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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.3 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 12081
Seguridad Social 350/2015

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª BEGOÑA MARÍ RUIZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 003 de REFUERZO de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 0000350 /2015 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª JUAN ANTONIO ROMERO FERRER contra la empresa IB-SALUT, INSS , TGSS , MUTUA MIDAT CYCLOPS MC , UNION DE MUTUAS UNIMAT , IBERMUTUAMUR , JOSE CORTES CORTES , JONATAN FUENTES ZAMORA , sobre ORDINARIO, por la Ilma. Magistrada-Juez de refuerzo, DªPilar Ramos Monserrat, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

FALLO

Que debo tener por DESISTIDA a la actora de la acción dirigida frente a la Mutua Ibermutuamur.

Que debo DESESTIMAR la demanda interpuesta por D. Juan Antonio Romero Ferrer, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, el Servei de Salut de les Illes Balears, MC Mutual Midat Cyclops, Unión de Mutuas, D. José Cortés Cortés y D. Jonatan Fuentes Zamora, ABSOLVIENDO a las demandadas de las pretensiones deducidas en su contra en el presente procedimiento.

Notifíquese a las partes esta resolución, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares que deberá anunciarse dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la presente resolución(…)

Así por esta Sentencia, de la que se unirá certificación a las actuaciones originales para su notificación y cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a JOSE CORTES CORTES, JONATAN FUENTES ZAMORA , en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de las Islas Baleares.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a siete de octubre de dos mil dieciséis.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA