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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE SANTANYÍ

Núm. 12666
Aprobación definitiva del expediente núm. número 10 de modificación de créditos del presuposto municipal de este año, de modificación de la base 36 de les Bases de ejecución del Presupuesto para el ejercicio 2016

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Texto

Aprobado definitivamente, dado que no se han presentado reclamaciones, el expediente núm. número 10 de modificación de créditos del presupuesto municipal de este año, de modificación de la base 36 de las Bases de ejecución del Presupuesto para el ejercicio 2016, relativo a gasto plurianual, y de acuerdo con la legislación vigente, se publica su texto:

Base 36. Gastos plurianuales

Los gastos plurianuales se regirán por lo dispuesto en el art. 174 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, RD Legislativo 2/2004 y los arts. 79 a 88 del RD 500/90, y en cuanto a la competencia, por lo dispuesto en los artículos 21.2 l) y 22.1 k) de la LRBRL.

1. Podrán adquirirse compromisos de gasto que hayan de extenderse a ejercicios futuros para financiar inversiones y transferencias de capital, siempre que su ejecución se inicie en este ejercicio 2016 y que el volumen total de los gastos comprometidos para los años, 2017, 2018, 2019 y 2020 no supere los límites del 70, 60, 50 y 50 por 100 de la suma de créditos iniciales consignados en cada artículo.

2. En el caso de contratos de arrendamientos, suministros, asistencia técnica, prestación de servicios y ejecución de obras de mantenimiento, los límites será de cuatro años.

3. En el caso de arrendamiento de bienes inmuebles, vehículos o equipos, será necesario informe de intervención sobre estimación de cobertura en ejercicios futuros.

4. Respecto a las cargas financieras, deberá cumplirse lo establecido en la normativa vigente respecto de endeudamiento.

5. En los casos en que exista la consignación en el Presupuesto corriente para la realización de la totalidad del gasto y su plazo de ejecución no sea superior a un año, pero que, por causa del momento de la adjudicación o disposición del gasto, se haya de terminar de ejecutar en el ejercicio siguiente, la competencia de autorización y disposición debe considerarse a favor del órgano competente en el caso de haberse ejecutado todo el gasto durante el ejercicio.

6. Para el 2016, de conformidad con el artículo 174.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004 por el que se aprueba el texto refundido de la ley reguladora de las Haciendas Locales establece los siguientes proyectos

  

IMPORTE

ANUALIDAD

INVERSIÓN

DESCRIPCIÓN

TOTAL

2014

2015

2016

2017

2016

Rehabilitación av Tagomago

407.713,86

36,79%

63,21%

150.000,00

Rehabilitación calle JS Elcano

318.368,06

31,41%

68,59%

100.000,00

Gimnasio a Santanyí

1.271.149,55

0,13%

46.05%

53,82%

684.071,91

Adquisición Convento Alqueria

400.000,00

50,00%

50,00%

200.000,00

  

Santanyí, 9 de noviembre de 2016

 

El Alcalde

Llorenç S Galmés Verger