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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSORCIO PARA LA MEJORA Y EMBELLECIMIENTO DE LA PLATJA DE PALMA
Núm. 13381
Acuerdo de la Junta Rectora del Consorcio Urbanístico para la mejora y el embellecimiento de la Platja de Palma, de aprobación inicial y sujeción al trámite de información pública del expediente de modificación del uso del solar de equipamientos incluido en la Unidad de Actuación UA 34 Sant Bartomeu del PRI de la Platja de Palma, incluyendo el uso sanitario
La Junta Rectora del Consorcio Urbanístico para la mejora y el embellecimiento de la Platja de Palma, en la sesión ordinaria celebrada el 3 de noviembre de 2016, adoptó los siguientes acuerdos:
“Primero.- Aprobar inicialmente, de conformidad con el artículo 172 del reglamento de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, el expediente de modificación del uso detallado de la parcela destinada a equipamiento incluida dentro del ámbito de la Unidad de Actuación 34 Sant Bartomeu del Término Municipal de Llucmajor, incluyendo además de los usos previstos, deportivo (DP) y sociocultural (SC), el uso sanitario (SA), redactado por el arquitecto D. Òscar Canalís Hernández.
Segundo.- Disponer la tramitación del expediente de aprobación al que se refiere el punto Primero y, en consecuencia, la sujeción al trámite de información pública por un plazo de 20 días, mediante la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la correspondiente web del Consorcio Urbanístico para la mejora y el embellecimiento de la Platja de Palma (www.consorcioplayadepalma.com).
El expediente completo podrá ser objeto de consulta durante el citado periodo de información pública, en las oficinas del Consorcio, situadas en Av. Gabriel Alomar, 18, 4º piso. 07006 de Palma, así como en la web www.consorcioplayadepalma.com.
Tercero.- Dentro del mismo plazo otorgar un trámite de audiencia mediante notificación personal a las personas propietarias o titulares de derechos afectados incluidos en la propuesta de delimitación, de acuerdo con los datos de titularidad registrales o, en caso de no existir de los datos catastrales.
Cuarto.- Conceder trámite de audiencia por idéntico plazo a los Ayuntamientos de Palma y Llucmajor.
Lo que se publica a los efectos previstos en el artículo 172 del reglamento de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, procediendo en consecuencia a la apertura del trámite de información pública durante el periodo indicado en los acuerdos transcritos, a contar desde el día siguiente de esta publicación.
Palma, 3 de noviembre de 2016
El presidente del Consorcio
Gabriel Barceló i Milta