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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS

Núm. 12196
Acuerdo de concesión y de ampliación del plazo de ejecución y justificación de las subvenciones previstas en la convocatoria de subvenciones para la recuperación de espacios agrícolas y/o forestales y su entorno, así como la recuperación y la restauración de elementos patrimoniales protegidos, que sean de titularidad municipal y que estén situados dentro del ámbito territorial de la Serra de Tramuntana para el año 2016

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Texto

La Junta Rectora del Consorci Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial, en la sesión de 24 de octubre de 2016, adoptó, entre otros, el acuerdo que transcribo, literalmente, a continuación:

“Antecedentes

1. La Junta Rectora del Consorci Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial, en sesión de día 6 de abril de 2016, adoptó, entre otros, el acuerdo de aprobar la convocatoria de subvenciones para la recuperación de espacios agrícolas y/o forestales y su entorno, así como la recuperación y la restauración de elementos patrimoniales protegidos, que sean de titularidad municipal y que estén situados dentro del ámbito territorial de la Serra de Tramuntana para el año 2016 y las bases que tenían que regirla.

2. La indicada convocatoria de subvenciones se publicó en el BOIB núm. 53, de día 28 de abril de 2016.

3. La Comisión Técnica de Evaluación, reunida el día 26 de julio de 2016, emitió el informe que fundamenta la propuesta de resolución de otorgamiento de las subvenciones, en los términos de la base duodécima de la convocatoria mencionada.

4. El director-gerente del Consorci Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial, en calidad de órgano instructor de la convocatoria, en fecha 14 de septiembre de 2016, emitió el informe sobre el cumplimiento de los requisitos de la convocatoria por parte de los ayuntamientos propuestos como beneficiarios.

5. El jefe de servicio de la Unidad de Parajes Culturales del Departamento de Territorio e Infraestructuras, el día 14 de septiembre de 2016, ha emitido informe jurídico favorable sobre los aspectos jurídicos de la propuesta de acuerdo de concesión de las subvenciones que nos ocupa.

6. El jefe de servicio de la Unidad de Parajes Culturales del Departamento de Territorio e Infraestructuras, el día 14 de septiembre de 2016, ha emitido informe jurídico favorable respecto a la ampliación del plazo establecido en la convocatoria para que los beneficiarios ejecuten y justifiquen las actuaciones que se han de realizar en relación con esta convocatoria de subvenciones.

Fundamentos de derecho

1. El procedimiento de concesión de las subvenciones reguladas por la presente convocatoria pública se ha llevado a cabo mediante régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de objetividad, transparencia, igualdad, no discriminación y publicidad, en los términos de la base sexta de la convocatoria.

2. Para determinar el importe que se propone conceder a cada beneficiario se ha valorado su solicitud, de acuerdo con los criterios de puntuación previstos en la base undécima y los límites regulados en la base segunda, en concordancia con la base decimoquinta de la convocatoria.

3. La base duodécima prevé la existencia de la Comisión Técnica de Evaluación que tiene, entre otras, la función de examinar y valorar las solicitudes de subvención, de acuerdo con los criterios establecidos en la convocatoria, y también le corresponde emitir el informe que tiene que fundamentar la propuesta de resolución de la convocatoria. Con estas finalidades el mencionado órgano colegiado se reunió formalmente el día 26 de juliol de 2016.

4. La base tercera regula la condición de beneficiario de estas subvenciones, y establece, entre otros, que no pueden ser beneficiarios los que, en el momento que el órgano instructor de la convocatoria tiene que hacer la propuesta de acuerdo definitiva, no están al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante la Administración del Estado y con el Consell de Mallorca y de las obligaciones con la Seguridad Social. Igualmente, la base séptima establece que las mencionadas circunstancias se tienen que acreditar antes de la propuesta de resolución de concesión y en el momento del pago.

En el sentido indicado, el informe del órgano instructor emitido el día 14 de septiembre de 2016 se pronuncia favorablemente sobre el cumplimiento de estos requisitos, por parte de las personas físicas y jurídicas propuestas como beneficiarios.

5. La base decimotercera, en su apartado primero determina que la instrucción del expediente corresponde a la Gerencia del Consorcio y que el indicado órgano instructor és el competente para dictar la propuesta de resolución de la convocatoria.

