Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 12849
Acuerdo adoptado, por unanimidad, en la reunión ordinario de fecha 10 de noviembre de 2016 del Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Eivissa
Que a la reunión ordinaria de fecha 10 de noviembre de 2016 del Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Eivissa, sus miembros acordaron aprobar por unanimidad, la siguiente propuesta:
4. Propuesta de la consejera ejecutiva del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Relaciones con Entidades y Asociaciones, en relación a la convocatoria de ayudas económicas dirigidas a asociaciones y federaciones de personas mayores sin ánimo de lucro a la isla de Eivissa, para el año 2016.
“Visto el expediente administrativo (Expt. Bases subv. núm. 05/2016) tramitado por este Departamento, al amparo de la convocatoria de ayudas económicas dirigidas a asociaciones y federaciones de asociaciones de personas mayores sin ánimo de lucro a la isla de Eivissa, para el año 2016.
Visto el informe propuesta emitido por el responsable de la coordinación de los Servicios Asistenciales con el visto y conforme de la secretaría técnica de, Bienestar Sanidad y Bienestar Social, de fecha 7 de noviembre de 2016 del siguiente tenor literal:
‘’En fecha 15 de julio de 2016 el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Eivissa aprobó la convocatoria de ayudas económicas a asociaciones y federaciones de personas mayores sin ánimo de lucro, para el año 2016 a la isla de Eivissa.
En fecha 21 de julio de 2016 se publicaron al BOIB núm. 92 las referidas bases de ayudas de ayudas económicas a asociaciones y federaciones de personas mayores sin ánimo de lucro, para el año 2016 a la isla de Evissa, y el 30 de julio de 2016 se publicó al BOIB núm. 97 el extracto de la convocatoria de las referidas ayudas.
En la base 12 de la convocatoria de ayudas económicas dirigidas a asociaciones y federaciones de personas mayores sin ánimo de lucro, para el año 2016 a la isla de Eivissa, en lo referente al pago de la subvención y justificación, se establece que el pago de la ayuda que se conceda se efectuará una vez que se haya justificado debidamente el 100% de la subvención, y que esta justificación se realizará como mucho tarde el día 10 de octubre de 2016.
Atendido el volumen de solicitudes presentadas por las asociaciones para participar en esta convocatoria, y visto que que se detectaron muchas deficiencias, en fecha 7 de octubre de 2016 el Consejo Ejecutivo de este Consell Insular, acordó aprobar la modificación del plazo de justificación previamente previsto en la convocatoria de ayudas económicas a asociaciones y federaciones de personas mayores sin ánimo de lucro, año 2016, en el sentido de modificar la fecha prevista inicialmente para la justificación de la ayuda concedida en la base 12, ampliándola hasta el día 10 de noviembre de 2016.
Atendidos los cambios realizados en el Departamento de Sanidad, Bienestar Social, Igualdad y Relaciones con Entidades y Asociaciones en cuanto al personal, ha sido imposible resolver a fecha de hoy la concesión de las ayudas, y visto que resulta imposible justificar una subvención que todavía no ha sido otorgada, resulta necesario la modificación de la fecha de justificación ampliada por Consejo Ejecutivo que finalizaba el próximo 10 de noviembre de 2016 ampliándola hasta el día 30 de noviembre de 2016.
Visto que el Decreto de Presidencia núm. 287/2015, de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consell Insular de Eivissa (BOIB núm. 103 de fecha 10/07/2015) establece en su apartado j) que corresponde a los consejeros ejecutivos disponer de las facultades que se deriven de la LRJ-PEC sobre la ordenación del procedimiento, como por ejemplo la ampliación de plazos para resolver y la aplicación de la tramitación de urgencia. Todo esto en relación con los procedimientos relativos a la actividad administrativa ejercida por el Departamento.
Por todo lo expuesto, se informa favorablemente y SE PROPONE a la consejera ejecutiva del Departamento de Sanidad, Bienestar Social, Igualdad y Relaciones con Entidades y Asociaciones, para que a su vez eleve al Consejo Ejecutivo lo siguiente:
PRIMERO- Modificar el plazo de justificación aprobada por Consejo Ejecutivo en fecha de 7 de octubre de 2016 que ampliaba el referido plazo de justificación al 10 de noviembre de 2016 ampliándola hasta el día 30 de noviembre de 2016.
SEGUNDO- Comunicar esta resolución a todas las entidades que han presentado solicitud para participar a la convocatoria de ayudas económicas a asociaciones y federaciones de personas mayores sin ánimo de lucro año 2016.
TERCERO- Publicar el acuerdo que se adopte en el BOIB y comunicarlo a la Base Nacional de Datos.’’
En uso de las facultades que tengo conferidas por Decreto de Presidencia de fecha 8 de julio de 2015 de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consell Insular de Eivissa, se eleva al Consejo Ejecutivo la siguiente PROPUESTA:
PRIMERO- Modificar el plazo de justificación aprobada por Consejo Ejecutivo en fecha de 7 de octubre de 2016 que ampliaba el referido plazo de justificación al 10 de noviembre de 2016 ampliándola hasta el día 30 de noviembre de 2016.
SEGUNDO- Comunicar esta resolución a todas las entidades que han presentado solicitud para participar a la convocatoria de ayudas económicas a asociaciones y federaciones de personas mayores sin ánimo de lucro año 2016.
TERCERO- Publicar el acuerdo que se adopte al BOIB y y comunicarlo a la Base Nacional de Datos.’’
El Consejo Ejecutivo hace suya la propuesta, y la aprueba por unanimidad.
Eivissa, 11 de noviembre de 2016
La secretaria técnica de Bienestar Social y Sanidad
Isabel Silverde Fernández