Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.2 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 12486
Despido/ceses en general 800/2015

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª BEGOÑA MARÍ RUIZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 002 de Refuerzo de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000800 /2015 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª RALF KOPPELMANN DESPIDO, se ha dispositiva se adjunta: contra dictado la empresa la siguiente HELMUT SPIKKER , sobre DESPIDO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta.

SENTENCIA

En Palma de Mallorca a 5 de octubre de 2016.

Vistos por mí, Doña María del Pilar Ramos Monserrat, Magistrado-Juez sustituta del Juzgado de Refuerzo de los Juzgados de lo Social, los autos de procedimiento nº 800/15 iniciados en el Juzgado de lo Social Dos a instancia de D. Ralf Koppelmann, asistido por el Abogado David Castro Rabadán, contra D. Helmut Spikker.

(…)

FALLO

Que ESTIMANDO la demanda interpuesta por D. Ralf Koppelmann contra D. Helmut Spikker debo DECLARAR y DECLARO la improcedencia del despido de fecha 11/07/2015, CONDENANDO al demandado a que, a su opción en el plazo de los cinco días

siguientes a la notificación de esta resolución, bien readmita al trabajador con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de la Sentencia, bien dé por extinguido el contrato mediante el pago de una indemnización de 4.280 euros, CONDENÁNDOLE asimismo al pago a la actora de la cantidad de 1.032´25 euros como salarios dejados de percibir, con los intereses por mora correspondientes desde la interpelación judicial.

En caso de que por el empresario no se opte, en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, por la readmisión o la indemnización, se entenderá que procede la primera (artículo 56.3 TR del ET).

Notifíquese a las partes esta resolución, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares que deberá anunciarse dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la presente resolución

Y para que sirva de notificación en legal forma a HELMUT SPIKKER , en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Baleares.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a veinticuatro de octubre de dos mil dieciséis.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA