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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.3 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 13209
Procedimiento ordinario 110/2016

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  BEGOÑA MARÍ RUIZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 003 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000110 /2016 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de   FUNDACION PARA LA PREVENCION DE RIESGOS LABORALES EN EL SECTOR DE HOSTELERIA DE LAS ISLAS BALEARES contra  RSR FESTIVAL PARK S.L. sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA

En Palma de Mallorca a 31 de octubre de 2016.

Vistos por mí, Doña María del Pilar Ramos Monserrat, Magistrado-Juez sustituta del Juzgado de Refuerzo de los Juzgados de lo Social, los autos iniciados en el Juzgado de lo Social número Tres con el número 110/2016 a instancia de Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales en el Sector de la Hostelería de las Illes Balears (FPHIB), representada y asistida por el Abogado Santiago Hurtado Campos, contra RSR Festival Park S.L.

(…)

FALLO

Que ESTIMANDO la demanda interpuesta por Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales en el Sector de la Hostelería de las Illes Balears contra RSR Festival Park S.L., debo CONDENAR y CONDENO a la entidad demandada al abono a la demandante de la cantidad de 202´28 euros.

Notifíquese la presente resolución a las partes, frente a la que no cabe recurso alguno.

Así por esta Sentencia, de la que se unirá certificación a las actuaciones originales para su notificación y cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a RSR FESTIVAL PARK SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a siete de noviembre de dos mil dieciséis.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA