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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE LLOSETA

Núm. 12761
Aviso abandono vehiculo 9612BBH

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

AVISO ABANDONO VEHÍCULO, INICIO DE PROCEDIMIENTO SANCIONADOR I TRATAMIENTO RESIDUAL DEL VEHÍCULO

Teniendo en cuenta que no se ha podido llevar a cabo la notificación a los titularos de los vehículos localizados con síntomas de abandono localizados por la Policía Local de Lloseta, de acuerdo con lo dispuesto en  el artículo 59.4 y 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común,con el presente anuncio se comunica a las personas relacionadas el siguiente contenido:

Visto que fue comunicado a la Alcaldía del Ayuntamiento de Lloseta por esta Policía Local que el vehículo, los datos del cual figuran al pie de la presente y del que es Usted el titular, es encontraba estacionado con síntomas de abandono en el lugar indicado en el expediente, infringiendo lo dispuesto en el apartado correspondiente del R.D.L. 339/1990, del 2 de marzo, modificado por la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, dando inicio al expediente indicado en el encabezamiento.

Visto que la Alcaldía dictó la siguiente Providencia:

“Conforme con el apartado 3º de artículo 7 del R.D.L. 339/1990, del 2 de marzo, y dado que concurren las circunstancias exigidas a la letra B del apartado 1 del artículo 86 del mencionado R.D.L. (MODIFICADO POR LA LEY 18/2009, DE 23 DE NOVIEMBRE), por la presente ORDENO que por los servicios de la Policía Local de este Ayuntamiento sea retirado de la vía pública el vehículo ABANDONADO con las características que más adelante es indican y sea trasladado a un Centro Autorizado de Tratamiento (CAT) de vehículos para su posterior destrucción y descontaminación, con el requerimiento previo a su propietario para que, en el plazo de treinta días retire el vehículo de lugar de donde es encuentra, bajo el apercibimiento que, en caso contrario, será tratado como a residuo sólido urbano de acuerdo con la normativa ambiental correspondiente.

Se faculta a la Policía Local a llevar a cabo este requerimiento y a realizar todos los trámites posteriores, incluidos los requerimiento de pago al servicio de retirada, depósito y custodia, incluso, poder proponer a la Jefatura Provincial de Tráfico de las Illes Balears, la baja definitiva por desguace del vehículo en su caso de tratamiento como residuo sólido urbano, una vez transcurridos los plazos reglamentarios.”

Se informa al afectado que, de acuerdo con lo expuesto, esta Policía Local se verá obligada a proceder a su retirada si Usted no procede a hacerlo, trasladando el vehículo a un CAT autorizado. Además, todos los gastos serán a cargo suyo, según se indica en el artículo 85 del R.D.L. 339/1990, del 2 de marzo, extendiendo las correspondientes denuncias administrativas y dando, así, inicio al procedimiento sancionador correspondiente.

De conformidad con lo establecido en el artículo 3º, b) de la Ley 22/2011, de 28 de julio, se entiende que el vehículo abandonado es un residuo sólido urbano, atorgando el artículo 12.5 de la misma ley, competencia a las entidades locales para la gestión de estos.

Así pues, si en el plazo improrrogable de treinta días, desde recibida la presente notificación, no procede a la retirada del vehículo del lugar de donde se encuentra,, o recibimos comunicación suya, se procederá AUTOMÀTICAMENTE a su tratamiento como un residuo sólido urbano, iniciando su correspondiente expediente sancionador en base al artículo 46.3, c) de la Ley 22/2011, de residuos y suelos contaminados, sancionable entre 901 y 45.000 €, siendo necesaria la previa acreditación ante esta Policía Local de la correspondiente ficha técnica y póliza aseguradora en vigor, dado que en caso contrario, se procederá a sancionar al vehículo por incumplimiento de lo establecido en las respectivas normativas que lo regulan.

A la vez, se le informa que si procede a la renuncia voluntaria para tratar el vehículo como residuo sólido urbano ante este Ayuntamiento, no se le incoará expediente sancionador en materia de medio ambiente, participando según dispone el artículo 17 de la mencionada Ley 22/2011, renuncia que se deberá de presentar por escrito mediante su comparecencia ante esta Policía Local para su formalización, todo ello, sin perjuicio de las deudas que tenga con este Ayuntamiento y otros organismos oficiales a las que deberá hacer frente usted.

Lloseta, 21/09/2016 .

JEFE DE LA POLICIA LOCAL.

Relació de vehicles afectats:

TITULAR:              ANDRES LORENTE VAZQUEZ

DNI:                        42949105D

DOMICILI:             SEGOVIA, 4 P01 PALMA DE MALLORCA (ILLES BALEARS)

MATRÍCULA:        9612BBH

EXPT Nº:                EXPEDIENTE DE ABANDONO Nº 12/2016

 

Lloseta, a 8 de noviembre del 2016

El Alcalde,
José Maria Muñoz Pérez.