Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES

Núm. 12686
Resolución de la convocatoria de subvenciones 2.016 para la organización y la digitalización de archivos de las entidades de administración local o de los organismos públicos que dependen

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Ref Base Datos Nacional de Subvenciones: 314763

El vicepresidente primero y consejero ejecutivo de Cultura, Patrimonio y Deportes ha dictado, el 7 de noviembre de 2016, la resolución que transcribo literalmente a continuación:

Antecedentes

1. El vicepresidente primero y consejero ejecutivo de Cultura, Patrimonio y Deportes aprobó, mediante resolución de 3 de agosto de 2016, la convocatoria de subvenciones 2016 para la organización y la digitalización de archivos de las entidades de Administración local o de los organismos públicos dependientes, y las bases que la rigen. Esta resolución se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 103, de 13 de agosto de 2016.

2. La comisión técnica de evaluación emitió, mediante acta de sesión de día 6 de octubre de 2016, el informe propuesta relativo a la concesión de la convocatoria de subvenciones 2016 para la organización y la digitalización de archivos de las entidades de Administración local o de los organismos públicos dependientes, previsto en la base decimocuarta de la convocatoria, dadas las categorías a subvencionar, según las bases segunda y quinta, y en relación a los tipos de beneficiarios previstos en la base tercera.

3. El 7 de octubre de 2016, el órgano instructor ha emitido el informe sobre el cumplimiento de los requisitos de las bases de la convocatoria mencionada por parte de las entidades beneficiarias propuestas y la Unidad Jurídica Administrativa de Cultura ha emitido informe favorable sobre los aspectos jurídicos de la concesión de las subvenciones.

4. Día 27 de octubre de 2016 la Intervención General ha emitido informe favorable de fiscalización de la propuesta de resolución de la convocatoria. A pesar de la deficiencia indicada por la Intervención General de no cumplir con el principio de anualidad presupuestaria, el Consejero de Economía autorizó, de manera excepcional continuar con la tramitación del expediente.

5. La existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente en la partida presupuestaria 20.33210.46200 (RC con el núm. de referencia 22016/005998) del presupuesto de gastos del Consejo de Mallorca del ejercicio 2016,  según lo establecido en la base quinta de la convocatoria (dotación presupuestaria total: € 120.000,00; los que 60.000,00 € se destinan a la categoría de organización de archivos, y € 60.000,00 se destinan a la categoría de digitalización de archivos) , así como el contenido del acta de la comisión técnica de evaluación de 6 de octubre de 2016, para atender la concesión de las subvenciones propuestas, y que recoge el anexo, con un importe total agregado de € 10.245,23 , resultante del sumatorio entre el importe total a conceder para la categoría de organización de archivos (€ 10.245,23) y el importe total a conceder para la categoría de digitalización de archivos (0 €).

Fundamentos de derecho

1. La base decimocuarta de la convocatoria establece que la comisión técnica de evaluación es la encargada de estudiar y evaluar las solicitudes • solicitudes así como de fijar el importe de las subvenciones de las sol • des.

2. El segundo párrafo de la base octava recoge que el procedimiento de selección de las entidades beneficiarias se lleva a cabo mediante concurrencia competitiva, en virtud de la cual se comparan, en un único procedimiento, todas las solicitudes • solicitudes presentadas con la intención de establecer una prelación a través de los criterios de evaluación previstos en la base decimotercera de esta convocatoria y, de este modo, conceder las subvenciones a las solicitudes que han obtenido una mayor puntuación, dentro de los límites recogidos en la base duodécima y hasta el importe del crédito presupuestario establecido.

Sin embargo, el tercer párrafo de la base octava mencionada añade que no es necesario establecer un orden de prelación entre las solicitudes • solicitudes que reúnen los requisitos de la convocatoria, mediante la aplicación de los criterios de la base decimotercera, cuando el crédito presupuestario sea suficiente para satisfacerlas.

3. El párrafo quinto del artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones establece que en el expediente debe haber un informe del órgano instructor en el que conste que, en virtud de la información de que se dispone, se desprende que los beneficiarios propuestos cumplen los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria.

4. El cuarto párrafo de la base octava establece que el órgano encargado de resolver la convocatoria es el vicepresidente primero y consejero ejecutivo de Cultura, Patrimonio y Deportes.

