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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 8 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 12723
Juicio inmediato sobre delitos leves 26/2016

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Texto

D/D.ª  MARIA NIEVES AFAN DE RIVERA JIMENEZ, Letrado de la Administración de Justicia de JDO. INSTRUCCION N. 8 de PALMA DE MALLORCA.

POR EL PRESENTE HAGO CONSTAR: Que en los autos de JUICIO INMEDIATO SOBRE DELITOS LEVES 0000026 /2016 ha recaído Sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

“En PALMA DE MALLORCA a treinta y uno de agosto de dos mil dieciséis.

D./Dña.  ANTONIO ROTGER CIFRE, MAGISTRADO-JUEZ de Instrucción, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa de JUICIO INMEDIATO SOBRE DELITOS LEVES 0000026/2016 seguida por un delito leve de HURTO incoado en virtud de denuncia suscrita por Gaspar Miro Piña contra Mateo Armengol Pasamon habiendo sido parte en la misma el Ministerio Fiscal D. Julio Cano, ejerciendo la acusación pública.

FALLO:

CONDENO a Mateo Armengol Pasamon, como autor responsable de un delito leve de HURTO EN GRADO DE TENTATIVA a la pena de de multa de 29 días a razón de 6 euros diarios, y al pago de las costas.

Notifíquese esta sentencia a las partes y a los ofendidos y perjudicados, aunque no se hayan mostrado parte en el procedimiento.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la Ilma. Audiencia Provincial de ILLES BALEARS en el plazo de CINCO DIAS desde su notificación.”.

Concuerda bien y fielmente con su original al que me remito y para que así conste, su publicación en el B.O.I.B. Y SIRVA DE NOTIFICACIÓN A MATEO ARMENGOL PASAMON, extiendo y firmo el presente testimonio en PALMA DE MALLORCA, a tres de noviembre de dos mil dieciséis.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA