Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD
Núm. 12506
Resolución de la Directora General de Personal Docente por la cual se anula la convocatoria para cubrir plazas vacantes para profesores especialistas de la especialidad de Emergencias y protección civil, convocadas mediante la Resolución día 20 de septiembre de 2016
Antecedentes
1. Mediante la Resolución de la Directora General de Personal Docente de día 20 de septiembre de 2016, publicada en el BOIB núm. 120, de 22 de septiembre, se aprobó la convocatoria para cubrir con profesores especialistas, plazas vacantes en centros públicos no universitarios dependientes de la Consejería de Educación y Universidad.
2. En el anexo 1 de la mencionada Resolución, se relacionan las especialidades de las cuales se convocan plazas, siendo Emergencias y protección civil una de ellas.
3. Con posterioridad a la publicación de la convocatoria en el BOIB, se recibió un escrito de la Dirección General de Formación Profesional y Formación del Profesorado, con fecha 4 de noviembre y número de registro 688, solicitando que se anulase la convocatoria de plazas de profesores especialistas en centros públicos no universitarios dependientes de la Consejería de Educación y Universidad, de la especialidad de Emergencias y protección civil, dado que esta especialidad será impartida por personal de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, mediante la firma de los acuerdos de colaboración correspondientes.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1. Anular la convocatoria de plazas de profesores especialistas en centros públicos no universitarios dependientes de la Consejería de Educación y Universidad, publicada en el BOIB núm. 120, de 22 de septiembre de 2016, en cuanto a la especialidad de Emergencias y protección civil.
2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta resolución –que agota la vía administrativa- se puede interponer un recurso de reposición ante el órgano que la dicta en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la fecha de publicación de esta resolución, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
Palma 25 de octubre de 2016
La Directora General de Personal Docente
Rafaela Sánchez Benítez