Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 13407
Resolución del vicepresidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de traslado de créditos previstos en la resolución del Presidente del FOGAIBA, de 13 de noviembre de 2015, por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en la transformación y la comercialización de productos agrícolas
En fecha 14 de noviembre de 2015, se publicó en el BOIB nº 168 la convocatoria de subvenciones, para los años 2015-2019, para inversiones en la transformación y la comercialización de productos agrícolas. Esta Resolución prevé un total de nueve convocatorias y se realizan dos convocatorias para cada ejercicio, excepto para el primero, el año 2015, en el que se realiza una única convocatoria.
El apartado segundo de esta Resolución establece el crédito destinado a la primera convocatoria, mientras que el resto de convocatorias quedan sometidas a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar el cumplimiento de las obligaciones generadas.También establece que, si una vez se ha acabado cualquiera de los períodos no se ha agotado el importe máximo previsto inicialmente para cada uno de ellos, la cantidad no aplicada debe trasladarse al siguiente período mediante una resolución del órgano competente para la concesión de subvenciones, es decir, del vicepresidente del FOGAIBA, que debe publicarse en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Por Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 22 de julio de 2016, publicada en el BOIB nº 95, de 28 de julio, se modificaron los créditos y la cofinanciación, entre otros, de esta convocatoria y se destinó para la convocatoria del año 2015 un total de 19.476.288,38 euros.
Una vez resuelta la primera convocatoria, se determina que existe un crédito sobrante de un importe total de 17.398.793,06 euros, según el informe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural, de fecha 18 de noviembre de 2016. Por todo esto, a propuesta del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural y en virtud de las competencias que me han sido otorgadas, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
PRIMERO.- Trasladar a la segunda convocatoria de subvenciones prevista en la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 13 de noviembre de 2015, por la que se convocan, para los años 2015-2019, subvenciones para inversiones en la transformación y la comercialización de productos agrícolas, los créditos restantes una vez resuelta la primera convocatoria.
SEGUNDO.- El importe destinado a la segunda convocatoria es de diecisiete millones trescientos noventa y ocho mil setecientos noventa y tres euros con tres céntimos (17.398.793,03 €) de acuerdo con la siguiente distribución anual:
Año 2016: 707.295,74 €
Año 2017: 1.323.745,78 €
Año 2018: 2.206.623,85 €
Año 2019: 2.206.623,88 €
Año 2020: 3.262.671,73 €
Año 2021: 3.048.362,03 €
Año 2022: 3.367.092,02 €
Año 2023: 1.276.378,00 €
TERCERO. Las subvenciones mencionadas serán cofinanciadas por el FEADER en un 41,00%, por la Administración General del Estado (MAGRAMA) en un 10,91% y por la comunidad autónoma de las Islas Baleares (CAIB) en un 48,09%.
CUARTO. Esta Resolución debe comunicarse a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y debe publicarse en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, 22 de noviembre de 2016
El vicepresidente del FOGAIBA
Mateu Ginard Sampol