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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 2 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 12123
Juicio verbal de desahucio 1318/2015 sobre otras materias

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Texto

Dª. MARÍA LOURDES LORENCE MARTÍNEZ, Letrado de la Administración de Justicia, del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 2 de PALMA DE MALLORCA, por el presente,

ANUNCIO:

En el presente procedimiento seguido a instancia de MARIA FRANCISCA MUÑOZ RUIZ frente a JUAN IGNACIO PEREZ FERNANDEZ se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

“SENTENCIA Nº 127/16

En la Ciudad de Palma de Mallorca, a 18 de octubre de 2016.

GUILLERMO ROYO GARCÍA, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 2 de esta Ciudad y su Partido, habiendo visto los autos del juicio verbal con el número 1318/15 seguidos a instancia de DOÑA MARÍA FRANCISCA MUÑOZ RUIZ, representada por el Procurador de los Tribunales Don Jeroni Tomás Tomás y dirigida por el Letrado don Nadal Vidal Tomás, contra DON JUAN IGNACIO PÉREZ FERNÁNDEZ, declarado en rebeldía procesal, sobre desahucio por falta de pago y reclamación de rentas, se procede a dictar la siguiente resolución, en base a los siguientes:

FALLO

1.-Se ESTIMA ÍNTEGRAMENTE la demanda interpuesta por DOÑA MARÍA FRANCISCA MUÑOZ RUIZ, representada por el Procurador de los Tribunales Don Jeroni Tomás Tomás, contra DON JUAN IGNACIO PÉREZ FERNÁNDEZ, declarado en rebeldía procesal.

2.-Se tiene a la actora por DESISTIDA de la acción de desahucio en relación con el CONTRATO DE ARRENDAMIENTO que une a las partes sobre arrendamiento de vivienda sita en la calle San Isidoro nº 30,1º-A de Palma de Mallorca.

3.-Se condena al demandado a pagar al actor, en concepto de rentas vencidas y no pagadas, la suma de 2.076,88 euros.

4.-Se imponen a la parte demandada las costas causadas en esta instancia.”

Y encontrándose dicho demandado, JUAN IGNACIO PEREZ FERNANDEZ, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

PALMA DE MALLORCA a dieciocho de octubre de dos mil dieciséis.

LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,