6. La propuesta de resolución se ajusta a lo que establece la base decimotercera, en el sentido que tiene que incluir la relación de personas beneficiarias, con indicación del beneficiario, su CIF, el concepto, el presupuesto, la cuantía solicitada, los puntos obtenidos y el importe concedido, además del resto de solicitudes desestimadas o excluidas.

7. La base segunda de la convocatoria dispone que para hacer frente a esta convocatoria, se destina la cantidad total de quinientos mil euros (500.000’00 euros), con cargo a la aplicación presupuestaria 00.33615.76200, que se tienen que redistribuir en función de las reglas establecidas en la misma base segunda.

8. El órgano competente para la resolución de la presente convocatoria es la Junta Rectora del Consorci Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial, tal como se establece en la base decimotercera.

9. La ampliación del plazo se realiza de acuerdo con lo que establecen el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 70 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de subvenciones de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Per todo lo que se ha expuesto y de acuerdo con la base decimotercera, propongo a la Junta Rectora del Consorci Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial que dicte la resolución de la convocatoria, según los términos de esta propuesta y una vez fiscalizada de conformidad por la Intervención General.

Acuerdo

1. Excluir, de acuerdo con las bases de la convocatoria, las solicitudes que se detallan en el Anexo 2 adjunto, por los motivos que se indican, dado que no cumplen los requisitos establecidos en la convocatoria.

2. Conceder a los ayuntamientos beneficiarios las subvenciones que se detallaran en el Anexo 1 adjunto, y disponer el gasto a su favor, por un total de trescientos cincuenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y siete euros con doce céntimos (359.457’12 euros), con cargo a la aplicación presupuestaria 00.33615.76200 (transferencias de capital a ayuntamientos) y el documento contable A núm. 220160000106. La diferencia de crédito se puede anular.

3.  Ampliar el plazo de ejecución, que figura en la base decimosexta de las bases de la presente convocatoria de subvenciones, de las actuaciones y para emitir la factura correspondiente hasta el 25 de noviembre de 2016 y el plazo de presentación de la documentación justificativa de la realización de las actuaciones hasta el 1 de diciembre de 2016.

4. Ordenar la publicación en el BOIB.

5. Señalar que contra este Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:

a) Directamente, el recurso contencioso administrativo ante el juzgado contencioso administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de recibir esta notificación.

b) El recurso de reposición potestativo ante la Junta Rectora del Consorci Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de recibir esta notificación. Contra la desestimación expresa de este recurso de reposición, se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el juzgado Contencioso de Palma, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación del mencionado recurso de reposición.

Si ha transcurrido un mes des de la interposición del recurso de reposición potestativo y no han recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el juzgado contencioso administrativo de Palma, en el plazo de seis meses, a contar a partir del día siguiente al de la desestimación presunta.

No obstante lo anterior, se puede interponer, si procede, cualquier otro recurso que consideren oportuno. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.”

 ANEXO I

Nº EXP

AYUNTAMIENTOS BENEFICIARIOS

CIF

DESCRIPCIÓN PROYECTO

IMPORTE PRES.

IMPORTE SOLICI-TADO

CANTIDAD DEFINITIVA

PUN-TUA-CIÓN

CST-26/2016-PAT/A

Sóller

P0706100E

Restauración de la Cruz de Término del Coll de Sóller

15.546,33 €

15.546,33 €

12.344,38 €

14

.Si no se han empezado las actuaciones, se tiene que notificar el inicio de las obras con 48 horas de antelación a : gordines@conselldemallorca.net

-Dado que la cruz fue restaurada con una subvención del CIM  el año 2009, se entiende que las partidas 3(restauración, consolidación del tambor y los brazos de la cruz, 1,562,63 €, precio de ejecución material) y 4(restauración del fuste, 661,11 €, precio de ejecución material) del presupuesto presentado se deben a un error y por tanto se tienen que descontar del total del presupuesto.

