Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA
Núm. 13342
Modificación bases bolsa electricista 1ª
Natalia Troya Isern, alaldesa presidenta del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears), ha resuelto mediante el Decreto de Alcladía núm. 1497/2016, de 24 de noviembre, lo siguiente:
Resolución de la Alcaldía de modificación de la Resolución núm. 1428/2016, de 8 de noviembre, per la cual se convoca un concurso para formar parte de una bolsa de trabajo de OFICIAL 1a ELECTRICISTA DE LA BRIGADA MUNICIPAL del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears), ), para la cobertura, como personal laboral con carácter de interinidad, de las necesidades que puedan subvenir por las necesidades del Servicio, como necesidades urgentes derivades del aumento de la demanda, bajas laborales, jubilacions, licencias, vacaciones, etc.
Dado el recurso de reposición presentado por el Stei Intersindical en contra de las bases para constituir una bolsa de oficial 1a albañil de la Brigada Municipal, publicadas en el BOIB núm. 143, de 12 de noviembre de 2016.
Visto el informe de Secretaría de fecha 22 de noviembre de 2016.
De acuerdo con la legislación vigente en materia de personal, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local y el artículo 41.14 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y funcionamiento de régimen jurídico de las Entidades locales
R E S O L C
Primero.- Aprobar modificación del Anexo I bases la convocatoria, de una bolsa de trabajo de OFICIAL 1ª ELECTRICISTA DE LA BRIGADA MUNICIPAL del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears), para la cobertura de las necesidades que puedan subvenir por las necesidades del servicio, tales como necesidades urgentes derivadas del aumento de la demanda, bajas laborales, jubilaciones, licencias, vacaciones, etc.
Segundo.- Publicar la presente en el BOIB y otorgar un nuevo plazo de quince (15) días naturales para que los interesados puedan presentarse a la presente convocatoria, a contar desde la publicación del edicto adecuado el BOIB.
Tercero.- Notificar la presente resolución a los aspirantes que ya se han presentado, en el sentido de que puedan aportar la titulación de lengua catalana en su caso.
Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde / sa de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso - administrativo, ante el Juzgado o la Sala que resulte competente, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso - Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso - administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso estime más conveniente en su derecho.
Son Servera, 24 de noviembre de 2016
La alcaldesa presidenta El secretario
Natalia Troya Isern Antoni Gual Sureda
Modificación de la A N N E X I de las bases de la convocatoria:
1. Requisitos y condiciones de los aspirantes
(H) Acreditar el requisito de conocimientos de lengua catalana correspondientes al nivel del certificado B1, nivel umbral, de la Dirección General de Política Lingüística, de la EBAP, de la Escuela Oficial de Idiomas o equivalentes. En caso de que los aspirantes opten por acreditar los conocimientos de lengua catalana mediante la aportación del título o certificado oficial correspondiente, los títulos válidos serán los expedidos u homologados por los organismos competentes y de acuerdo con la legislación vigente en cuanto a esta materia. En caso de que no se tenga dicha titulación, se hará una prueba de catalán del nivel establecido, la cual será calificada de apto o no apto. La calificación determinará la permanencia de la persona aspirante en la convocatoria, de forma que si resulta no apta, será eliminada de la misma.
2. Valoración de méritos
(B) Conocimientos orales y escritos de catalán del nivel superior al exigido como requisito: mediante la presentación de una fotocopia compulsada de certificados expedidos por la Escuela Balear de Administración Pública o expedidos u homologados por la Junta Evaluadora de Catalán u organismo homologado.
A N N E X II
BAREMO DE MÉRITOS
II. Conocimiento orales y escritos de catalán
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1. Certificado B2 |
1 punto |
2. Certificado C1 |
2 puntos |
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3. Certificado C2 |
2’5 puntos |
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4. Certificado E |
0’5 puntos |
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* Se valorará solo un certificado, excepto del caso de conocimientos de lenguaje administrativo, la puntuación del cual se acumularà a la del otro certificado que se aporte con un màximo de 3 puntos. |
A N E X O III : MODELO DE SOLICITUD
Nombre y apellidos ..............................................................................................................
DNI núm. ..............................................................................................................................
Domicilio ..............................................................................................................................
Población .............................................................................................................................
Teléfono ...............................................................................................................................
Correo electrónico .................................................................................................................
M A N I F I E S T O:
Primero.- Que cumplo y acepto todas y cada una de las condiciones exigidas en las bases de la convocatoria para presentarme al concurso de una bolsa de trabajo de OFICIAL 1ª ELECTRICISTA DE LA BRIGADA MUNICIPAL DE OBRAS del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears), para la cobertura, como personal laboral con carácter de interinidad, de acuerdo con la resolución de la Alcaldía núm. XXXXXXXXXX
Segundo.- Que DECLARO BAJO JURAMENTO que no ha sido separado / a, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, a las Comunidades Autónomas oa las Entidades Públicas, y no encontrarme en situación de inhabilitación para el ejercicio de las Funciones públicas.
SOLICITO:
Ser aceptado / a para dicha convocatoria.
( ) Solicito certificación de servicios prestados en el AJuntament de Son Servera (señalar con una X, en su caso).
DOCUMENTACIÓN QUE ADJUNTO: (señale la casilla adecuada)
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Documento nacional de identidad (DNI) |
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Titulación mínima exigida |
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Titulación de catalán (nivel B1) |
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Titulación méritos |
Son Servera, ___________________________________________
ALCALDE DE SON SERVERA (ILLES BALEARS)
Son Servera, 24 de novIembre de 2016
La alcaldesa presidenta
Natalia Troya Isern