Dados los antecedentes y fundamentos de derecho expuestos, y en el ejercicio de las atribuciones que tengo conferidas, de acuerdo con el Decreto de organización del consejo de Mallorca vigente y con las bases de ejecución dell presupuesto del Consejo de Mallorca de la año 2016, RESUELVO:

1- Respecto a la categoría 1: organización de archivos

Conceder la cantidad total de € 10.245,23 a favor de las entidades con las sol • solicitudes admitidas que se señalan en el anexo, y disponer el gasto a su favor, por los importes y para los proyectos que se indican , con cargo a la partida presupuestaria 20.33210.46200, RC con el núm. de referencia 22016/005998, de acuerdo con lo establecido en las bases de la convocatoria de la convocatoria de subvenciones 2016 para la organización y la digitalización de archivos de las entidades de administración local o de los organismos públicos que dependen (publicada en el BOIB núm. 103, de 13 de agosto de 2016).

2- Respecto a la categoría 2: digitalización de archivos

Declarar parcialmente desierta la convocatoria, respecto a la categoría de digitalización de archivos, dada la ausencia de sol • solicitudes de subvención presentadas en ésta.

3- Revertir a la partida presupuestaria 20.33210.46200 y, por tanto, anula • lar la autorización de gasto (A) con núm. operación 220160023201, la cantidad de € 109.754,77, como remanente residual total (suma resultante de los remanentes de € 49.754,77 y € 60.000,00 correspondientes a las categorías 1 y 2, respectivamente -en el caso de la categoría 1, derivado de la diferencia entre la cantidad de la dotación presupuestaria destinada a esta y la suma agregada de los importes de subvención de las sol • solicitudes admitidas; y en el caso de la categoría 2, coincidente con la cantidad de la dotación presupuestaria destinada a esta, dada la inexistencia de ningún importe de subvención a conceder), y anula • lar la retención de crédito (RC) con núm. operación 220160009135 para la primera cantidad antes señalada.

4. Comunicar esta resolución a la Intervención General del Consejo Insular de Mallorca

5. Publicar esta resolución en el BOIB, por conducto de la base de datos nacional de subvenciones.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse el recurso de alzada ante la presidencia del Consejo de Mallorca, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada se puede interponer el recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación del mencionado recurso.

Una vez transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que se haya notificado la resolución, puede interponer el recurso contencioso administrativo, contra la desestimación presunta del recurso mencionado, sin limitación temporal, mientras no haya resolución expresa.

No obstante, se puede interponer, en su caso, cualquier otro recurso que considere oportuno, todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

                                                                                         

Palma, 9 de noviembre de 2016

El secretario técnico del Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes, por delegación

(Resolución de delegación de competencias del vicepresidente primero y consejero ejecutivo de Cultura, Patrimonio y Deportes de 03/15/2016; BOIB núm.37, de  22/03/2016)

Jaume Colom Adrover

      

 

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE 2016 PARA  LA ORGANIZACIÓN Y DIGITALITZACIÓN DE ARCHIVOS  DE  ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL O DE SUS ORGANISMOS PÚBLICOS

ORGANITZACIÓN D' ARCHIVOS

ANEXO

NÚM. EXP.

ENTIDAD

NIF

PROYECTO

PRESUPUESTO TOTAL

PRESUPUESTO SUBVENCIONABLE

CANTIDAD SOLICITADA

IMPORTE SUBVENCIÓN

1

Ayuntamiento de Alaró

P0700100A

Descripción del expedientes ordinarios de los años 2002 i 2003

2.124,98 €

2.124,98 €

2.124,98 €

1.274,99 €

2

Ayuntamiento de Esporles

P0702000A

Organitzación del archivo municipal de Esporles del 2014 hasta el 2016

5.311,44 €

5.311,44 €

5.311,44 €

3.186,86 €

3

Ayuntamiento de Sencelles

P0704700D

Organitzación i gestión documental del archivo municipal de Sencelles hasta  1990

9.638,96 €

9.638,96 €

9.638,96 €

5.783,38 €

TOTAL

10.245,23 €

PARTIDA PRESSUPOSTÀRIA

20.33210.46200

DOTACIÓ PRESSUPOSTÀRIA (quantitat destinada a organització d'arxius)

60.000,00 €

ROMANENT                                  (organització d'arxius) 

49.754,77 €

IMPORT TOTAL

10.245,23 €