Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, INVESTIGACIÓN Y TURISMO
Núm. 12183
Resolución del consejero de Innovación, Investigación y Turismo por la cual se ordena el inicio del procedimiento de reintegro de la subvención otorgada mediante Resolución de la consejera de Economía, Hacienda e Innovación de 13 de octubre de 2010, de aprobación del Convenio instrumental entre el Gobierno de las Islas Baleares y el Clúster Audiovisual de las Islas Baleares (CLAB) para consolidar el funcionamiento de esta asociación
Hechos
1. Con fecha 13 de octubre de 2010 se firmó convenio instrumental entre el Gobierno de las Islas Baleares y el Clúster Audiovisual de las Islas Baleares (CLAB) para consolidar el funcionamiento de esta asociación.
El Convenio se modificó mediante dos adendas.
En la primera adenda, firmada el 3 de septiembre de 2012, se incluían los sistemas de puntuación de los indicadores de la cláusula, se unificaba y corregía el contenido del anexo II, y se ampliaba el periodo ejecutivo en una anualidad sin aumento total del gasto asociado al convenio.
La segunda adenda, firmada el 23 de enero de 2013, modificaba las cláusulas 4 y 11 sobre justificación y vigencia del convenio respectivamente, y establecía que el tercero, y último, periodo de ejecución comprendía desde el 16 de agosto del año 2013 hasta doce meses a partir del pago de la tercera anualidad.
2. El Convenio, a la cláusula 3, otorga al CLAB, con CIF G57601908, una subvención máxima de 300.000 euros con pago avanzado, sobre un presupuesto de 300.000 euros, para llevar a cabo las acciones y proyectos específicos del Plan Estratégico del CLAB.
3. La cláusula 2 del convenio establecía el objeto del mismo con la realización de las siguientes tareas por parte del clúster:
a. Consolidación del clúster o agrupación de empresas innovadoras. Este objetivo engloba principalmente las siguientes acciones:
- Reajuste y mejora del Plan Estratégico, plan de actuaciones y del plan de viabilidad.
- Ejecución de las acciones de promoción descritas en el plan de actuaciones como fundamentales para la puesta en funcionamiento del clústeres.
b. Estructura organizativa del clúster. El objetivo de esta línea es apoyar a la implementación de una estructura organizativa que aporte solidez y dinamismo al clúster mediante la estructuración de los órganos de gobierno y la contratación de personal cualificado y con experiencia relevante para llevar a cabo las acciones acordadas por el clúster e impulsarlo a nivel nacional e internacional.
c. Apoyo a la preparación de proyectos que opten a fondo públicos o privados nacionales e internacionales. Estos proyectos tienen que orientarse al diseño y ejecución de desarrollos tecnológicos de carácter experimental, promovidos por el clúster y dirigidos a resolver problemáticas comunes de su área de actividad económica, llegando a implantaciones tecnológicas de ámbito autonómico y con proyección económica y comercial, suponiendo al mismo tiempo un avance tecnológico e industrial para la región.
d. Apoyo a la participación en agrupaciones nacionales e internacionales afines. El objetivo de la creación de clústeres es principalmente crear cadenas de valor entre los diferentes agentes de la cadena de valor de un mismo sector para impulsar su competitividad a nivel global; es por eso que la integración del Clúster Audiovisual de las Islas Baleares (CLAB) a agrupaciones nacionales e internacionales para su promoción son considerados elementos fundamentales de este proceso.
4. De acuerdo con la cláusula 6 del Convenio y sus adendas, la justificación de actividades y económica se tenía que hacer en el plazo de un mes desde la fecha de vencimiento de cada periodo de ejecución, se a decir, que en este caso, de acuerdo con la cláusula 4, se tenía que hacer un mes después de la finalización de los doce meses desde el pago efectivo de la última anualidad del convenio.
5. El pago, con carácter avanzado, de la última anualidad se efectuó el 12 de agosto de 2014, por un valor de 89.944,00 €. Así, el periodo de ejecución comprendía desde esta fecha hasta el 13 de agosto de 2015, y, así, la fecha máxima de justificación era de un mes después, el 14 de septiembre de 2015.
6. El día 14 de septiembre de 2015, con registro de entrada 14843/2015, el Clúster CLAB entregó la documentación justificativa del último pago del Convenio.
7. El 04 de noviembre de 2015, con registro de salida 10490/2015, se requirió al beneficiario que enmiendas las deficiencias de la documentación de la justificación.
