Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 12850
Acuerdo adoptado, por unanimidad, en la reunión ordinaria de fecha 10 de noviembre de 2016 del Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Eivissa
Que en la reunión ordinaria de fecha 10 de noviembre de 2016 del Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Eivissa, sus miembros acordaron por unanimidad, la siguiente propuesta:
3. Propuesta de la consejera ejecutiva del Departamento Sanidad, Bienestar Social, Igualdad y Relaciones con Entidades y Asociaciones, en relación con la modificación del plazo de justificación de la Convocatoria de ayudas a entidades y asociaciones sin ánimo de lucro en materia de servicios sociales, en el ámbito de Eivissa, año 2016.
''Visto el expediente administrativo (Bases núm. 03/2016) tramitado por este Departamento, al amparo de la convocatoria de ayudas económicas a entidades y asociaciones sin ánimo de lucro en materia de servicios sociales para el año 2016.
Visto el informe propuesta emitido por el responsable de la coordinación de los Servicios Asistenciales con el visto y conforme de la secretaria técnica de Sanidad y Bienestar Social de fecha 7 de noviembre de 2016 del siguiente tenor literal:
''En fecha 24 de junio de 2016 el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Eivissa aprobó la convocatoria de ayudas a entidades y asociaciones sin ánimo de lucre en materia de servicios sociales, en el ámbito de Eivissa, año 2016.
Las bases de esta convocatoria se publicaron en el BOIB núm. 83 de 30-06-2016 y el extracto en el BOIB núm. 87 el 9-07-2016.
En la base 12 de la mencionada convocatoria se refleja el plazo de justificación, el cual por acuerdo de Consejo Ejecutivo de fecha 30-09-2016 se amplió hasta el 11 de noviembre de 2016.
Atendiendo el volumen de solicitudes presentadas por las asociaciones para participar en esta convocatoria y vistos los cambios realizados en el Departamento de Sanidad, Bienestar Social, Igualdad y Relaciones con Entidades y Asociaciones en relación al personal que estaba previsto que realizara las funciones de instructor, ha sido imposible resolver a fecha de hoy la concesión de las ayudas.
Visto que resulta imposible justificar una subvención que aún no ha sido concedida, se considera necesario la modificación de la fecha de justificación ampliada por el Consejo Ejecutivo que finalizaba el próximo 11 de noviembre de 2016 ampliándola hasta al día 30 de noviembre de 2016.
Visto que el Decreto de Presidencia núm. 287/2015, de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consell Insular de Eivissa (BOIB núm. 103 de fecha 10/07/2015) establece en su apartado j) que corresponde a los consejeros ejecutivos disponer de las facultades que se deriven de la LRJ-PAC sobre la ordenación del procedimiento, como la ampliación de plazos para resolver y la aplicación de la tramitación de urgencia. Todo esto en relación con los procedimientos relativos en la actividad administrativa ejercida por el Departamento.
Por todo lo expuesto, se informa favorablemente y SE PROPONE a la consejera ejecutiva del Departamento de Sanidad, Bienestar Social, Igualdad y Relaciones con Entidades y Asociaciones, para que a su vez eleve al Consejo Ejecutivo lo siguiente:
PRIMERO- Modificar el plazo de justificación aprobado por el Consejo Ejecutivo en fecha 30 de setiembre de 2016 que ampliaba el mencionado plazo de justificación al 11 de noviembre de 2016 ampliándolo hasta el día 30 de noviembre de 2016.
SEGUNDO- Comunicar este acuerdo a todas las entidades que han presentado solicitud para participar en la convocatoria de ayudas a entidades y asociaciones sin ánimo de lucro en materia de servicios sociales, en el ámbito de la isla de Eivissa, año 2016.
TERCERO- Publicar el acuerdo que se adopte en el BOIB y comunicarlo a la Base Nacional de Datos.''
En uso de las facultades que tengo conferidas por Decreto de Presidencia de fecha 8 de julio de 2015 de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consell Insular de Eivissa, se eleva al Consejo Ejecutivo la siguiente PROPUESTA:
PRIMERO- Modificar el plazo de justificación aprobado por el Consejo Ejecutivo en fecha 30 de setiembre de 2016 que ampliaba el mencionado plazo de justificación al 11 de noviembre de 2016 ampliándolo hasta el día 30 de noviembre de 2016.
SEGUNDO- Comunicar este acuerdo a todas las entidades que han presentado solicitud para participar en la convocatoria de ayudas a entidades y asociaciones sin ánimo de lucro en materia de servicios sociales, en el ámbito de la isla de Eivissa, año 2016.
TERCERO- Publicar el acuerdo que se adopte en el BOIB y comunicarlo a la Base Nacional de Datos.''
El Consejo Ejecutivo hace suya propuesta, y la aprueba por unanimidad.
Eivissa, 11 de noviembre de 2016
La secretaria técnica de Bienestar Social y Sanidad
Isabel Silverde Fernández