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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE FORNALUTX

Núm. 12116
Modificación del Presupuesto de Gastos

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Texto

Conforme a lo establecido en el artículo 169, por remisión del artículo 177.2 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición pública (BOIB nº. 125, de 1 de octubre de 2016), queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo de Pleno de aprobación inicial de fecha 29 de septiembre de 2016, relativo al expediente nº. 5/2016, de modificación del presupuesto de gastos por transferencia y suplemento de crédito financiado con bajas en otras aplicaciones presupuestarias, que se hace público con el siguiente detalle:

GASTOS GENERADOS EN APLICACIONES:

- CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS:

1522.213.00: Maquinaria, instalaciones técnicas y utillaje……….…… 5.800 €

- SUPLEMENTOS DE CRÉDITO:

231.480.00: Atenciones benéficas y asistenciales……………………… 1.676 €

920.636.00: Equipos para procesos de información .…………………..  1.500 €

163.624.00: Elementos de transporte …..……………………………… 4.500 €

920. 227.06: Estudio y trabajos técnicos ………………………………  4.322 €

132.221.10: Vestuario (seguridad y OP)….……………….……………..2.200 €

Total……………………………………………………………………19.998 €

BAJAS DE GASTOS GENERADOS EN APLICACIONES:

163.203.00: Arrendamientos de maquinaria, instalaciones y utillaje............. 8.477 €

1621.204.00: Arrendamiento de material de transporte……………………3.521 €

338.226.10: Fiestas populares…………….………………………………8.000 €

Total………………………………………..………………………… 19.998 €

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del RDL 2/2004, de 5 de marzo,  los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma i plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de esta jurisdicción. Sin perjuicio de ello, según lo estipulado en el artículo 171.3 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de este recurso no suspenderá por sí solo la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

  

Fornalutx, 27 de octubre de 2016

El Alcalde,
Antonio Aguiló Amengual