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CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES
Núm. 12617
Resolución de la convocatoria de subvenciones de 2016 para las actividades culturales de las entidades asociativas o organizativas sin ánimo de lucro
Ref Base Datos Nacional de Subvenciones: 309506
El vicepresidente primero y consejero ejecutivo de Cultura, Patrimonio y Deportes ha dictado, el 7 de noviembre de 2016, la resolución que transcribo literalmente a continuación:
« Antecedentes
1. El vicepresidente primero y consejero ejecutivo de Cultura, Patrimonio y Deportes aprobó, mediante resolución de 15 de junio de 2016, la convocatoria de subvenciones 2016 para las actividades culturales de las entidades asociativas u organizativas sin ánimo de lucro, y las bases que la rigen. Esta resolución se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 80, de 23 de junio de 2016.
2. La comisión técnica de evaluación emitió, mediante acta de sesión de día 6 de octubre de 2016, el informe propuesta relativo a la concesión de la convocatoria de subvenciones 2016 para las actividades culturales de las entidades asociativas u organizativas sin ánimo de lucro, previsto en la base decimocuarta de la convocatoria, dadas las categorías a subvencionar, según las bases segunda y quinta, y en relación a los tipos de beneficiarios previstos en la base tercera.
3. El 7 de octubre de 2016, el órgano instructor ha emitido el informe sobre el cumplimiento de los requisitos de las bases de la convocatoria mencionada por parte de las entidades beneficiarias propuestas y la Unidad Jurídica Administrativa de Cultura ha emitido informe favorable sobre los aspectos jurídicos de la concesión de las subvenciones.
4. Día 27 de octubre de 2016 la Intervención General ha emitido informe favorable de fiscalización de la propuesta de resolución de la convocatoria. A pesar de la deficiencia indicada por la Intervención General de no cumplir con el principio de anualidad presupuestaria, el Consejero de Economía autorizó, de manera excepcional, continuar con la tramitación del expediente.
5. La existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente en la partida presupuestaria 20.33430.48905 (RC con el núm. de referencia 22016/232) del presupuesto de gastos del Consejo de Mallorca del ejercicio 2016, una vez dado lo establecido la base quinta de la convocatoria (dotación presupuestaria total: € 100.000,00; de los que 25.000,00 € se destinan a la categoría de realización y edición de libros, fonogramas y audiovisuales, y € 75.000,00 se destinan a la categoría de otras actividades culturales), así como el contenido del acta de la comisión técnica de evaluación de 6 de octubre de 2016, para atender la concesión de las subvenciones propuestas para las categorías que se prevén, y que recogen los anexos 1 y 2.
Fundamentos de derecho
1. La base decimocuarta de la convocatoria establece que la comisión técnica de evaluación es la encargada de estudiar y evaluar las solicitudes así como de fijar el importe de las subvenciones de las solicitudes.
2. El segundo párrafo de la base octava recoge que el procedimiento de selección de las entidades beneficiarias que se lleva a cabo mediante concurrencia competitiva, en virtud de la cual se comparan, en un único procedimiento, todas las solicitudes presentadas con la intención de establecer una prelación a través de los criterios de evaluación previstos en la base decimotercera de esta convocatoria y, de este modo, conceder las subvenciones a las solicitudes que han obtenido una mayor puntuación, dentro de los límites recogidos en la base duodécima y hasta el importe del crédito presupuestario establecido.
Sin embargo, el tercer párrafo de la base octava mencionada añade que no es necesario establecer un orden de prelación entre las solicitudes que reúnen los requisitos de la convocatoria, mediante la aplicación de los criterios de la base decimotercera, cuando el crédito presupuestario sea suficiente para satisfacerlas.
3. El párrafo quinto del artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones establece que en el expediente debe haber un informe del órgano instructor en el que conste que, en virtud de la información de que se dispone, se desprende que los beneficiarios propuestos cumplen los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria.
4. El cuarto párrafo de la base octava establece que el órgano encargado de resolver la convocatoria es el vicepresidente primero y consejero ejecutivo de Cultura, Patrimonio y Deportes.
Dados los antecedentes y fundamentos de derecho expuestos, y de acuerdo con la base octava de la convocatoria, con el Reglamento de organización del Consejo de Mallorca, aprobado por acuerdo del Pleno de 2 de julio de 2001, y con el Decreto de presidencia del Consejo de Mallorca por el que se nombran altos cargos, de 23 de febrero de 2016,
Resuelvo,
1- Respeto a la categoría 1: realización y edición de libros, fonogramas y audiovisuales
- Conceder la cantidad total de € 7,740.00 a favor de las entidades con las solicitudes admitidas que se señalan en el anexo 1, y disponer el gasto a su favor, por los importes y para los proyectos que se hay indican, con cargo a la partida presupuestaria 20.33430.48905, RC con el núm. de referencia 22016/232, de acuerdo con lo establecido en las bases de la convocatoria de subvenciones 2016 para las actividades culturales de las entidades asociativas u organizativas sin ánimo de lucro (publicada en el BOIB núm. 80, de 23 de junio de 2016).
- Excluir o tener por desistidas las solicitudes recogidas en el anexo 1A, por los motivos que se está indican.
2- Respecto a la categoría 2: otras actividades culturales
- Conceder la cantidad total de 21.658,31 € a favor de las entidades con las solicitudes admitidas que se señalan en el anexo 2, y disponer el gasto a su favor, por los importes y para los proyectos que se hay indican, con cargo a la partida presupuestaria 20.33430.48905, RC con el núm. de referencia 22016/232, de acuerdo con lo establecido en las bases de la convocatoria de subvenciones 2016 para las actividades culturales de las entidades asociativas u organizativas sin ánimo de lucro (publicada en el BOIB núm. 80, de 23 de junio de 2016).
- Excluir o tener por desistidas las solicitudes recogidas en el anexo 2A, por los motivos que se indican.
3- Revertir a la partida presupuestaria 20.33430.48905 y, por tanto, anular la autorización de gasto (A) con núm. operación 220160013666 la cantidad de 70.601,69 €, como remanente residual total (suma resultante de los remanentes de 17.260,00 € y 53.341,69 € correspondientes a las categorías 1 y 2, respectivamente -derivados de la diferencia entre la cantidad de la dotación presupuestaria destinada a cada categoría y la suma agregada de los importes de subvención de las solicitudes admitidas por categoría-), y anular la retención de crédito (RC) con núm. operación 220160000128 para la primera cantidad antes señalada.
4. Comunicar esta resolución a la Intervención General del Consejo Insular de Mallorca
5. Publicar esta resolución en el BOIB, por conducto de la base de datos nacional de subvenciones. »
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse el recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante este consejero ejecutivo / consejera ejecutiva o ante la presidencia, contado a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación.
Contra la desestimación expresa de los recurso de alzada, se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente de recibir la notificación de la desestimación del mencionado recurso.
Una vez transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habéis recibido la notificación de resolución expresa, se entenderá desestimada por silencio e interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, sin limitación de tiempo.
No obstante lo anterior, se puede interponer, en su caso, cualquier otro recurso que considere oportuno. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Palma, 8 de noviembre de 2016
El secretario técnico del Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes, por delegación
(Resolución de delegación de competencias del vicepresidente primero y consejero ejecutivo de Cultura, Patrimonio y Deportes de 15/03/2016; BOIB núm. 37, de 22/03/2016)
Jaume Colom Adrover
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE 2016 PARA LAS ACTIVIDADES CULTURALES DE LAS ENTIDADES ASOCIATIVAS U ORGANIZATIVAS SIN ÁNIMO DE LUCRO
Realización y edición de libros, fonogramas y audiovisuales |
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ANEXO 1 |
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SOLICITUDES ADMITIDAS Y SUBVENCIONES |
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PARTIDA PRESSUPOSTARIA 20.33430.48905 |
100.000,00 € |
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DOTACIÓN destinada a realización y edición de libros, fonogramas y audiovisuales |
25.000,00 € |
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NÚM. SOLICITUD |
ENTIDAD |
NIF |
PROYECTO |
PRESUPUESTO TOTAL |
PRESUPUESTO SUBVENCIONABLE |
QUANTITAT SOLICITADA |
CAANTIDAD DEFINITIVA |
3 |
Clúster de Còmic i Nous Mèdia de Mallorca |
G57728065 |
Edición: La Costa de Mallorca |
19.545,00 € |
19.545,00 € |
6.000,00 € |
6.000,00 € |
10 |
Asociación de Personas Sordas de Palma de Mallorca |
G07089188 |
Edición (audiovisual): El movimiento asociativo de personas sordas en Mallorca, 1942-2017 |
3.480,00 € |
3.480,00 € |
3.480,00 € |
1.740,00 € |
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TOTAL |
7.740,00 € |
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PARTIDA PRESUPUESTARIA |
20.33430.48905 |
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DOTACIÓN PRESUPUESTARIA (cantidad destinada a realización y edición de libros, fonogramas y audiovisuales |
25.000,00 € |
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REMANENTE |
17.260,00 € |
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IMPORTE TOTAL |
7.740,00 € |
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CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE 2016 PARA LAS ACTIVIDADES CULTURALES DE LAS ENTIDADES ASOCIATIVAS U ORGANIZATIVAS SIN ÁNIMO DE LUCRO |
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ANEXO 1A |
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SOLICITUDES EXCLUIDAS O DESISTIDAS |
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NÚM. EXP. |
ENTIDAD |
NIF |
PROYECTO |
EXCLUIDA/DESISTIDA |
MOTIVO DE EXCLUSIÓN O DE DESISTIMIENTO |
BASE CONVOCATORIA |
6 |
Fundació Amics del Patrimoni |