8. El 17 de noviembre de 2015, el clúster CLAB entregó documentación adicional como respuesta al requerimiento.
9. El 21 de julio de 2016, la dirección general de Innovación e Investigación emitió informe sobre la justificación de la última anualidad del Convenio instrumental entre el Gobierno de las Islas Baleares y el Clúster Audiovisual de las Islas Baleares (CLAB) para consolidar el funcionamiento del proyecto de esta asociación. La conclusión del informe era la necesidad y oportunidad de iniciar un procedimiento de reintegro por un valor de 85.173,35 €.
Fundamentos de derecho
1. Convenio instrumental entre el Gobierno de las Islas Baleares y el Clúster Audiovisual de las Islas Baleares (CLAB) para tal consolidar el funcionamiento de esta asociación, firmado el 13 de octubre de 2010.
2. Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
3. Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de las Islas Baleares.
4. Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares.
5. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, de subvenciones.
6. Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones.
7. Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
8. Real decreto 939/2005, de 29 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
Conclusión
Del análisis de la documentación entregada el 14 de septiembre de 2015, y el 17 de noviembre de 2015, se ha verificado que el beneficiario, el Clúster Audiovisual de las Islas Baleares (CLAB), ha realizado actuaciones que se ajustan dentro del marco del Convenio instrumental entre el Gobierno de las Islas Baleares y el Clúster Audiovisual de las Islas Baleares (CLAB) para consolidar el funcionamiento del proyecto de esta asociación, y para la consecución de los objetivos del mismo. Aún así, y a pesar de requerirle la subsanación, las deficiencias formales en la justificación sólo permiten considerar correctamente justificadas y elegibles gastos por un total de 4.770,65 € sobre un presupuesto de 100.000,00 €, cuantía que representa el 4,77% del total.
Así, se informa favorablemente de las actuaciones del clúster dentro del marco y objetivos del Convenio, pero también se informa sobre necesidad de iniciar un proceso de reintegro por el porcentaje de 95,23 % del presupuesto no justificado de la última anualidad, lo cual, sobre una subvención de 89.944,00 €, se traduce en un reintegro de 85.653,09 €.
A esta cantidad se le tiene que sumar 4.304,66 € en concepto de intereses de demora desde la fecha de pago del último pago, el 12 de agosto de 2014, hasta la fecha de justificación, el 14 de septiembre de 2015, de acuerdo con el interés del dinero publicado en el BOE (5,000% desde el 12 de agosto de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2014 con un total de 1.656,80 €, y del 4,375% desde el 01 de enero de 2015 hasta el 14 de septiembre de 2015 con un total de 2.623,75 €).
Palma, 08 de agosto de 2016
El jefe del Servicio de Transferencia del Conocimiento
Josep Xavier Nadal Coll
Por todo lo expuesto, y visto el informe del jefe de servicio de Transferencia del Conocimiento, se eleva a la consideración del consejero de Innovación, Investigación y Turismo, la siguiente
Propuesta de resolución
Primero. Iniciar el expediente de reintegro parcial de 85.653,09 € contra la entidad Clúster Audiovisual de las Islas Baleares (CLAB) por justificación insuficiente de la totalidad del presupuesto del proyecto. A esta cuantía se tiene que añadir 4.304,66 € euros en concepto de intereses.
Segundo. Notificar esta Resolución a la persona interesada.
Tercero. Conceder a la persona interesada un plazo de quince días, a contar desde el día siguiente a la notificación de esta Resolución, para que pueda hacer las alegaciones o presentar los documentos que considere oportunos.
Cuarto. Informar a la persona interesada que el expediente se encuentra a su disposición en la oficina de la Dirección general de Innovación e Investigación de la consejería de Innovación, Investigación y Turismo (Edificio Naorte, Bloque A, Piso 2º, Puerta 8, ParcBit, ctra. Valldemossa km 7,4, 07121, Palma), de lunes a viernes, de 9.00 a 14.00 horas.
Quinto. Informar a la persona interesada que el plazo máximo para notificar la resolución expresa es de 12 meses a contar desde la notificación de esta resolución de inicio y que la carencia de notificación en este plazo da lugar a la caducidad del procedimiento.
Palma, 08 de agosto de 2016
El director general de Innovación e Investigación.
Pep Lluís Pons Hinojosa
Palma, 10 de agosto de 2016
Conforme con la propuesta, dicto resolución.
El consejero de Innovación, Investigación y Turismo
Gabriel Barceló y Milta