CST-13/2016-LF

Selva

P0705800A

Recuperación forestal en la Comuna de Caimari

24.365,60 €

24.365,60 €

24.365,60 €

13

CST-25/2016-PAT/A

Sóller

P0706100E

Restauración parcial del Oratorio de Sta. Caterina

24.972,21 €

24.972,21 €

24.972,21 €

12

Si no se han empezado las actuaciones, se tiene que notificar el inicio de las obras con 48 horas de antelación a : gordines@conselldemallorca.net

CST-12/2016-LF

Calvià

P0701100J

Recuperación y preservación del olivar de tramuntana de la finca Galatxó

28.000,00 €

25.000,00 €

25.000,00 €

12

CST-14/2016-PAT/E

Selva

P0705800A

Recuperación del horno de cal en la Comuna de Biniamar

8.897,58 €

8.897,59 €

8.897,59 €

11

. Si no se han empezado las actuaciones, se tiene que notificar el inicio de las obras con 48 horas de antelación a : gordines@conselldemallorca.net

-La reconstrucción de las paredes se hará en seco y utilizando la piedra de los derrumbes.

-Acabada la reconstrucción se valorarà la posiblidad de hacer las juntas interiores con “fang de porc” (tierra i cal mal cocida).

CST-03/2016-PAT/A

Valldemossa

P0706300A

Consolidación caseta del diezmo de Son Gual

25.000,00 €

25.000,00 €

25.000,00 €

11

. Si no se han empezado las actuaciones, se tiene que notificar el inicio de las obras con 48 horas de antelación a : gordines@conselldemallorca.net para poder realizar una visita después de la retirada de basuras.

-El empedrado tiene que ser totalmente en seco.

-En caso de constatar la existencia de comedores, estas se tienen que reconstruir.

-No se hará un círculo de coronación en ningún muro, ya que el hormigón armado es un material incompatible con los materiales de construcción tradicional.

-Para el enfoscado exterior de la vuelta, no se utilizará cemento blanco..

-El color de las tejas de la cubierta del anexo se tiene que ajustar cromáticamente a las de su entorno.

-Para la reposición del mortero a las juntas del muro, tanto interior como exteriormente, se utilizará mortero de cal en ningún caso pòrtland o cemento blanco).

-Para solucionar la diferencia de cota entre el pavimento de delante de la caseta y el pavimento de delante del anexo, se tendrá que respetar la solución que ya existe, limitándose la intervención a restaurarla (en el proyecto se dibuja un muro nuevo en este lugar).

CST-19/2016-PAT/A

Deià

P0701800E

Rehabilitación lavadores

21.729,62 €

21.729,62 €

16.679,39 €

10

. Si no se han empezado las actuaciones, se tiene que notificar el inicio de las obras con 48 horas de antelación a : gordines@conselldemallorca.net. La especial casuística de la Intervención requiere la presencia de los técnicos del Consell.

-En caso de localizar restos de paredes de soporte de las acequias durante la excavación, estas se tendrán que conservar e integrar en las nuevas paredes a realizar, que se tendrán que hacer con la técnica de piedra en seco, sin ningún tipo de cemento, mortero o hormigón.

-La tubería de hierro se tiene que enterrar.

-Dado que se trata de una obra sujeta a una excavación, la cantidad de metros de “marge” a realizar está sujeta a los restos que se puedan encontrar. Por tanto la justificación de las facturas se tendrá que ajustar a la obra realizada, y en todo caso valorando el metro cuadrado de “marge” a 73 € (y no a 115,01 y 141,45 €).

CST-05/2016-PAT/E

Andratx

P0700500B

Restauración y conservación del conjunto etnológico de Sa Planeta de Andratx

29.241,99 €

25.000,00 €

23.223,95 €

10

. Si no se han empezado las actuaciones, se tiene que notificar el inicio de las obras con 48 horas de antelación a : gordines@conselldemallorca.net.

-El presupuesto de ejecución material es de 20.308,35, 16.128,87 de los cuales corresponden a la recuperación del muro. El resto corresponden a partidas como alquiler de construcciones, demolición del muro, limpieza de vegetación, excavación de la base (escombra), transporte de residuos y canon de residuos, y material de seguridad y salud (equipamiento de protección individual, luces de señalización y cinta señalizadora). Entendemos que todas las partidas mencionadas se tienen que incluir dentro forman parte de la recuperación del muro, y se incluyen dentro de los 73 €/m2. Por tanto la cantidad base para otorgar la subvención no ha de ser de 20.308,35 sino que ha de ser de 16.128,87 (precio de ejecución material).

