Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SANTA MARIA DEL CAMÍ
Núm. 13188
Junta Gobierno Local
Dado que de conformidad con el art. 23 de la Ley 20/2006 de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares y 20.1 b) de la Ley 7/85 la Junta de Gobierno Local existirá en los municipios de más de 5.000 habitantes;
Esta Alcaldía en uso de sus atribuciones conferidas por el art. 23 de la Ley 7/85,
DECRETA
PRIMERO.- Designar como miembros de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento los siguientes:
Presidente: El Alcalde.
Vocales:
SEGUNDO.- Fijar como fechas de celebración de las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno Local el primer y el tercer jueves de cada mes a las 13'30 h., previa convocatoria realizada por esta Alcaldía.
En caso de que el día de celebración de la sesión sea festivo, esta se celebrará, con el mismo carácter de Ordinaria, el primer día hábil siguiente a la misma hora.
TERCERO.- Comunicar este Decreto al Ayuntamiento en Pleno y publicarlo en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma, de conformidad con lo previsto en el art. 44 en relación al art. 53 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales de 28 de noviembre de 1986.
Santa Maria del Camí, 21de noviembre de 2016.
EL ALCALDE-PRESIDENTE
Nicolau Canyelles.