Sección I. Disposiciones generales
CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA
Núm. 12845
Aprobación del reglamento del voluntariado deportivo del Consell Insular de Formentera
El Pleno del Consell Insular de Formentera en sesión celebrada el 28 de octubre de 2016, aprobó definitivamente la redacción del reglamento de voluntariado deportivo de Formentera conforme al siguiente acuerdo:
REGLAMENTO REGULADOR DEL VOLUNTARIADO DEPORTIVO DEL CONSELL INSULAR DE FORMENTERA
Preámbulo
La conciencia creciente de la responsabilidad social de la ciudadanía ha dado lugar a que estos, a veces individualmente, y otras por medio de organizaciones basadas en la solidaridad y el altruismo, ocupen un papel cada vez más importante en el diseño y ejecución de actuaciones dirigidas a la satisfacción del interés general y especialmente a la erradicación de situaciones de marginación y a la construcción de una sociedad solidaria.
Una manifestación fundamental de esta iniciativa social la constituye el voluntariado, expresión de la solidaridad desde la libertad y el altruismo.
En esta línea, se debe de tener en cuenta que el Consejo Europeo celebrado en Niza en diciembre de 2000, el cual en la Declaración relativa a las características específicas del deporte y a su función social en Europa, instaba a los estados miembros a promover el voluntariado deportivo, con el apoyo, si corresponde, de la Comunidad en el marco de sus competencias, mediante unas medidas que favorezcan la oportuna protección y el reconocimiento del papel económico y social de los voluntarios. Igualmente en la Declaración del Consejo de la Unión Europea y los representantes de los gobiernos de los estados miembros, reunidos en el Consejo Europeo de Educación, Cultura y Juventud, de 5 de mayo de 2003, sobre “El valor social del deporte para la juventud”, se consideró que se deberían de fomentar actividades voluntarias en materia deportiva con participación y contribución activa de todos los organismos interesados, especialmente de las asociaciones y organizaciones deportivas para jóvenes voluntarios, con la finalidad de conseguir el bien común que redunde en la calidad de la actividad deportiva en la Isla de Formentera.
En este marco de aspiraciones y consecución de objetivos, hay que dotarse de un instrumento normativo, y por este motivo, se elabora por parte del Consell Insular de Formentera este Reglamento.
Articulo 1. Objeto del reglamento
El presente reglamento, como marco normativo, pretende:
1. Ordenar la participación voluntaria en el área de deportes del Consell Insular de Formentera.
2. Regular los derechos y deberes de la acción voluntaria.
3. Establecer los límites de las actuaciones voluntarias.
Articulo 2. Principios de actuación
1. implicación y participación de la población en las actividades deportivas de la Isla.
2. Complementación de la actividad voluntaria y la actividad profesional velando por la no sustitución con personas voluntarias de profesionales y/o servicios.
3. Aumento de la calidad de la actividad deportiva respecto a las personas usuarias.
4. Encuadrar las acciones voluntarias dentro de una programación específica del área de deportes.
5. La normativa de derechos y deberes del voluntariado.
Articulo 3. Definición del voluntariado deportivo
Se entiende por persona voluntaria a toda persona que ofrece sus servicios libremente y sin remuneración en organizaciones voluntarias o públicas, dedicadas a sus diversas actividades del área de deportes siempre teniendo en cuenta que no cubren el trabajo de profesionales.
En ningún caso las funciones del voluntario/a se realizaran dentro de una relación laboral, funcional, mercantil o cualquier otro tipo de relación retribuida o derivada de una obligación jurídica.
El voluntariado deportivo ha de tener un carácter altruista y solidario, voluntario y libre, sin contra-prestación económica y se deben de realizar dentro de un programa determinado y con funciones unicamente complementarias a las desarrolladas por las administraciones públicas.