CST-23/2016-PAT/A

Santa Maria

P0705600E

Proyecto rehabilitación de "Ca Ses Monges" o "Can Mates"

24.996,66 €

24.996,66 €

24.996,66 €

10

. Si no se han empezado las actuaciones, se tiene que notificar el inicio de las obras con 48 horas de antelación a : gordines@conselldemallorca.net

-No se hará círculo de coronación en ningún muro, ya que el hormigón armado es un material incompatible con los materiales y técnicas de construcción tradicional, y las dimensiones del edificio no lo hacen estructuralmente necesario.

CST-11/2016-PAT/A

Calvià

P0701100J

Proyecte de sustitución de cristaleras y ventanas de la fachada principal de las casas de Galatzó

24.923,20 €

24.923,20 €

24.923,20 €

10

Si no se han empezado las actuaciones, se tiene que notificar el inicio de las obras con 48 horas de antelación a : gordines@conselldemallorca.net

CST-02/2016-PAT/A

Esporles

P0702000A

Reforma tejado parte antigua escoleta (s'Escorxador)

25.285,03 €

25.000,00 €

25.000,00 €

10

. Si no se han empezado las actuaciones, se tiene que notificar el inicio de las obras con 48 horas de antelación a : gordines@conselldemallorca.net

CST-01/2016-PAT/E

Esporles

P0702000A

Restauración y recuperación del sistema hidráulico de la Font de Baix y de l'Hort de Son Trias

13.764,17 €

13.764,17 €

13.764,17 €

9

Si no se han empezado las actuaciones, se tiene que notificar el inicio de las obras con 48 horas de antelación a : gordines@conselldemallorca.net

-La utilización de ladrillos no es un sistema tradicional. Se tiene que utilizar piedra.

-La previsión de materiales contempla una intervención excesiva. Se han de restituir los morteros existentes con morteros de cal (lavadores, vuelta, acequias, “safareig” i muro), únicamente en los lugares donde sea imprescindible, evitando las sustituciones masivas. La justificación de las facturas de la intervención se tendrán que ajustar al material utilizado.

CST-17/2016-PAT/E

Mancor de la Vall

P0703400B

Restauración, consolidación y limpieza del camino de Biniarroi (TRAM10) T.M. de Mancor de la Vall

24.997,60 €

24.997,60 €

24.997,60 €

9

Si no se han empezado las actuaciones, se tiene que notificar el inicio de las obras con 48 horas de antelación a : gordines@conselldemallorca.net.

-Todos los márgenes y tramos empedrados se tienen que hacer totalmente en seco.

CST-28/2016-PAT/E

Puigpunyent

P0704500H

Rehabilitación de la Fuente dels Obits de Galilea

2.879,80 €

2.879,80 €

2.879,80 €

9

Si no se han empezado las actuaciones, se tiene que notificar el inicio de las obras con 48 horas de antelación a : gordines@conselldemallorca.net

CST-24/2016-LF

Santa Maria

P0705600E

Proyecto de modificación de la cubierta vegetal y tala de pinos. Fase II propiedad pública de "Ca Ses Monges"

23.750,33 €

23.750,33 €

23.750,33 €

9

CST-27/2016-PAT/A

Puigpunyent

P0704500H

Rehabilitación de la calle d'es Serral

24.947,64 €

24.947,64 €

24.947,64 €

8

Si no se han empezado las actuaciones, se tiene que notificar el inicio de las obras con 48 horas de antelación a : gordines@conselldemallorca.net

- El empedrado se tiene que hacer en seco.

CST-09/2016-PAT/A

Fornalutx

P0702500J

Sustitución de cubierta en edificio Can Xoroi

25.000,00 €

25.000,00 €

25.000,00 €

8

. Si no se han empezado las actuaciones, se tiene que notificar el inicio de las obras con 48 horas de antelación a :

gordines@conselldemallorca.net

- El elemento de apoyo de las bigas en el muro se tendrá que situar adosado a este, no encastado como se define en el proyecto.

-El color de las tejas de la cubierta se tendrá que ajustar cromáticamente a las de las cubiertas de su entorno.

CST-29/2016-LF

Escorca

P0701900C

Recuperación espacio forestal

8.714,60 €

8.714,60 €

8.714,60 €

8

 
ANNEX 2

NÚM. EXP.

AYUNTAMIENTOS BENEFICIARIOS

CIF

DESCRIPCIÓN PROYECTO

MOTIVO DE EXCLUSIÓN

04/2016-PAT/E

Ajuntament de Banyalbufar

P0700700H

Restauración y musealización de rentadors de Sa Canaleta

Incumple la base quinta, porque no se ha acreditado que el bien que se tiene que restaurar estuviese incluido en un catálogo municipal de patrimonio en vigor en el momento en que finalizo el plazo de presentación de solicitudes.

