitudes se presentan una vez realizada la actividad, la justificación de los gastos debe de hacerse en el momento de presentación de la solicitud de subvención, según establece el articulo 4º.
La justificación simplificada se establece por el articulo 75 del RD 887/2006 de la Ley General de Subvenciones, que deberá de comprender, en todo caso, los elementos que a continuación se detallan:
Articulo 14
Reintegro de la Subvención
Procederá por parte del beneficiario el reintegro de las cantidades percibidas, y la exigencia del interés de demora correspondiente, por parte del Consell Insular de Formentera, desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha que se acuerde la procedencia del reintegro, en los siguientes casos:
Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público, resultando de aplicación para su cobro lo previsto en la Lay General Presupuestaria.
El interés de demora aplicable en materia de subvenciones será el interés legal del dinero incrementado en un 25 por ciento, salvo que la Ley de Presupuestos Generales del Estado establezca otro diferente.
Articulo 15
Régimen de infracciones y sanciones
El incumplimiento de los requisitos establecidos en estas bases, da lugar a aplicar el régimen de infracciones y sanciones establecido en el titulo V del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la ley de subvenciones de las Islas Baleares, y supletoriamente en el titulo IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y al resto de normativa que sea de aplicación.
Articulo 16
Normativa aplicable
Esta convocatoria se rige por estas bases y, en aquello que no esté previsto, por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la ley de subvenciones de las Islas Baleares, la ley estatal 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y el procedimiento administrativo común, en todo aquello que sea de aplicación.
Articulo 17
Publicación
Según lo establecido en el articulo 34 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, y en el articulo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, estas bases se publicaran en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB). También se publicaran en el tablón de anuncios de la OAC del Consell Insular de Formentera y en la web de la Corporación www.consellinsulardeformentera.cat. Entraran en vigor al día siguiente de haberse publicado en el BOIB.
El presidente,
Jaume Ferrer Ribas
Formentera, 23 de noviembre de 2016.
Por lo cual se hace público para generar su conocimiento
Formentera, 23 de noviembre de 2016
Al president del Consell Insular de Formentera.
Jaume Ferrer Ribas
ANEXO I
Don: _____________________________________________, con NIF: _________________, como secretario/a del club deportivo __________________________________,
CERTIFICO:
Que la junta directiva del club deportivo ______________________________________ está compuesta por las siguientes personas:
Nombre y Apellidos |
Numero DNI o NIE |
Cargo |
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Presidente/a |
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Secretario/a |
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Tesorero/a |
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Vocal |
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Vocal |
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______________________a_______________________de 20___
Firma del Secretario/a del club |
Sello del Club |
ANEXO II
DECLARACIÓN JURADA DE LAS SUBVENCIONES RECIBIDAS
Don: _____________________________________________, con NIF: _________________, como:
□ Deportista empadonado en el municipio de Formentera.
□ Presidente/a del club deportivo__________________________________
DECLARA ( marque con una x la opción o las opciones que procedan ):
□ Que no he solicitado, ni preveo solicitar, ninguna subvención a las otras administraciones públicas diferentes del Consell Insular de Formentera por el mismo objeto de las subvenciones para desplazamientos por equipos y deportistas de Formentera.
□ Que preveo solicitar subvenciones a administraciones públicas diferentes del Consell Insular de Formentera por el mismo objeto de las subvenciones por desplazamientos por equipos y deportistas de Formentera. Estas administraciones públicas son:
______________________________________________________________________________
______________________________________________________________________________.
□ Que he solicitado subvenciones a administraciones públicas diferentes del Consell Insular de Formentera por el mismo objeto de las subvenciones a desplazamientos por equipos y deportistas de Formentera, desconociendo todavía la cuantía concedida. Estas administraciones públicas son:
______________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________.
□ Que he solicitado subvenciones a administraciones públicas diferentes al Consell Insular de Formetnera por el mismo objeto de las subvenciones a desplazamientos por equipos y deportistas de Formentera, siendo las administraciones públicas y las cantidades económicas concedidas las siguientes:
Administración Pública |
Cantidad económica |
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En caso que las circunstancias declaradas en este documento varíen a lo largo de la ejecución del proyecto, estamos notificados y aceptamos la obligación de comunicar al Consell Insular de Formentera estos cambios.
__________________a ________ de________________________ de 20__
Firma
ANEXO III
AUTORITZACIÓN DE OBTENCIÓN DE DATOS FISCALES
Sr. ......................................................................................................DNI................................
Sra. ....................................................................................................DNI................................
Actuando en representación del:
Club ....................................................................................................NIF................................
en relación a la solicitud..........................................................................................................
AUTORIZAR al Consell Insular de Formentera para que pueda efectuar cuantas consultas informáticas o por cualquier otro procedimiento legalmente establecido, sean necesarias para obtener el certificado de la seguridad social y de Hacienda en relación a las subvenciones de deportes.
Formentera,_____ de _______________ de 2016
Firma