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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 12867
Resolución de la Directora General de Personal Docente de 31 de octubre de 2016 por la cual se acuerda la remisión del expediente administrativo y se emplaza a las personas interesadas ​​en el recurso contencioso-administrativo, procedimiento ordinario núm. 77/2016

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Texto

Hechos

La entidad ANPE Illes Balears ha interpuesto un recurso contencioso administrativo, actuaciones núm. 77/2016 que se siguen por el procedimiento ordinario en el Juzgado Contencioso Administrativo núm. 1 de Palma, contra la Resolución de la directora general de Personal Docente de día 11 de marzo de 2016 per la que se aprueban las bases generales del procedimiento de selección de personal funcionario interino docente para cubrir vacantes y sustituciones en centros públicos de enseñanza no universitaria dependientes de la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de las Islas Baleares durante los cursos 2016-2017, 2017-2018 i 2018-2019, publicada en el BOIB núm. 35 de 17 de marzo de 2016.


Fundamentos de derecho

  1. Los artículos 49 y 50 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
  2. El artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Por ello, dicto la siguiente

Resolución

  1. Remitir el expediente administrativo correspondiente al Juzgado Contencioso-Administrativo núm. 1 de Palma.
  2. Emplazar a las personas interesadas en el recurso contencioso-administrativo, actuaciones núm. 77/2016, que se siguen por el procedimiento ordinario en el Juzgado Contencioso-Administrativo núm. 1 de Palma, para que se puedan personar como demandadas ante este Juzgado en el plazo de nueve días desde la fecha de publicación de esta Resolución.
  3. Informar a las personas interesadas que los demandados legalmente emplazados podrán personarse en autos dentro del plazo concedido. Si lo hicieren posteriormente, se les tendrá por parte para los trámites no precluidos. Si no se personaren oportunamente continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles, en estrados o en cualquier otra forma, notificaciones de clase alguna.

Palma, 3 de noviembre  de 2016

La Directora General de Personal Docente


Rafaela Sánchez Benítez