G57088197 |
Edición: III Volum llit de la Mare de Déu d'Agost |
EXCLUIDA |
Presentación de solicitud extemporánea (registro general entrada Consejo de Mallorca núm. 20386; fecha de registro de entrada: 20/07/2016, posterior a agotamiento del plazo para presentación de sol • solicitudes (20 días hábiles computado a partir del día siguiente de la fecha publicación de la convocatoria en el BOIB núm. 80, de 23.6.2016, es decir, hasta el 18/07/2016, incluido)) |
Décima |
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE 2016 PARA LAS ACTIVIDADES CULTURALES DE LAS ENTIDADES ASOCIATIVAS U ORGANIZATIVAS SIN ÁNIMO DE LUCRO |
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Otras actividades culturales |
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ANEXO 2 |
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SOLICITUDES ADMITIDAS Y SUBVENCIONES |
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PARTIDA PRESUPUESTARIA 20.33430.48905 |
100.000,00 € |
|
DOTACIÓN destinada a otras actividades culturales |
75.000,00 € |
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NÚM. SOLICITUD |
ENTIDAD |
NIF |
PROYECTO |
PRESUPUESTO TOTAL |
PRESUPUESTO SUBVENCIONABLE |
CANTIDAD SOLICITADA |
CANTDAD DEFINITIVA |
2 |
Clúster de Còmic i Nous Mèdia de Mallorca |
G57728065 |
Actividad cultural: Còmicnostrum " Drawing Circus 2015" |
25.662,24 € |
25.662,24 € |
10.000,00 € |
10.000,00 € |
5 |
Associació Pa i Mel |
G07769433 |
Actividad cultural: Fes teva Mallorca |
14.949,72 € |
14.949,72 € |
7.474,86 € |
7.474,86 € |
8 |
Agrupació Cultural de Porreres |
G07566839 |
Actividad cultural:Diada Ramon Llull |
1.346,90 € |
1.346,90 € |
673,45 € |
673,45 € |
11 |
Associació Cultural la Vila Acció Teatral |
G57533010 |
Actividad cultural: Actividades de dinamización cultural |
8.494,20 € |
8.494,20 € |
3.510,00 € |
3.510,00 € |
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TOTAL |
21.658,31 € |
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PARTIDA PRESUPUESTARIA |
20.33430.48905 |
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DOTACIÓN PRESUPUESTARIA (cantidad destinada a otras actividades culturales) |
75.000,00 € |
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REMANENTE |
53.341,69 € |
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IMPORTE TOTAL |
21.658,31 € |
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CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE 2016 PARA LAS ACTIVIDADES CULTURALES DE LAS ENTIDADES ASOCIATIVAS U ORGANIZATIVAS SIN ÁNIMO DE LUCRO |
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ANEXO 2A |
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SOLICITUDES EXCLUIDAS O DESISTIDAS |
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NÚM. EXP. |
ENTIDAD |
NIF |
PROYECTO |
EXCLUIDA/DESISTIDA |
MOTIVO DE EXCLUSIÓN O DE DESISTIMIENTO |
BASE CONVOCATORIA |
1 |
Associació Músics i Joves |
G07605140 |
Actividad cultural:21è. Festival de Música Clàssica d'Hivern |
EXCLUIDA |
El objeto del proyecto (actividad musical) se encuentra excluido del objeto de la convocatoria. |
Segunda |
4 |
Jove Orquestra Simfònica de Marratxí |
G57904872 |
Actividad cultural:Intinerarios Simfónicos de Jóvenes Talentos de Mallorca |
EXCLUIDA |
El objeto del proyecto (actividad musical) se encuentra excluido del objeto de la convocatoria. |
Segunda |
7 |
Club de Artes Marciales Históricas Europeas Drac |
G57932089 |
Actividad cultural: Clases teóricas y prácticas de las diferentes disciplinas marciales europeas practicadas a la asociación |
DESISTIDA |
Presentación extemporánea de la documentación de subsanación de deficiencias de la sol • licitud, requerida por el órgano instructor mediante oficio requerimiento de día 21 de julio de 2016, con registro general de salida del Consejo de Mallorca núm. 17196, de día 22 siguiente, notificado a la interesada el día 9 de agosto posterior. Dicha documentación se presentó mediante instancia con registro general de entrada núm. 25029 del Consejo de Mallorca, de día 16 de septiembre de 2016, una vez agotado el plazo de 10 días hábiles para la presentación de la documentación objeto de requerimiento, computado a partir del día siguiente de la fecha de la notificación practicada. |
Undécima (en concordancia con el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, y el artículo 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones) |
9 |
Amics des Davallament de Sant Joan |
G07938152 |
Actividad cultural: Davallament de Sant Joan 2016 |
DESISTIDA |
La entidad solicitante no presenta, en el plazo de 10 días hábiles, una vez agotado éste, la documentación de subsanación de deficiencias de la solicitud, requerida por el órgano instructor mediante oficio requerimiento de día 25 de julio de 2016, con registro general de salida del Consejo de Mallorca núm. 17385, de día 26 siguiente, notificado a la interesada el día 1 de agosto posterior. |
Undécima (en concordancia con el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, y el artículo 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones) |