Articulo 4. Ámbitos de actuación
La actuación de los voluntarios deportivos se podrá desarrollar en las siguientes áreas:
Articulo 5. Derechos de los voluntarios
Todas las personas voluntarias poseerán idénticos derechos respecto a las actuaciones a desarrollar, que se concentran en los siguientes:
1. Realizar la acción voluntaria de acuerdo con sus capacidades, sus aptitudes y su interés.
2. Respetar el compromiso de las personas voluntarias con el Consell Insular de Formentera en cuanto a disponibilidad horaria y ámbito de actuación.
3. Recibir la información necesaria para las labores que tenga que asumir.
4. Orientación hacia las labores para las cuales este más capacitado.
5. Recibir información de los objetivos, antecedentes, duración, lugares, riesgo y labor a desarrollar en cada una de las acciones voluntarias.
6. Tener el soporte del Consell Insular de Formentera.
7. Obtener el respeto y reconocimiento a su contribución.
8. Realizar la acción voluntaria en su entorno más próximo.
9. Las acciones voluntarias no deben interferir en las obligaciones principales y vida privada de las personas voluntarias.
10. Ser tratado con igualdad y justicia, sin ser discriminado por razones de raza, sexo, religión, condición social o política.
11. Contar con acreditación municipal (carnet de persona voluntaria).
12. Tener un seguro que cubra los riesgos básicos de la actividad que desarrolle como persona voluntaria.
Articulo 6. Deberes de las personas voluntarias
Todas las personas voluntarias poseerán idénticos deberes respecto a las actuaciones a desarrollar, que se concentran en los siguientes:
1. Cumplir los compromisos adquiridos con el Consell Insular de Formentera respetando sus reglamentos y normativas.
2. Guardar confidencialidad de la información recibida y conocida en el desarrollo de la actividad.
3. No discriminar ninguna persona por razones de raza, sexo, religión, condición social o política y respetar los derechos de las personas beneficiarias de su actividad voluntaria.
4. Acudir siempre que sea posible a los cursillos de formación para así poder ofrecer un servicio de calidad a las personas usuarias.
5. Informarse de los objetivos, antecedentes, duración, lugar, riesgo y labor que debe hacerse en cada una de las acciones voluntarias.
6. Actuar de forma altruista, diligente y solidaria.
7. Difundir la experiencia como voluntario o voluntaria.
8. Respetar y cuidar de los recursos materiales que la organización ponga a disposición del voluntariado y no utilizarlos para fines particulares
Articulo 7. De la selección de personas voluntarias
Articulo 8. Formación de las personas voluntarias
Todas las personas voluntarias podrán optar a dos tipos de formación:
Articulo 9. Acreditación de las personas voluntarias
Se entregará una acreditación personal a cada voluntario/a, que consistirá en un Carnet de Voluntario/a del àrea d'esports del Consell Insular de Formentera, el cual llevará la foto y el nombre y apellidos de la persona voluntaria.
Este Carnet será retirado a la finalización de la acción voluntaria, quedando anulado a todos los efectos-
Articulo 10. Seguro
El Consell Insular de Formentera se hará cargo de la contratación de una póliza de responsabilidad civil, para todas las personas voluntarias, que cubra, entre otros aspectos, accidentes personales durante el tiempo que preste sus servicios de cooperación social, así como posibles responsabilidades civiles que se puedan derivar de su actuación frente a terceras personas.
Articulo 11. Mecanismos de control
El àrea d'esports del Consell Insular de Formentera velará por el correcto funcionamiento de las acciones que desarrollen los voluntarios/as.
Articulo 12. Vigencia
Este Reglamento entrará en vigor al día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de les Illes Balears, de conformidad con lo que dispone el artículo 103, en relación con el artículo 113, de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears, con la legislación vigente en materia local, y regirá hasta que se acuerde su modificación o derogación expresa.
Formentera, 04 de diciembre de 2015."
Por lo cual se hace público para generar su conocimiento
Formentera, 03 de noviembre de 2016.
El president del Consell Insular de Formentera.
Jaume Ferrer Ribas.