06/2016-PAT/A

Ajuntament de Bunyola

P0701000B

Obres de restauración de la escalera de acceso al reloj municipal

Incumple la base primera, ya que el bien que se tiene que recuperar (la escalera) no es de titularidad municipal.

Incumple la base quinta, porque no se ha acreditado que el bien que se tiene que restaurar estuviese incluido en un catálogo municipal de patrimonio en vigor en el momento en que finalizo el plazo de presentación de solicitudes.

07/2016-PAT/E

Ajuntament de Bunyola

P0701000B

Recuperación y restauración de elementos etnológicos de la Comuna de Bunyola (Bassol Coma Gran, Cisterneta del Planiatjar i Forn de Calç d'En Quenc)

Incumple la base quinta, porque no se ha acreditado que el bien que se tiene que restaurar estuviese incluido en un catálogo municipal de patrimonio en vigor en el momento en que finalizo el plazo de presentación de solicitudes.

08/2016-PAT/E

Ajuntament de Bunyola

P0701000B

Recuperación y restauración de elementos etnológicos de la Comuna de Bunyola (horno de cal del Comellar d'En Cupí i horno de cal d'Es Grau)

Incumple la base quinta, porque no se ha acreditado que el bien que se tiene que restaurar estuviese incluido en un catálogo municipal de patrimonio en vigor en el momento en que finalizo el plazo de presentación de solicitudes.

10/2016-PAT/A

Ajuntament de Fornalutx

P0702500J

Rehabilitación parcial patio edificio Casa Consistorial

Incumple la base primera, ya que se ha considerado que no se trata de un proyecto de recuperación o restauración.

15/2016-PAT/E

Ajuntament de Campanet

P0701200H

Restauración "Es Pou den Gatell"

Incumple la base primera, ya que la actuación está situada fuera del ámbito territorial de la Serra de Tramuntana que ve determinado en el artículo 5 de los Estatutos del Consorci.

16/2016-PAT/E

Ajuntament de Campanet

P0701200H

Restauración "Restaurant des Coll des Povet"

Incumple la base primera, ya que la actuación está situada fuera del ámbito territorial de la Serra de Tramuntana que ve determinado en el artículo 5 de los Estatutos del Consorci.

18/2016-PAT/A

Ajuntament d'Estellencs

P0700700H

Reparación calles empedradas

Incumple la base quinta, porque no se ha acreditado que el bien a restaurar estuviese incluido en el catálogo municipal de patrimonio en vigor.

20/2016-LF

Ajuntament d'Alaró

P0700100A

Mejora masa forestal del Centro de Actividades Ambientals y de Ocio S'Olivaret

Incumple la base primera, ya que la actuación está situada fuera del ámbito territorial de la Serra de Tramuntana que ve determinado en el artículo 5 de los Estatutos del Consorci.

21/2016-LF

Ajuntament d'Alaró

P0700100A

Limpieza del cableado eléctrico zona castell d'Alaró

Incumple la base primera, ya que la actuación se tiene que realizar en una finca que no es de titularidad municipal.

22/2016-PAT/E

Ajuntament d'Alaró

P0700100A

Arreglar “rotllo de sitja” en el camino del castell d'Alaró

Incumple la base quinta, porque no se ha acreditado que el bien que se tiene que restaurar estuviese incluido en un catálogo municipal de patrimonio en vigor en el momento en que finalizo el plazo de presentación de solicitudes.

30/2016-PAT/E

Ajuntament d'Escorca

P0701900C

Construcción de muro de piedra en seco

Incumple la base quinta, porque no se ha acreditado que el bien que se tiene que restaurar estuviese incluido en un catálogo municipal de patrimonio en vigor en el momento en que finalizo el plazo de presentación de solicitudes.

31/2016-PAT/E

Ajuntament d'Escorca

P0701900C

Reparación del muro en piedra en seco

Incumple la base quinta, porque no se ha acreditado que el bien que se tiene que restaurar estuviese incluido en un catálogo municipal de patrimonio en vigor en el momento en que finalizo el plazo de presentación de solicitudes.

Palma, a 26 de octubre de 2016

El secretari general
Jeroni M. Mas Rigo