Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE EIVISSA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE EIVISSA
Núm. 13395
Ejecución de títulos judiciales 118/2016
Dª MARIA ALZIRA ABAD ROLLAND, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº1 de EIVISSA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 118/2016 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D. MANUEL RUIZ MARTINEZ contra la empresa CONSTRUCCIONES ES SAVINAR 2006 SL, PEDRO SANCHEZ JIMENEZ, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
Auto 9/7/16
Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante, MANUEL RUIZ MARTINEZ, frente a CONSTRUCCIONES ES SAVINAR 2006 SL, PEDRO SANCHEZ JIMENEZ, parte ejecutada, por importe de 34436,99 euros en concepto de principal, (incluidos 300€ en concepto de COSTAS impuestas en Sentencia como consecuencia de lo previsto en el art. 66.3 LRJS por incomparecencia de la demandada al acto de conciliación) más otros 6887,40 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Decreto 9/7/16
En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:
- Proceder al embargo de bienes y a las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan, conforme a lo previsto en los arts. 589 y 590 LEC.
- El embargo de saldos acreedores bancarios y las devoluciones de la Agencia Tributaria para asegurar la responsabilidad de CONSTRUCCIONES ES SAVINAR 2006 SL, PEDRO SANCHEZ JIMENEZ librándose al efecto los despachos necesarios para su efectividad.
- Consultar las aplicaciones informáticas del Órgano judicial para la averiguación de bienes del ejecutado.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En IBIZA/EIVISSA, a veintidós de noviembre de dos mil dieciséis.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA